Internacional
Trump negó acceso a reportero por usar nombre Golfo de México

La agencia de noticias Associated Press (AP) denunció que Donald Trump negó acceso a reportero por usar nombre Golfo de México. La agencia estadounidense AP aseguró que la Casa Blanca impidió que uno de sus reporteros accediera al Despacho Oval, después de que haya continuado usando el nombre de ‘golfo de México’ en vez de ‘golfo de América’.
Ap manifestó en un comunicado que la Casa Blanca le señaló que, si «no alineaba sus estándares editoriales con la orden ejecutiva» de Trump que rebautizaba el golfo de México, la agencia no podría acceder al Despacho Oval.
«Es alarmante que la Administración Trump castigue a AP por su periodismo independiente. Limitar nuestro acceso al Despacho Oval en función del contenido del discurso de AP no solo impide gravemente el acceso del público a las noticias independientes, sino que viola claramente la Primera Enmienda», reza el texto.
La agencia de noticias recordó que la orden de Trump sobre el nombre del mencionado golfo solamente tiene autoridad dentro de Estados Unidos. Mientras que México, otros países y organismos internacionales, no tienen la obligación de reconocer el cambio de nombre.
Trump negó acceso a reportero por usar nombre Golfo de México y Amnistía Internacional se pronuncia
AP indicó que como agencia de noticias global que difunde noticias en todo el mundo,»debe asegurarse de que los nombres de los lugares y la geografía sean fácilmente reconocibles para todos los públicos».
La ONG Amnistía Internacional opinó con respecto a este hecho. Indica la organización que «negar el acceso a la prensa por desacuerdos en la cobertura es una práctica habitual de los gobiernos represivos». Destaca además, que «los periodistas son fundamentales para promover la transparencia y los Derechos Humanos».
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Internacional
Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.
Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.
«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.
¿Cuáles tipos de visas son?
En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».
Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».
Qué dice la orden de Trump contra venezolanos
Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:
Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:
-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.
¿Cuáles son las excepciones?
Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:
-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;
-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;
-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);
-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);
-Especiales de inmigrante para afganos;
-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos
-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».
Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.
Con información de: EC
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