Sucesos
FANB inmoviliza aeronave irregular en el estado Apure

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), inmovilizó una aeronave irregular en el municipio Pedro Camejo, del estado Apure este miércoles 17 de abril.
La información fue difundida por el comandante Estratégico Operacional de la FANB, G/J Domingo Hernández Lárez, a través de su cuenta en la red social X, @dhernandezlarez.
FANB inmoviliza aeronave en Apure
El general en jefe explicó, que “durante misión de reconocimiento aéreo bajo control del Sistema Aeroespacial Integral de la FANB, se logró detectar una aeronave oculta bajo área boscosa” que incumplía “las normativas legales de la República Bolivariana de Venezuela, y al haber violado la reglamentación aeronáutica para ingreso y desplazamiento en territorio nacional”.
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“Se presume que era utilizada para actividades de tráfico ilícito de drogas, armamento y otras”, por lo que se procedió a “su inmovilización e inhabilitación inmediata, una vez cumplidos los protocolos de la Ley Para el Control del Espacio Aéreo Nacional”.
Ratificó que Venezuela es un Estado democrático de derecho y de justicia, “nuestro territorio no será albergue de grupos delincuenciales armados generadores de violencia ni plataforma para el narcotráfico”. Con la suma de esta aeronave inutilizada, se reportan 379 aeronaves intervenidas legalmente por la FANB en ejercicio de la soberanía nacional, desde el año 2012 hasta la fecha.
“!En el marco de la “Operación Neblina 2024” ejecutada en el estado Amazonas, la URRA de Combate “Mérida” en misión de patrullaje terrestre y escudriñamiento, en sector denominado “Puerto Limón” localiza y desmantela un campamento estructurado para la minería ilegal, destruyendo el siguiente material logístico: – Dos (02) plantas eléctricas. -Una (01) lavadora de minerales. – Un (01) sistema de comunicaciones punto a punto. – Tres (03) antenas de señal digital Directv. – Un (01) banco de batería. – Dos (02) moto bombas. – Cuatro (04) recipientes plásticos contentivos de 40 litros de combustible tipo gasoil. – Otros materiales logísticos”, informó el comandante sobre el desmantelamiento en Amazonas.
Con información de ACN/VTV
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Sucesos
TSJ ratificó la pena máxima a hombre que violó y arrojó desde un piso 7 a su hijastra

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la pena máxima a Carlos Gabriel Herrera Milazzo, quien violó y asesinó a su hijastra de 12 años de edad, tras arrojarla desde un piso 7, en Guarenas.
La Justicia desestimó un recurso que pretendía anular la condena de 30 años de prisión impuesta a Herrera Milazzo, tras ser hallado culpable de los referidos hechos. Los magistrados igualmente confirmaron la condena de 12 años que decretaron contra la madre de Carlos Gabriel, identificada como Lorena Mercedes Milazzo Istúriz.
La sentencia narra que los hechos ocurrieron el 24 de enero de 2022 en el bloque 40, urbanización Menca de Leoni, Guarenas (Miranda).
Violó y asesinó a su hijastra de 12 años
Según el relató, en dicho inmueble vivía Carlos Herrera con su hijastra de 12 años de edad, cuya madre había migrado a Estados Unidos para hacer un piso económico y poder llevarla consigo. Desde esa separación, su padrastro abusaba de la menor.
Pero ese 24 de enero, el sujeto abusó de la niña y luego le golpeó la cabeza con un objeto macizo que la derribó. Él creyó que estaba muerta. En este sentido, arrojó el cuerpo aún con vida desde la ventana de la habitación (piso 7) para luego decir que la niña se había suicidado, refiere la investigación.
Para el momento del hecho se encontraba presente en el apartamento Lorena Milazzo, madre de Carlos Herrera, quien procedió a limpiar los rastros de sangre y con ello desviar la responsabilidad de su hijo.
Madre del hombre también sentenciada
Por esos hechos, madre e hijo fueron imputados: él, por femicidio agravado y abuso sexual a niña con penetración en grado de continuidad. Ella, por omisión en el delito de femicidio agravado.
El juicio contra Herrera y su madre comenzó el 25 de noviembre de 2022 en el Tribunal 1.° de Juicio de Miranda, extensión Barlovento, y culminó el 28 de julio de 2023. A Herrera le impusieron pena máxima y a ella 12 años. Dicha condena la ratificó la Corte de Apelaciones el 1. ° de agosto de 2024, razón por la cual acudieron a la Sala Penal, donde consignaron un recurso de casación.
La única denuncia en ese recurso refiere que el Ministerio Público (MP) no debió informarle a la víctima indirecta (madre de la niña) los resultados del juicio, porque esa es una labor del tribunal, según criterio de los condenados.
Los magistrados rechazaron tal denuncia y recordaron que entre las atribuciones del MP está la de ‘’velar por los intereses de la víctima en el proceso y ejercer su representación cuando se le delegue o en caso de inasistencia de esta al juicio…”.
Al declarar desestimado el recurso de casación, los magistrados dejaron incólumes las condenas impuestas a Carlos Herrera y a su madre Lorena Milazzo.
Con información de: VTV
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