Política
Proyecto Venezuela se pronuncia en torno al gobierno interino

PRONUNCIAMIENTO
El Consejo Nacional de Proyecto Venezuela:
Considerando
Que el nombramiento del presidente interino correspondió no a una decisión legislativa, sino a una disposición constitucional prevista para el caso de la ausencia absoluta del presidente de la República.
Considerando
Que el Estatuto para la Transición aprobado posteriormente es claramente inconstitucional, en cuanto condiciona el ejercicio provisional de la presidencia de la República a decisiones que, en el marco de la separación de poderes, corresponden exclusivamente al poder ejecutivo.
Considerando
Que el intento de eliminar la figura del presidente interino planteado por una mayoría circunstancial del parlamento, iniciativa aprobada por la Asamblea Nacional en primera discusión, y hacerlo sin antes ser electo un nuevo presidente, constituye una extralimitación de funciones y una flagrante violación de la Constitución.
Considerando
Que la eliminación del presidente interino conduce a la conclusión de que han desaparecido las condiciones que condujeron a su designación, vale decir, que la ausencia absoluta del presidente de la república ya no existe, hecho que abre las puertas a un reconocimiento internacional del régimen cuestionado.
Considerando
Que la legitimación del referido régimen agrava la grave crisis humanitaria que ha obligado a más de siete millones de venezolano a huir del país, cifra que según las Naciones Unidas rebasa el número de desplazadas por la guerra civil de Siria y por la invasión rusa de Ucrania.
Considerando
Que además tal legitimación sin tomar en cuenta la liberación de centenares de presos políticos que existen en la actualidad, o el respeto a los derechos que atañen a aquellos que forzosamente deben permanecer fuera del país, representa un retroceso en los avances logrados ante instancias internacionales para desenmascarar al régimen como violadores sistemáticos de los derechos humanos.
Considerando
Que las fracciones políticas que propician la defenestración del presidente interino y en consecuencia legitiman al régimen en ejercicio, han hecho una declaración conjunta que suscita suspicacias al estar referida expresamente al resguardo de los bienes económicos de la nación en el exterior, y no hace mención alguna de las condiciones que han conducido a que casi una cuarta parte de la población busque refugio en otros países, bien por estar sujeta a persecución política o acosada por las condiciones de vida que existen en el país.
DECIDE:
Primero:
Advertir a las fuerzas políticas que actúan en el parlamento que, de concretarse la eliminación de la figura del presidente interino (sea quien lo ejerce en la actualidad o quien tome su lugar), sin que antes se hayan realizado comicios absolutamente legítimos y supervisados para elegir un nuevo presidente, constituye un acto inconstitucional con visos de golpe de estado.
Segundo
Igualmente advertir que legitimar el régimen de Nicolás Maduro, como en ausencia de un presidente interino en efecto ocurriría, vulneraría, precisamente por ser impropio e inconstitucional, la tenencia por parte del legislativo de los activos nacionales en el exterior que el parlamento pretende administrar.
Tercero
Finalmente, recordar que tal medida colocaría aún más al desamparo a la población venezolana dentro y fuera del país.
PROYECTO VENEZUELA hace este pronunciamiento con ánimo constructivo, y en el marco de su compromiso de contribuir en el rescate de nuestra democracia, de nuestra soberanía, de la plena vigencia del estado de derecho y al mejoramiento de las condiciones de vida de nuestra población.
A la vez que hace un llamado a apartar apetencias individuales o grupales de cualquier naturaleza, en resguardo del bienestar general y de los derechos y obligaciones consagrados en nuestra Constitución.
Caracas, diciembre de 2022
Nota de prensa
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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