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Extienden prórroga a exoneraciones del IGTF a remesas hasta el 2024

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Las operaciones bancarias con cargo a sus cuentas en divisas, quedarán con exoneraciones del Impuesto de Grandes Transacciones Financieras (IGTF), hasta el próximo año 2024.

De acuerdo a la Gaceta Oficial N° 42.575 publicada el 23 de febrero, con esta medida quedan exonerados de cancelar el 3% del IGTF; los usuarios que usan tarjetas en moneda extranjera.

Además, las operaciones cambiarias hechas por personas naturales y jurídicas; al igual que las transacciones de las remesas hechas a través de las casas de cambio autorizadas en el país.

El plazo de la exoneración comienza a regir este domingo 26 de febrero y se extiende por un año completo hasta febrero de 2024.

Así mismo, se trata de una segunda renovación para que estos pagos queden exonerados del IGTF; tras la reforma de ley hecha por la Asamblea Nacional para tratar de reducir el uso del dólar en los pagos comerciales.

Otras operaciones que quedan con exoneraciones del IGTF:

  • La compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela; así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos.
  • Títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola; realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.
  • Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas.
  • Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas; a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
  • Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela; realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están calificados como sujetos pasivos especiales.
  • Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.

Con información: ACN/Efecto Cocuyo/Redes

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Economía

Dólar oficial para este 5 de junio: precio BCV y de otras monedas

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Dólar oficial para este jueves 5 de junio - Agencia Carabobeña de Noticias
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Dólar oficial para este 5 de junio. El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó el tipo de cambio de referencia para mañana. Mostrando una estabilidad en el valor de la moneda estadounidense en el mercado.

El promedio ponderado del dólar se situó en 97,90 bolívares por unidad. Este valor resulta de las operaciones diarias de las mesas de cambio activas en las instituciones bancarias autorizadas.

Además, el BCV informó los tipos de cambio para otras monedas importantes. El euro cerró en 111,90 bolívares, mientras que el yuan chino se ubicó en 13,63 bolívares. Por su parte, la lira turca cotizó en 2,50 bolívares y el rublo ruso en 1,24 bolívares.

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Dólar oficial para este 5 de junio

Dólar oficial para este 5 de junio - Agencia Carabobeña de NoticiasLa estabilidad en el tipo de cambio oficial refleja un escenario sin grandes fluctuaciones en la cotización del dólar, lo que puede ofrecer un respiro para el sector económico en medio de la volatilidad cambiaria que caracteriza al país.

El BCV mantiene así el control del mercado cambiario oficial, en un contexto donde también se observa la dinámica de precios en mercados paralelos y otras fuentes informales.

Este tipo de cambio oficial es referencia para transacciones bancarias, comerciales y financieras, y sirve como indicador para la toma de decisiones económicas a nivel nacional. Esta brecha cambiaria sigue siendo un desafío para la economía local, afectando el poder adquisitivo de la población y la planificación financiera de empresas y hogares. Por ello, la atención continúa puesta en las medidas que pueda tomar el gobierno para reducir estas discrepancias y promover mayor estabilidad económica.

ACN/MAS/EPTV

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