Economía
Sistema Integral de Criptoactivos entró en vigencia en Venezuela

Sistema Integral de Criptoactivos entró en vigencia en Venezuela. Desde el miércoles 30 de enero entró en vigencia el decreto constituyente sobre el Sistema Integral de Criptoactivos, una serie de medidas regulatorias gubernamentales que serán utilizadas para fiscalizar toda la industria de criptoactivos en el país.
Las medidas involucran la minería, la conformación de casas de cambio de criptomonedas y el intercambio.
Aunque el decreto de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) lo aprobaron en noviembre del año pasado; el documento oficial lo publicaron el miércoles 30 y lo difundieron en la Gaceta Oficial número 41.575 el jueves 31 de enero.
La legislación aprobada y firmada por el presidente de la ANC, Diosdado Cabello, incluye 63 artículos, cinco disposiciones transitorias y derogatorias.
Uno de los que llama la atención es el artículo 42, en donde se establecen multas por realizar cualquier actividad relacionada con criptoactivos, incluyendo la minería sin licencia. El decreto indica lo siguiente:
“Quienes operen o realicen cualquier tipo de actividad relacionada con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos o criptoactivos soberanos, incluyendo la minería, sin la debida autorización del ente rector y en incumplimiento de las demás formalidades exigidas por este Decreto Constituyente, serán sancionados con multa equivalente de 100 a 300 criptoactivos soberanos”.
Gaceta Oficial 41.575 de la República Bolivariana de Venezuela
De lo anterior se desprende que las personas que no cumplan con esta disposición podrían acarrear multas de hasta 18.000 dólares, al tomar en consideración el precio del petro que es, según su libro blanco, de 60 dólares.
También llama la atención todas las competencias que tendrá la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip). Algunas de ellas se detallan en el artículo 11 en el que se informa que el organismo deberá “coordinar y supervisar los registros de mineros digitales, casas de intercambio y demás servicios financieros en criptoactivos y a la intermediación digital en criptomonedas y criptoactivos”.
Esto podría traducirse en que la Sunacrip estaría en posición de fiscalizar cualquier plataforma que sirva para la comercialización de criptomonedas en Venezuela, ya sean nacionales o internacionales, centralizadas o descentralizadas.
Sobre este aspecto se detalla que la superintendencia ejercerá el control y la “fiscalización de las actividades de negociación, creación, emisión, transferencia, comercialización e intercambio de criptoactivos que tengan lugar en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”, lo que abarcaría a servicios como el que ofrece LocalBitcoins.

La superintendencia ejercerá el control dentro del país.
Las Startups las tienen que autorizar
En relación con las startups que se dedican al intercambio de criptoactivos, los servicios de monederos o llaveros, las casas de cambio y de minería digital, (ubicadas en el extranjero o en el país), estas deben recibir autorización de la Sunacrip para operar legalmente, según el apartado 9 del artículo 11.
Incluso, la Sunacrip deberá “establecer, fijar y recaudar los precios públicos que correspondan por los servicios y actividades de intermediación digital de criptoactivos y los aplicables por trámites de registro”. Esto le da a la superintendencia el poder de determinar a su discreción el costo, en criptoactivos o criptoactivos soberanos, que tendrán estas solicitudes.
Sobre las casas de intercambio de criptoactivos, el artículo 28 indica que existirán diversos tipos de licencias para las startups, los cuales serán determinados por su alcance, tipo de intercambio, los criptoactivos que maneja, las monedas fiduciarias y los tipos de usuarios autorizados.
“El alcance de la actividad de las Casas de Intercambio se determinará mediante la asignación de atributos contenidos en la Licencia de Operación otorgada al efecto por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (…) La asignación de cada atributo responderá a un proceso administrativo individual, diferenciado y con requisitos propios”, se lee en el documento.
Registro de participantes
La Sunacrip no solo llevará un registro de mineros, también está facultada para crear los registros que sean necesarios que sirvan para contabilizar las casas de intercambio, otros servicios financieros en criptoactivos y su intermediación. Aquí entran quienes “realicen actividades directas y conexas con los criptoactivos y su negociación en el mercado nacional e internacional”, según se indica en el artículo 29.
El organismo está autorizado, por ley, a realizar fiscalizaciones en donde se sospeche que hay indicios de incumplimiento del decreto, por lo que “podrá adoptar medidas preventivas” que impidan que se continúen “quebrantando las normas establecidas”. Estas medidas incluyen el decomiso de equipos, suspensión de licencias y cualquier otra medida “prevista en el ordenamiento jurídico.
En caso de que se trate de equipos de minería, “la superintendencia custodiará los respectivos bienes, los cuales en caso de quedar firme la medida, podrán ser dispuestos con fines sociales”. Para este proceso se levantará un acta referida a los equipos y su cantidad.
Más sanciones
En el artículo 43 se indica que quien, sin debida autorización, obtenga, acceda, interfiera o “utilice tecnologías de información relacionados con el Sistema Integral de Criptoactivos, será penado con prisión de uno (01) a tres (03) años y multa equivalente de cincuenta (50) a cien (100) Criptoactivos soberanos”; o lo que es lo mismo una sanción de entre 3.000 a 6.000 dólares. Es decir, no solo se trata de mineros, también se incluye a cualquier persona que esté relacionada con el manejo de criptoactivos.
El decreto de la ANC apunta a una férrea regulación en el comercio de los criptoactivos, la minería de criptomonedas y la ejecución de un registro completo sobre las empresas y personas que están utilizando criptos.
Es para resaltar que la Sunacrip tendrá nuevas facultades para velar por el cumplimiento de la ley, ya no solo en cuanto a la minería, sino también en todo lo que esté relacionado con el ecosistema cripto venezolano.
ACN/Criptonoticias
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Economía
La Montserratina incorpora tres productos a sus nuevos empaques

La Montserratina, siempre innovando para satisfacer los gustos de los venezolanos, agregó tres productos a su nuevo formato de empaques, iniciativa con la cual busca cumplir los requerimientos del mercado actual.
Las marcas que demuestran compromiso con sus clientes, de diversas formas, suelen tener una gran aceptación.
Los consumidores de hoy día, valoran a las empresas que los consideran y buscan opciones que se ajusten a sus necesidades y presupuestos.
Más alternativas
Los embutidos seleccionados en esta oportunidad por la empresa venezolana de origen español son: la chistorra, que, con su sabor ahumado y ligeramente picante, es perfecta para darle un toque especial a cualquier comida; la salchicha blanca, de textura suave, ideal para preparar deliciosos desayunos o acompañar pastas; y el chorizo carupanero, el rey de las parrilladas, y un ingrediente infaltable en muchas recetas venezolanas.
“Con estos nuevos empaques, queremos que los venezolanos puedan disfrutar de nuestros productos de forma más práctica y asequible, sin sacrificar la calidad y el sabor que nos caracteriza”, afirmó Verónica Maduro, gerente nacional de Mercadeo de La Montserratina.
Variedad de opciones
Verónica Maduro recordó que, además de estos tres, ofrecen 9 productos más en esta versátil presentación: salchichas finas hierbas, salchicha picante, chorizo picante, chorizo italiano, chorizo danés, chorizo con ajo, chorizo ahumado, choriqueso, choripollo.
Asimismo, comentó que estas presentaciones son ideales para familias pequeñas, parejas o personas que viven solas, permitiendo a todos disfrutar de los sabores icónicos de La Montserratina a la medida de sus necesidades.
Con información de nota de prensa
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