Internacional
Colombia abrirá fronteras en octubre menos con Venezuela

Colombia abrirá fronteras terrestres, marítimas y fluviales, el próximo 2 de octubre de 2020. Sin embargo, el paso fronterizo con Venezuela permanecerá cerrado.
Los Puentes Internacionales de la frontera de Táchira con Colombia seguirán cerrados hasta nuevo aviso; pues Venezuela y Colombia rompieron sus lazos de intercambio diplomático.
Para atender los casos de la población de Migrantes Venezolanos en el departamento del Norte de Santander el director de Migración Colombia; Juan Francisco Espinosa, anunció el compromiso de realizar sesiones de trabajo presenciales de apoyo directo a las autoridades locales en Cúcuta, Villa del Rosario, Pamplona, Patios, El Zulia, San Cayetano, Puerto Santander y Ocaña.
El Ministerio del Interior y la Unidad de Riesgo y Desastres anunciaron que construirán en Pamplona y Villa del Rosario; dos Centros de Convivencia Solidaria, para la población migrante por un valor de 7.000 millones de pesos.
Colombia abrirá frontera
Espinosa Palacios, aclaró que solo podrán entrar y salir del país por los puntos fronterizos habilitados; quienes se encuentren dentro de las excepciones previstas en el Decreto.
Entre ellos los casos fortuitos y de fuerza mayor; el transporte de carga y mercancía y aquellos casos que sean considerados como emergencia humanitaria.
Frente a la salida del territorio nacional de ciudadanos venezolanos, el jefe de la autoridad migratoria colombiana precisó que la misma se seguirá haciendo de manera coordinada con las autoridades locales y departamentales; porque ha disminuido en las últimas semanas.
El consejero presidencial para las Regiones, Federico Hoyos, y el gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano; presidieron una mesa de trabajo en la que se abordaron diversos temas.
Entre ellos la reactivación económica de Cúcuta y Norte de Santander y la situación migratoria.
Nuevo gerente de fronteras de Colombia con Táchira
Este martes, el presidente de Colombia, Iván Duque anunció que Lucas Gómez; será el nuevo gerente de fronteras de ese país.
Gómez, era director de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales de la Cancillería, teniendo una amplia experiencia en temas migratorios en la Organización Internacional para las Migraciones y más de 15 años de trayectoria en el análisis y evaluación de políticas públicas.
ACN/Tachiranews
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Internacional
Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.
Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.
«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.
¿Cuáles tipos de visas son?
En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».
Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».
Qué dice la orden de Trump contra venezolanos
Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:
Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:
-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.
¿Cuáles son las excepciones?
Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:
-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;
-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;
-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);
-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);
-Especiales de inmigrante para afganos;
-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos
-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».
Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.
Con información de: EC
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