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Sistema Integral de Criptoactivos entró en vigencia en Venezuela

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Sistema Integral de Criptoactivos - acn
El documento oficial lo publicaron el miércoles 30 de enero. (Fotos: Akarat Phasura / stock.adobe.com)
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Sistema Integral de Criptoactivos entró en vigencia en Venezuela. Desde el miércoles 30 de enero entró en vigencia el decreto constituyente sobre el Sistema Integral de Criptoactivos, una serie de medidas regulatorias gubernamentales que serán utilizadas para fiscalizar toda la industria de criptoactivos en el país.

Las medidas involucran la minería, la conformación de casas de cambio de criptomonedas y el intercambio.

Aunque el decreto de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) lo aprobaron en noviembre del año pasado; el documento oficial lo publicaron el miércoles 30 y lo difundieron en la Gaceta Oficial número 41.575 el jueves 31 de enero.

La legislación aprobada y firmada por el presidente de la ANC, Diosdado Cabello, incluye 63 artículos, cinco disposiciones transitorias y derogatorias.

Uno de los que llama la atención es el artículo 42, en donde se establecen multas por realizar cualquier actividad relacionada con criptoactivos, incluyendo la minería sin licencia. El decreto indica lo siguiente:

“Quienes operen o realicen cualquier tipo de actividad relacionada con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos o criptoactivos soberanos, incluyendo la minería, sin la debida autorización del ente rector y en incumplimiento de las demás formalidades exigidas por este Decreto Constituyente, serán sancionados con multa equivalente de 100 a 300 criptoactivos soberanos”.

Gaceta Oficial 41.575 de la República Bolivariana de Venezuela

De lo anterior se desprende que las personas que no cumplan con esta disposición podrían acarrear multas de hasta 18.000 dólares, al tomar en consideración el precio del petro que es, según su libro blanco, de 60 dólares.

También llama la atención todas las competencias que tendrá la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip). Algunas de ellas se detallan en el artículo 11 en el que se informa que el organismo deberá “coordinar y supervisar los registros de mineros digitales, casas de intercambio y demás servicios financieros en criptoactivos y a la intermediación digital en criptomonedas y criptoactivos”.

Esto podría traducirse en que la Sunacrip estaría en posición de fiscalizar cualquier plataforma que sirva para la comercialización de criptomonedas en Venezuela, ya sean nacionales o internacionales, centralizadas o descentralizadas.

Sobre este aspecto se detalla que la superintendencia ejercerá el control y la “fiscalización de las actividades de negociación, creación, emisión, transferencia, comercialización e intercambio de criptoactivos que tengan lugar en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”, lo que abarcaría a servicios como el que ofrece LocalBitcoins.

istema Integral de Criptoactivos - acn

La superintendencia ejercerá el control dentro del país.

Las Startups las tienen que autorizar

En relación con las startups que se dedican al intercambio de criptoactivos, los servicios de monederos o llaveros, las casas de cambio y de minería digital, (ubicadas en el extranjero o en el país), estas deben recibir autorización de la Sunacrip para operar legalmente, según el apartado 9 del artículo 11.

Incluso, la Sunacrip deberá “establecer, fijar y recaudar los precios públicos que correspondan por los servicios y actividades de intermediación digital de criptoactivos y los aplicables por trámites de registro”. Esto le da a la superintendencia el poder de determinar a su discreción el costo, en criptoactivos o criptoactivos soberanos, que tendrán estas solicitudes.

Sobre las casas de intercambio de criptoactivos, el artículo 28 indica que existirán diversos tipos de licencias para las startups, los cuales serán determinados por su alcance, tipo de intercambio, los criptoactivos que maneja, las monedas fiduciarias y los tipos de usuarios autorizados.

“El alcance de la actividad de las Casas de Intercambio se determinará mediante la asignación de atributos contenidos en la Licencia de Operación otorgada al efecto por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (…) La asignación de cada atributo responderá a un proceso administrativo individual, diferenciado y con requisitos propios”, se lee en el documento.

Registro de participantes

La Sunacrip no solo llevará un registro de mineros, también está facultada para crear los registros que sean necesarios que sirvan para contabilizar las casas de intercambio, otros servicios financieros en criptoactivos y su intermediación. Aquí entran quienes “realicen actividades directas y conexas con los criptoactivos y su negociación en el mercado nacional e internacional”, según se indica en el artículo 29.

El organismo está autorizado, por ley, a realizar fiscalizaciones en donde se sospeche que hay indicios de incumplimiento del decreto, por lo que “podrá adoptar medidas preventivas” que impidan que se continúen “quebrantando las normas establecidas”. Estas medidas incluyen el decomiso de equipos, suspensión de licencias y cualquier otra medida “prevista en el ordenamiento jurídico.

En caso de que se trate de equipos de minería, “la superintendencia custodiará los respectivos bienes, los cuales en caso de quedar firme la medida, podrán ser dispuestos con fines sociales”. Para este proceso se levantará un acta referida a los equipos y su cantidad.

Más sanciones

En el artículo 43 se indica que quien, sin debida autorización, obtenga, acceda, interfiera o “utilice tecnologías de información relacionados con el Sistema Integral de Criptoactivos, será penado con prisión de uno (01) a tres (03) años y multa equivalente de cincuenta (50) a cien (100) Criptoactivos soberanos”; o lo que es lo mismo una sanción de entre 3.000 a 6.000 dólares. Es decir, no solo se trata de mineros, también se incluye a cualquier persona que esté relacionada con el manejo de criptoactivos.

