Economía
Ley de Impuesto a las transacciones en divisas en vigencia desde el 27 de marzo

Este jueves entró en vigencia la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), la misma que grava las transacciones con divisas y criptoactivos distintos al petro.
Respecto a la normativa, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.687, fechada el 25 de febrero de 2022; ya se hizo oficial pese a las protestas y propuestas de distintos sectores y expertos.
Incluso, el texto final difiere poco de la versión sancionada por la Asamblea Nacional. No obstante, «se salvan» del pago del impuesto las siguientes operaciones.
Primero, por el uso de tarjetas internacionales dentro del territorio nacional, pues el cargo se hace al tipo de cambio oficial; y no corresponde a una operación dólar-dólar.
Segundo, las remesas que reciben los venezolanos desde el exterior, tercero, las operaciones de compra-venta de divisas en el mercado interbancario; y las operaciones en dólares en efectivo en pequeños comercios y mercados populares.
Ley de Impuesto a las transacciones en divisas
En cuanto a la información, en el artículo 24 se fija una tasa de 3% para las operaciones con moneda extranjera, criptomonedas o criptoactivo; distintos a los emitidos por la República.
Esto, es tanto para las transacciones dentro del sistema bancario como fuera de este; siempre y cuando el Ejecutivo Nacional establezca una alícuota distinta.
Ahora, lo que queda establecido para «las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, es una alícuota entre 2% y 8%»; según lo establecido en el artículo 13 de la norma aprobada.
En el texto explican, que la alícuota es «por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país; o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República dentro del sistema bancario nacional».
En cuanto a éstas mismas personas contribuyentes que realicen operaciones con divisas o criptoactivos distintos al petro fuera del sistema bancario; la alícuota se establece entre 2% y 20%.
«La Ley, entre otras irregularidades, deja en manos del Ejecutivo el establecimiento de alícuotas para las transacciones en moneda extranjera», se lee en la gaceta oficial.
Las exenciones
Sobre las exenciones, se deben mencionar que son la República y demás entes político territoriales, el Banco Central de Venezuela; las entidades de carácter público con o sin fines empresariales, calificadas como sujetos pasivos especiales.
También, las operaciones cambiarias realizadas por un operador cambiario debidamente autorizado; el primer endoso que se realice en cheques, valores, depósitos en custodia pagados en efectivo; y cualquier otro instrumento negociable.
Además, los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República; o el Banco Central de Venezuela.
Igualmente, los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados en la bolsa agrícola y la bolsa de valores.
Aunado a lo anterior, las operaciones de transferencias de fondos que realice el o la titular entre sus cuentas, en bancos o instituciones financieras constituidas y domiciliadas en Venezuela. Esta exención no se aplica a las cuentas con más de un o una titular.
Más exenciones
De igual forma, los débitos en cuentas corrientes de misiones diplomáticas o consulares y de sus funcionarios extranjeros acreditados en Venezuela.
Asimismo, los débitos en cuenta por transferencias o emisión de cheques personales o de gerencia; para el pago de tributos cuyo beneficiario sea el Tesoro Nacional.
Añaden a la ley, los débitos o retiros realizados en las cuentas de la Cámara de Compensación Bancaria; las cuentas de compensación de tarjetas de crédito, las cuentas de corresponsalía nacional y las cuentas operativas compensadoras de la banca.
Por otro lado, se incluye en esas exenciones, la compra-venta de efectivo en la cuenta única mantenida en el Banco Central de Venezuela; por los bancos y otras instituciones financieras.
Cabe destacar, que el artículo deja claro que «la exención prevista en los numerales 5 al 11 de este artículo aplica exclusivamente para las transacciones realizadas en moneda de curso legal; o en criptomonedas o criptoactivos emitidos por Venezuela».

En gaceta oficial. Foto: Cortesía
Con información: ACN/Impacto Venezuela/Foto: Cortesía
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Economía
Conindustria: Producción privada aumentó un 8,2% en primer trimestre de 2025 respecto a igual periodo de 2024

