Conéctese con nosotros

Economía

Nuevas tablas salariales de la administración pública en BsS

Publicado

el

Tablas salariales - acn
Compartir

El viceministro de Comunicación, Cultura y Turismo, Jorge Rodríguez;  anunció este martes que fueron aprobadas las nuevas tablas salariales;  de la administración pública en bolívares soberanos.

Precisó que no se establecerán sueldos diferenciales entre los poderes;  central, regional y municipal, con el propósito de recuperar el salario de los trabajadores.

«La aprobación de las tablas salariales busca organizar la administración pública;  es decir, va a haber una sola tabla que va a regir a toda la administración pública»;  subrayó, luego de culminar el Consejo de Ministros Nº 368 realizado;  en la sede de la Vicepresidencia de la República.

Rodríguez instó a la pequeña y mediana empresa a inscribir o actualizar los datos de sus trabajadores;  en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas (Tiuna) del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS);  registro que permitirá al Estado cancelar el salario mínimo de 1.800 bolívares soberanos (BsS) por un lapso de 90 días.

«Invitamos a los empresarios a registrarse o actualizar los datos de sus trabajadores en el sistema Tiuna;  también los trabajadores pueden hacerlo en el sistema Patria», dijo Rodríguez.

El también ministro de Comunicación e Información agregó que serán respetados;  todos los elementos y beneficios relacionados con la contratación colectiva;  pero se establecerá un mecanismo de cálculo para adaptarlo a la nueva unidad de medida;  que es el Petro, y que será el referente de los salarios.

El salario mínimo entró en vigencia el 1 de septiembre y de acuerdo con el cronograma;  la primera parte se cancelará el 7 de septiembre. Luego, el 15 de septiembre se hará el segundo desembolso;  y desde el próximo 30 de septiembre se harán los abonos quincenales.

El pasado 17 de agosto, el presidente de la República, Nicolás Maduro;  anunció que el nuevo salario mínimo quedó establecido en medio Petro, es decir, 1.800 bolívares soberanos.

Nuevas tablas salariales en la administración pública

Luego del anuncio público de la aprobación de la nueva tabla salarial de la administración pública, realizado este martes por el vicepresidente de Comunicación, Jorge Rodríguez, comenzó a distribuirse en varios despachos públicos el contenido del nuevo tabulador que aún no ha sido publicado en Gaceta Oficial.

En su revisión se constata que el monto máximo para el personal profesional universitario quedó en 1,5 salarios mínimos, lo que equivale a 2.790 bolívares soberanos (279 millones de bolívares fuertes).

El sueldo base se fijó en 1.800 bolívares mensuales, que es el monto que devengará el personal administrativo o bachilleres (BI tipo I). El valor cambia dependiendo del nivel o rango del cargo, para los bachilleres BII tipo I la remuneración se ubica en 1.926 BsS (Bs 192,6 millones de BsF) y progresivamente hasta los 2.034 BsS (203,4 millones BsF) para los BII tipo VII.

En el caso de los obreros, el personal no calificado en el grado I+ ganará 1.827 BsS y el salario tope, que es de 2.313 BsS, será para los supervisores en el grado de instrucción más alto.

La prima por hijos está fijada en 90 bolívares soberanos (9.000.000 del anterior cono monetario); mientras las primas por profesionalización quedan de la siguiente manera: técnico superior universitario (12 % sobre el salario); profesional (14 %); especialista (1 6%); maestría (18 %) y doctorado (20 %).

En la última tabla que establece el valor económico de la prima por antigüedad, el trabajador podrá obtener, de acuerdo a sus años de servicio, del 1 % que, corresponde a un año, al 30 % en el caso de que tenga 23 años o más de servicio.

En gaceta oficial no se estipula pago de nóminas del sector privado, según Fedecamaras

El presidente de la federación de Fedecamaras, Carlos Larrazábal, expresó en una entrevista a César Miguel Rondón en el circuito Éxitos de Unión Radio, que el ajuste del ajuste del salario mínimo y del bono de alimentación se traduce en más cierres de empresas y desempleos.

“Las medidas para ser efectivas deben estar acompañadas de incentivos en la producción, con mayor productividad y producción de bienes” manifestó Larrazabal.

También comunicó que actualmente se tiene un aumento brutal en los ingresos y en la estructura de costos de las empresas. Destacó que ahora se tendrá una inmensa masa de papel moneda circulando en la economía buscando bienes y servicios que no existen en las cantidades suficientes.

Objetó la falta de comunicación e información que se ha tenido de parte del gobierno sobre él pago de nóminas de las empresas privadas por tres meses.

ACN/VTV/2001

No deje de leer: Trabajadores temen incremento de índice de desempleo ante nuevo aumento

Economía

Reajustado valor de Unidad Tributaria y publicada en Gaceta Oficial

Publicado

el

Reajuste de la Unidad tributaria - Agencia Carabobeña de Noticias
Compartir

Reajuste de Unidad Tributaria. En Gaceta Oficial Número 43.140, de fecha 2 de junio de 2025, publicada la resolución del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), en la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 9 a Bs. 43.

La normativa destacó que el valor de la Unidad Tributaria sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de los tributos nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat, «no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan».

También puede leer: Caracas será la sede de la Expo AgroAlba 2025 del 5 y al 6 de junio

Reajuste de Unidad Tributaria

Asimismo, puntualizó que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo.

Añadió que en el caso de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.

Reajuste de la Unidad tributaria - Agencia Carabobeña de Noticias

ACN/MAS/ByN

No deje de leer: Tipo de cambio para el miércoles 4 de junio del BCV

Infór1mate al instante únete a nuestros canales 

WhatsApp ACN – Telegram NoticiasACN – Instagram acn.web – TikTok _agenciacn – X agenciacn

Continue Reading

Suscríbete a nuestro boletín

Publicidad

Carabobo

Publicidad

Sucesos

Facebook

Publicidad

Lo más leído