El decreto de la ANC apunta a una férrea regulación en el comercio de los criptoactivos, la minería de criptomonedas y la ejecución de un registro completo sobre las empresas y personas que están utilizando criptos.

Es para resaltar que la Sunacrip tendrá nuevas facultades para velar por el cumplimiento de la ley, ya no solo en cuanto a la minería, sino también en todo lo que esté relacionado con el ecosistema cripto venezolano.

ACN/Criptonoticias

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Economía

No concuerdan números de producción petrolera oficial y de OPEP

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Producción de petróleo venezolano - Agencia Carabobeña de Noticias
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La producción de petróleo venezolano alcanzó a 998.000 barriles por día (bpd) en diciembre de 2024, según las cifras oficiales reportadas por el Gobierno a la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) un aumento de 38.000 barriles diarios (bd) en comparación con noviembre y de 196.000 bpd si se contrasta con el mismo mes de 2023.

La extracción de crudo en Venezuela cerró 2024 en un promedio de 921.000 barriles por día (bpd), de acuerdo con las cifras oficiales, un incremento de 138.000 barriles diarios (bd) en comparación con el promedio de 2023. El promedio en el último trimestre fue de 982.000 bpd, 49.000 bd más que en el tercer cuarto del año.

En términos relativos, la producción petrolera promedio nacional subió 17,62% en 12 mesesSi se contrastan los datos de diciembre, el incremento fue de 24,44% frente a los 802.000 barriles por día que se bombearon en el último mes de 2023.

En concreto, los resultados oficiales representan un incremento importante de la producción de crudo, a pesar de lo difícil que está resultando acelerar el crecimiento de la actividad petrolera en el país, incluso con las licencias otorgadas a empresas extranjeras por la administración federal de Estados Unidos.

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La producción de petróleo venezolano según la OPEP

Las fuentes directas de la OPEP dan una imagen diferente a la que registra el Gobierno venezolano. Según esta data, la producción petrolera nacional fue de 886.000 barriles diarios en diciembre -112.000 bd menos en contraste con el reporte oficial-, con un aumento intermensual de solo 9.000 barriles y de 100.000 bpd frente al último mes de 2023.

Las fuentes de la OPEP indican que el promedio anual registrado por Venezuela fue de 856.000 barriles diarios en 2024, 65.000 bd por debajo del promedio oficial con un aumento de 107.000 barriles por día frente a la media de 2023.

En términos relativos, según los datos propios de la OPEP, Venezuela incrementó su producción promedio anual en 14,29% en 12 meses, mientras que, si se contrasta el comportamiento de cierre de año, en diciembre de 2024 el bombeo de crudo escaló 12,72% en comparación con los 786.000 bpd del mismo mes de 2023.

En resumen, aunque las fuentes secundarias de la OPEP, como ocurre regularmente, registraron volúmenes de producción notablemente inferiores a los reportados por la fuente oficial, la tendencia durante 2024 fue la misma; una recuperación consistente de la extracción de crudo en Venezuela, aunque muy insuficiente frente al potencial en reservas y todavía por debajo de la meta de 1.000.000 de barriles diarios.

Actividad exploratoria en mínimo

La OPEP reportó solo una plataforma de perforación activa en Venezuela durante diciembre de 2024. Este número no varió en el último trimestre del año.

En el segundo trimestre, la organización registró solo dos «taladros» en operación, uno más frente al dato del primer cuarto de 2024. Esta actividad se ubica en mínimos históricos, una situación que se ha mantenido en los últimos cuatro años, por lo menos.

Esta situación genera dudas sobre la posibilidad de incrementar la producción de crudo en el mediano plazo. Según datos del Instituto de Estudios Superiores de Administración (IESA), el número de «taladros» operativos en 2005 oscilaba entre 63 y 84 plataformas. A finales de los 90 había más de 100 «taladros» en actividad.

Precios estables

El crudo Merey de 16 grados API que sirve de referencia internacional para la cesta venezolana cerró 2024 con una cotización de 61,13 dólares por barril, 1,55 dólares superior a la registrada en noviembre, lo que equivale a una variación de 2,6%, la mayor entre los crudos marcadores de los miembros de la OPEP.

Pese a este último dato, el petróleo venezolano sigue siendo el de menor valor en la oferta de la OPEP, de manera que cerró 2024 con un precio inferior en 11,94 dólares por barril a los 73,07 dólares en que se cotizó en promedio la cesta de crudos de la organización en el último mes del año pasado.

Esta es una situación estructural porque la producción venezolana se concentra fundamentalmente en crudos pesados y extrapesados, lo que configura un escenario de un menor valor relativo para las reservas de petróleo del país que, en volumen, son las mayores del mundo.

El Merey 16 es una mezcla o «blend» que implica un alto costo de producción, ya que se requiere crudo liviano para elevar la calidad del petróleo exportable.

Promedio de Merey venezolano

En promedio, el Merey 16 venezolano alcanzó una cotización de 65,26 dólares por barril en 2024, apenas superior en 0,89 centavos de dólares a la media del barril nacional en 2023.

La OPEP, en el contexto de la alianza OPEP+ con otros productores encabezados por Rusia, ha mantenido una estrategia de recortes de producción para mantener los precios; sin embargo, informaciones recientes apuntan que esta vía no está dando los resultados esperados por la emergencia de otros oferentes, como la vecina Guyana que se está convirtiendo en una opción apetecible para los mercados europeos.

ACN/MAS/Banca y Negocias

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