Nacional
TSJ declaró inadmisible recurso contra CNE: Multa y sanciona a abogada que lo interpuso

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso contra el CNE por presunta omisión para publicar resultados del 28-Jul. Además consideró “temerario” el recurso intentado, por lo cual multa y suspende a la abogada María Alejandra Díaz Marín, quien pasará al tribunal disciplinario del Colegio de Abogados, para que se le imponga una sanción.
Los accionantes del recurso fueron: Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim Este, Yul Yabour, Carlos Ojeda Falcón, Oscar Figuera González, Eduardo Sánchez, Juan Barreto Cipriani y Enrique Octavio Márquez Pérez.
Resumen íntegro de la sentencia
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara su COMPETENCIA para conocer de la presente acción de amparo constitucional.
2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim Este, Yul Yabour, Carlos Ojeda Falcón, Oscar Figuera González, Eduardo Sánchez, Juan Barreto Cipriani y Enrique Octavio Márquez Pérez, venezolanos, portadores de las cédulas de identidad N° 11.161.976, 6.455.894, 7.958.404, 9.418.841, 4.514.611 7.185.378, 4.682.043 у 7.761.751. respectivamente, mayores de edad, de este domicilio y civilmente hábiles, asistidos en este acto por la abogada María Alejandra Díaz Marín, titular de la cédula de identidad N° 6.503.842, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.128, contra el Consejo Nacional Electoral.
Derechos y Garantías Constitucionales
3.- LA TEMERIDAD de la presente acción de amparo constitucional de conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
4.- IMPONE MULTA a la abogada en ejercicio María Alejandra Díaz Marín, ya identificada, equivalente a cien veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, por la conducta evidenciada en la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual podrá ser cancelada en cualquier oficina receptora de fondos públicos nacionales.
A tal efecto se le confiere un plazo de cinco días de despacho siguientes a la notificación de la presente decisión, para que cumpla con el pago.
Se advierte al sancionado, de que el incumplimiento del pago de la multa en el lapso establecido, tal sanción podrá incrementarse entre un tercio y la mitad del total de la multa.
Con la finalidad de velar por la correcta ejecución de la sanción impuesta, la mencionada ciudadana deberá acreditar ante esta Sala el pago de la multa ordenado, y la Secretaría de la Sala verificará dicho pago si la referida abogado presenta cualquier escrito, acción o diligencia ante esta Sala Constitucional.
Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados
5.- Se ORDENA al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de adscripción de la abogada María Alejandra Díaz Marín ampliamente identificada, para que de manera perentoria inicie el respectivo procedimiento disciplinario a fin de aplicar la sanción que corresponda a dicha abogada, de acuerdo a la gravedad de los presentes hechos, de conformidad con lo establecido en los artículos 61 y 70 de la Ley de Abogados, a cuyos efectos se le remite copia certificada de la presente decisión. De las respectivas resultas se deberá informar a esta Sala Constitucional remitiendo copia certificada de la decisión que se haya dictado en cumplimiento del presente fallo.
6.- Se SUSPENDE TEMPORALMENTE DEL EJERCICIO PROFESIONAL a la abogada María Alejandra Díaz Marín, ampliamente identificada, hasta tanto se inicie y culmine el procedimiento disciplinario arriba ordenado, dados los graves señalamientos advertidos en la presente acción de amparo constitucional, los cuales cuestionan e irrespetan la potestad que ostenta la Sala Electoral y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y además pretenden generar zozobra y conmoción en la población.
Con información de ACN/Notitarde
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Nacional
En Mérida habilitan tramos de la troncal 007, tras afectaciones por lluvias

Quedaron habilitados tramos de la troncal 007, para restablecer la conectividad en Mérida, luego de las afectaciones por las lluvias de las últimas 24 horas.
El gobernador Arnaldo Sánchez informó que en horas de la noche del miércoles se restableció el paso entre la ciudad de Mérida y El Vigía y habilitaron una vía alterna entre Tabay y Mérida Detalló que en el transcurso del día jueves han dado paso con prioridad a los transportes de alimentos, medicamentos y combustible.
Las acciones de infraestructura permitieron reestablecer la conectividad entre las ciudades de Mérida y Ejido con los ejes Panamericano y Mocotíes.
Rehabilitación de vialidad en Mérida
Sánchez dijo que continuarán los trabajos de recuperación de vías hasta llegar a Apartaderos para luego ir hacia el municipio Miranda (Timotes); actualmente hay un equipo en el municipio Cardenal Quintero (Santo Domingo).
El mandatario regional resaltó la colaboración entre diversas instituciones. «Contamos con todo el equipo de Protección Civil, Bomberos, Policía y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Además, tenemos el respaldo del equipo que nos envió el presidente Nicolás Maduro».
Igualmente, en el municipio Santos Marquina (Tabay) el alcalde Balmore Otalora detalló que se habilitó una vía alterna (trocha) entre Tabay y Mérida, recomendó que la vía es para carros rústicos y motos mientras se restablece el tramo afectado en este municipio.
Agregó Otalora que también se realizará una inspección técnica en el puente de Mucunután, además de siete puentes averiados.
En redes sociales reportan que la vía alterna a la ciudad de Mérida desde El Vigía es la Local 004 que comprende los municipios Obispo Ramos de Lora (Santa Elena de Arenales), Andrés Bello (La Azulita) y Campo Elías (Ejido); el sector Jají se encuentra con paso restringido para vehículos livianos o camiones 350 sin carga.
Con información de: Últimas Noticias
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