Economía
Toro Motorcycles inició operaciones en Carabobo

Nace en el país Toro Motorcycles, una nueva marca de motos que ofrecerá a los venezolanos amantes de estos vehículos una experiencia única con calidad garantizada y precios asequibles.
Con un evento a todo dar, Toro Motorcycles celebró el inicio de sus operaciones en el país desde la que ya es su sede principal, ubicada en Guacara, estado Carabobo.
El director general de la empresa, Andrés Beirouti, precisó que su principal objetivo es brindar una oportunidad única a todos los venezolanos: la posibilidad de poseer una moto de excelencia y rendimiento a un precio inigualable.
Además, señaló que su sello es 100 % venezolano, «la pasión por la calidad y la potencia se reflejan en cada unidad que sale de nuestras instalaciones. Contamos con un equipo de técnicos altamente capacitados que aseguran que cada componente de las motos cumpla con los estándares más exigentes de calidad y seguridad».
Andrés Beirouti también manifestó que Toro Motorcycles es la ensambladora más grande del país, con mayor tecnología y capacidad de producción instalada en el país.
«Venimos a competir con una sola marca: nosotros mismos”.
La marca promete liderar la nueva era del ensamblaje de motos en Venezuela. En el inicio de operaciones, presentaron los 6 primeros modelos 2023.
Esta empresa brindará más de 500 puestos de trabajo directos e indirectos, generando así un impacto positivo en la económica local y regional.
Para mantenerte informado de todo lo que trae la marca para Venezuela sigue @motostoro
Nota de prensa
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Economía
Reajustado valor de Unidad Tributaria y publicada en Gaceta Oficial

Reajuste de Unidad Tributaria. En Gaceta Oficial Número 43.140, de fecha 2 de junio de 2025, publicada la resolución del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), en la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 9 a Bs. 43.
La normativa destacó que el valor de la Unidad Tributaria sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de los tributos nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat, «no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan».
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Reajuste de Unidad Tributaria
Asimismo, puntualizó que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo.
Añadió que en el caso de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.
ACN/MAS/ByN
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