Política
CNE habilitó 95 centros de votación para elegir a diputados indígenas

El Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó 95 centros de votación para los comicios que se llevan a cabo, este domingo 01 de junio, en los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Sucre y Zulia para elegir a sus diputados ante la Asamblea Nacional.
El ente electoral dijo que: «Esta jornada del 1 de junio impacta a 77 municipios, donde se habilitaron 95 centros de votación y 118 mesas».
Los voceros, que representan a 169 mil 451 indígenas pertenecientes a 3 mil 952 comunidades, elegirán a tres legisladores para el Parlamento. Estos voceros son la representan genuina de 169.451 hermanos y hermanas indígenas de 3.952 comunidades equivalente al 82% del total. Elegirán a sus diputados y diputadas, quienes tendrán la facultad de representar a sus pueblos y comunidades, haciendo valer sus sistemas normativos.
Derechos de los pueblos indígenas
El pasado domingo 25 de mayo se celebraron unas elecciones regionales y legislativas en las que el pueblo revolucionario logró conquistar 253 de los 282 escaños de la AN. Así como 23 de las 24 gobernaciones del país, incluida la de Guayana Esequiba.
Este proceso da cumplimiento al Artículo 125 de nuestra Constitución, que reconoce los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo su forma de organización social y política. Con estas elecciones, los pueblos originarios refuerzan su autodeterminación y toman las riendas de su representatividad política.
De igual forma el artículo 186 de nuestra Carta Magna establece “Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres. Cada diputado o diputada tendrá un suplente o una suplente, escogido o escogida en el mismo proceso»
Con información de: NT/Minpi
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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