Política
TSJ nombra a José Brito «presidente ad hoc» de Primero Justicia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) nombró este lunes 22 de abril a José Brito como «presidente ad hoc» del partido Primero Justicia (PJ) y lo autorizó a usar la tarjeta de la organización para postular candidatos ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y administrar los bienes de la tolda.
Por medio de la sentencia 0207, el TSJ dictaminó ello tras aceptar un amparo que introdujo Brito junto a Conrado Pérez.
«Se decreta medida cautelar consistente en el nombramiento de una junta directiva ad hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la organización con fines políticos Movimiento Primero Justicia, presidida por el ciudadano José Brito y que estará además conformada por un coordinador nacional adjunto, un secretario general, un secretario general adjunto y un secretario de organización, que cumplan las funciones directivas y de representación de la referida organización», señala la decisión del tribunal.
En ese sentido, la Sala Constitucional ordenó la designación de autoridades regionales, municipales y locales de la tolda amarilla.
TSJ entrega Primero Justica a Brito
En otro aspecto, resolvieron que dicha junta «ad hoc» pueda usar el tarjetón electoral, el logo, los símbolos, emblemas y colores de PJ. También podrán organizar una «consulta interna» para la «necesaria actualización y modificación» de los estatutos de la organización.
TSJ entrega Primero Justica a Brito.»Se ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la junta directiva ad hoc», exhortó el TSJ.
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Adicionalmente, facultaron a la nueva directiva para que ejecuten «actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones». Todo ello hasta que se decida «el fondo de la presente causa». En consecuencia, prohíben «enajenar y gravar sobre los bienes de la organización».
Tras lo ocurrido Juan Pablo Guanipa, dirigente de Primero Justicia, condenó la acción “legal” que ejecutó el «ministerio de asuntos jurídicos de Nicolás Maduro».
«No nos van a detener. Seguiremos peleando hasta lograr el inevitable triunfo de la justicia sobre el oprobio. ¡Viva Primero Justicia!», expresó en su cuenta de Twitter (X).
Con información ACN/redes
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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