Los datos proporcionados por el Sistema de Información Estadística de Conindustria (SIEC), a través de la Encuesta de Coyuntura Industrial del primer trimestre de 2025 (ECI-I25), indican que la producción industrial privada aumentó 8,2% al compararlo con el mismo período de 2024.
Las cifras también demuestran que la producción industrial durante los tres primeros meses del año 2025 fue de 13,8%, en enero, de 1,1% en febrero, y 10,8% en marzo.
Luigi Pisella, presidente de Conindustria, informó que el 44% de las empresas manufactureras privadas estiman que su producción aumentará de cara al próximo trimestre.
A pesar del buen desempeño, y de acuerdo con el análisis de los datos, los principales factores que según los industriales impactaron la producción de la manufactura privada fueron, en primer lugar, los excesivos tributos fiscales y parafiscales (77%), seguido por el diferencial de la tasa cambiaria (70%); la falta de financiamiento (60%).
También, destaca la competencia de productos importados (49%), en cuarto lugar; y el entorno macroeconómico (43%), quedando en el sexto lugar la escasez de combustible (41%).
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Capacidad utilizada mantiene su promedio
Del mismo modo, la manufactura alcanzó una capacidad utilizada promedio de 45,8%, teniendo un comportamiento similar a la registrada en el trimestre anterior cuando se ubicó en 47,8%. El SIEC también mostró la capacidad utilizada por tamaño de empresa, destacándose que las grandes usan el 47,2%, las medianas el 36,4% y las pequeñas solo el 25,8%.
En el primer trimestre de 2025, se observó que el 52% de los industriales realizó una mayor inversión específicamente en equipos y sistemas.
En cuanto a las ventas, el 38% de los industriales respondieron que durante este trimestre disminuyeron un poco en comparación con el mismo trimestre de 2024 . Sin embargo, el 58% estimó que su volumen de ventas en unidades para el próximo trimestre aumentará en comparación al evaluado.
Factores que promueven el aumento de la producción
Pisella destacó que el comportamiento positivo en la producción de la manufactura nacional privada obedece principalmente a la correlación de tres factores importantes como lo son: la corrección del tipo de cambio, la eliminación de la exoneración de impuestos a productos terminados importados y la sustitución de importaciones por producción nacional.
“La sustitución de importaciones por producción nacional es un factor estratégico que impulsa el crecimiento industrial. Cuando las políticas públicas favorecen la producción local, se generan cadenas de valor más robustas, se generan empleos y se fortalece la economía interna. Es fundamental que esta tendencia continúe y se acompañe con más innovación, inversión y la capacitación del sector», indicó.
«En segundo lugar, la eliminación de la exoneración de impuestos a los productos terminados importados ha tenido un impacto positivo. Al gravar estos productos, se fomenta la sustitución de importaciones por producción nacional, creando un entorno más equitativo para las industrias locales. Esto incentiva a las empresas venezolanas a fortalecer su capacidad productiva para atender la demanda interna, en lugar de depender de productos importados que ahora enfrentan una carga tributaria.»., agregó.
«Además, la corrección del tipo de cambio ha sido un elemento clave para incentivar la producción nacional. Cuando el tipo de cambio se ajusta de manera adecuada, se fortalece la competitividad de los productos fabricados en nuestro país, ya que se reducen las ventajas de importar bienes más baratos que podrían desplazar a los productos nacionales. Esto, a su vez, motiva a las empresas a incrementar su producción local y a buscar mayor eficiencia en sus procesos” sustuvo Pisella.
Continúa siendo desigual en diversos sectores
En su intervención, Pisella indicó que, pese a que aumentó la producción, la misma continúa siendo desigual en los diversos sectores que componen la manufactura tal y como lo demuestra el SIEC con los siguientes resultados: autopartes (51,8%), farmacéutico (28,7%), otras industrias (42,9%), bebidas (15,8%), químico (10,8%), textil y calzado (4,5%), no metálicos (2,7%), fundición de metal y productos de metal (2,5%).
En contraste, entre las actividades con desempeño negativo destacan maquinaria, equipo eléctrico y óptica (-28,0%), madera y papel (-9,4%), plástico y caucho (-3,3%); y alimentos (-2,7%).
Por tamaño de empresas, el resultado agregado del primer trimestre de 2025, tampoco fue homogéneo. Tanto las grandes como las pequeñas presentaron tasas de crecimiento del 13,4% y 3,3% respectivamente. Las empresas medianas enfrentaron una disminución del 10,3%.
Necesidad de reformas tributarias
El presidente de Conindustria reiteró que para consolidar una industria sólida y sostenible es imprescindible implementar una serie de acciones complementarias en materia tributaria que materialicen esa premisa.
“En el resultado de esta encuesta vuelve a estar en primer lugar los excesivos tributos fiscales y parafiscales. En consonancia con ello, desde Conindustria reiteramos aspectos importantes relacionados a este tema que son medulares. Es imprescindible contar con un sistema tributario que reconozca los créditos fiscales por retenciones de IVA no compensadas, facilitando así la liquidez de las empresas. Además, es urgente modificar el plazo de declaración del IVA de quincenal a mensual, con el fin de simplificar la operatividad empresarial y mejorar el flujo de caja. También, proponemos reducir la retención del IVA del 75% al 50%, para que las empresas dispongan de más recursos para pagar salarios, insumos y mantener su operatividad”.
Explicó que estas adecuaciones buscan generar beneficios transversales para los industriales, el Estado y los consumidores.
“Desde mi perspectiva, simplificar y racionalizar la carga fiscal es clave para fortalecer la competitividad del sector productivo nacional, incentivar la generación de empleo, dinamizar el comercio y los servicios, y proyectar a Venezuela como una potencia exportadora. Estas medidas buscan generar beneficios que impacten positivamente a consumidores, industriales y al Estado venezolano, contribuyendo a reducir la inflación, mejorar la eficiencia administrativa y promover un mayor crecimiento económico sostenible para nuestro país”.
Se mantienen las expectativas Industriales positivas para el 2025
Los industriales venezolanos estiman que en 2025 crecerán en torno al 9,3%, impulsado por las empresas grandes (10,1%) ya que las medianas y pequeñas lo harán en torno al 1,3% y el 4,2%.
La evaluación sectorial demuestra que las actividades más favorecidas en 2025 serán farmacéutico (22,9%), bebidas (22,1%), no metálico 7,9%, otras industrias (9,5%) y autopartes (13,5%).
ACN/MAS/NDP
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