Internacional
Quien responde por fármacos defectuosos
El Tribunal Supremo decidirá; si el Gobierno es responsable del uso de fármacos defectuosos. El Ala Octa, visado por Sanidad y empleado en cirugía ocular; con el resultado de cegueras, abre la discusión. Varias sentencias discrepan.
En espera decisión del Alto Tribunal
¿Quién es culpable del efecto de un fármaco tóxico en un paciente? ¿Es culpable el fabricante o Sanidad por utilizarlo una vez aprobado o por fallo en la vigilancia? Esa es la pregunta que el Tribunal Supremo va a responder próximamente; tras admitir a trámite tres recursos por un tratamiento llamado Ala Octa en una cirugía oftalmológica. Ese producto afectó a un centenar de personas que perdieron la visión tras administrarlo en quirófano.
El propio tribunal reconoce la relevancia del caso; con la que prevé sentar jurisprudencia para resolver quién tiene la responsabilidad; de indemnizar a los afectados tras sentencias contradictorias precedentes; del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y del de Cantabria.
El magistrado Wenceslao Francisco Olea Godoy es el ponente; de tres autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal; que acepta a trámite los recursos de casación que afectan a diferentes servicios regionales de salud; y compañías aseguradoras de la sanidad autonómica. El Supremo entiende que existe “interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”; según los autos fechados el 19 de diciembre. Ese fármaco dejó de utilizarse tras una alerta de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) en 2015.

Pérdida de visión de un centenar de pacientes
Un centenar de pacientes que fueron operados en distintos hospitales públicos sufrieron casos de pérdida de visión en los ojos intervenidos por el uso de Ala Octa, la marca comercial del gas perfluoroctano del laboratorio alemán Alamedics GbmH. Al Supremo llegan recursos sobre sentencias anteriores en los que o bien se responsabiliza al laboratorio germano, que presentó un concurso de acreedores tras el escándalo en 2015, o bien se entiende la responsabilidad patrimonial de la Administración y de las aseguradoras que la respaldan.
El Ministerio de Sanidad, liderado por María Luisa Carcedo, responde que el producto Ala Octa, fabricado por la compañía germana Alamedics, “se comercializó legalmente” en el mercado español en virtud del principio de libre circulación desde agosto de 2013 hasta el 26 de junio de 2015, fecha en que la Aemps decretó su cese de comercialización.
En uno de los autos, el Supremo estima el recurso de un afectado canario operado por un desprendimiento de retina, que reclama una indemnización de 571.157 euros por la pérdida de su único ojo funcional. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias había dado la razón previamente al Servicio Canario de Salud, Mapfre, Allianz y el distribuidor farmacéutico WM Bloss.

Quien responde por fármacos defectuosos
Pero el alto tribunal admite ahora a trámite el recurso de casación. Para la justicia, el interés “consiste en determinar si la Administración sanitaria que realiza correcta y adecuadamente un acto sanitario debe responder de las lesiones causadas a un paciente como consecuencia de la utilización de un producto sanitario defectuoso, cuya toxicidad se descubre y alerta con posterioridad a su utilización previamente autorizada por la autoridad competente (Aemps) o si, por el contrario, la responsabilidad debe recaer en el productor o, en su caso, en la Administración con competencias para autorizar y vigilar los medicamentos y productos sanitarios”, detalla el auto del magistrado Olea.
En España, las competencias sanitarias están transferidas a las comunidades autónomas, aunque la vigilancia y autorización de los medicamentos recae en el Ministerio de Sanidad y en la Aemps.
Dos recursos de casación
Sin embargo, el Supremo acepta también dos recursos de casación del Gobierno de Cantabria frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia regional que entiende la responsabilidad sanitaria por los daños causados por el perfluoroctano. En un fallo precedente se admite la responsabilidad patrimonial objetiva del servicio sanitario demandado “por el riesgo creado por la utilización del gas que ha resultado tóxico” en la cirugía, sin perjuicio de que este servicio sanitario, detalla el TSJ de Cantabria, pueda repercutirlo posteriormente en las empresas WM Bloss como comercializadora del producto y de Alamedics.
En ese caso, el Ejecutivo presidido por Miguel Ángel Revilla es la parte recurrente y la parte recurrida es WM Bloss, la aseguradora Zurich y la paciente. De igual forma, el Gobierno de Revilla recurrió otra sentencia del TSJ Cantabria contra un segundo afectado tras una intervención también por desprendimiento de retina donde fue utilizado el producto defectuoso.
ACN/Alfonso Simón Ruiz
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Internacional
Maximiliano José Herde, venezolano en Chile necesita ayuda urgente para tratamiento de cáncer de colon
El venezolano Maximiliano José Herde, de 34 años y residenciado en Chile desde hace una década, requiere con urgencia apoyo económico para continuar su tratamiento contra un cáncer de colon en etapa IV, con metástasis en hígado y peritoneo.
Herde, oriundo de Cabimas, estado Zulia, es arquitecto de profesión y ha ejercido en Santiago de Chile, donde actualmente reside.
Sin embargo, debido al avance de la enfermedad, se encuentra desempleado y sin ingresos, lo que ha dificultado la continuidad de su tratamiento médico.
El joven está siendo atendido por especialistas de la Clínica Dávila, en Santiago, y necesita recaudar más de 4.000 dólares para cubrir los costos de su tratamiento. Vive junto a su madre y su pareja, quienes lo cuidan y reciben las donaciones.
Sus familiares, como ocurre con muchos venezolanos, están dispersos en distintos países, por lo que han recurrido a campañas públicas para solicitar ayuda. En redes sociales, su caso puede seguirse a través de su cuenta en Instagram, donde se difunden actualizaciones sobre su estado de salud.
Cuentas disponibles para colaborar
GoFundMe:
https://gofund.me/5da0743cd
Zelle:
Correo: [email protected] (María Obregón de Isaac)
Cuenta en Chile:
Nombre: Maximiliano José Herde Meléndez
RUT: 25.856.175-9
Banco: Mercado Pago
Tipo de cuenta: Cuenta Vista
Número de cuenta: 1056186711
Correo: [email protected]
Contacto WhatsApp:
+56 9 4984 5982
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