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Conoce los cargos por el que solicitan extradición del exalcalde Antonio Ledezma

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antonio ledezma aprehensión
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El fiscal general de la República, Tarek William Saab, este lunes anunció que el Ministerio Público (MP) dictó orden de aprehensión contra el ciudadano, Antonio Ledezma por diversos delitos contra la nación.

Saab ofreció sus declaraciones en rueda de prensa desde la sede del MP, en Caracas, en la que solicita una orden de aprehensión contra Ledezma.

“Nos dirigimos al país para denunciar las graves declaraciones emitidas por Antonio Ledezma a medios de comunicación en el extranjero, en las cuales afirma que en Venezuela se está gestando una rebelión civil con apoyo de unas supuestas facciones militares. Por lo que hemos levantado una investigación contra ese prófugo de la justicia, quien ratificó su participación en acciones desestabilizadoras como La Salida”, explicó el fiscal general.

Cargos contra Antonio Ledezma

Antonio Ledezma es buscado por los presuntos delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a delinquir y asociación, por lo que fueron comisionados los fiscales 67 y 74 Nacionales con competencia plena y contra la delincuencia organizada, “adicionalmente se solicitará nuevamente a España su extradición”.

En tal sentido, puntualizó que “aspiramos que las autoridades de España se pronuncien y respeten las leyes internacionales. El MP está actuando y va actuar para prevenir cualquier hecho violento en el país, de tal manera que, en estos momentos, están realizando las experticias técnicas correspondientes, a los fines de solicitar una orden de aprehensión en contra del ciudadano Antonio Ledezma”.

Asimismo, el Fiscal General de la Venezuela mencionó que “los venezolanos no pueden asombrarse de las delictivas declaraciones públicas de Antonio Ledezma, quien solapado en la cobardía, ha tomado la actitud cómoda de lanzar panfletos desde el extranjero en las que participó y en la que se produjeron muertos y heridos. Los responsables se hacen llamar presos de conciencia o presos políticos”.

Finalmente, exhortó a los venezolanos a recordar las guarimbas en la que sectores extremos de la oposición intentaron una matanza contra los ciudadanos, “una masacre civil”.

“Recordemos que desde los videos, hasta por Facebook y esas maneras de explicar cómo trancar las calles y provocar masacres nos trajo derramamiento de sangre muy dolorosos para el país”, expresó.

Con información de ACN/VTV

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Política

CNE habilitó 95 centros de votación para elegir a diputados indígenas

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centros de votación para los comicios -Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Política
Foto: Cortesía
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó 95 centros de votación para los comicios que se llevan a cabo, este domingo 01 de junio, en los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Sucre y Zulia para elegir a sus diputados ante la Asamblea Nacional.

El ente electoral dijo que: «Esta jornada del 1 de junio impacta a 77 municipios, donde se habilitaron 95 centros de votación y 118 mesas».

Los voceros, que representan a 169 mil 451 indígenas pertenecientes a 3 mil 952 comunidades, elegirán a tres legisladores para el Parlamento. Estos voceros son la representan genuina de 169.451 hermanos y hermanas indígenas de 3.952 comunidades equivalente al 82% del total. Elegirán a sus diputados y diputadas, quienes tendrán la facultad de representar a sus pueblos y comunidades, haciendo valer sus sistemas normativos.

Derechos de los pueblos indígenas

El pasado domingo 25 de mayo se celebraron unas elecciones regionales y legislativas en las que el pueblo revolucionario logró conquistar 253 de los 282 escaños de la AN. Así como 23 de las 24 gobernaciones del país, incluida la de Guayana Esequiba.

Este proceso da cumplimiento al Artículo 125 de nuestra Constitución, que reconoce los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo su forma de organización social y política. Con estas elecciones, los pueblos originarios refuerzan su autodeterminación y toman las riendas de su representatividad política.

De igual forma el artículo 186 de nuestra Carta Magna establece “Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres. Cada diputado o diputada tendrá un suplente o una suplente, escogido o escogida en el mismo proceso»

Con información de: NT/Minpi

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