Política
Jueces supremos exiliados dicen que Saab no es venezolano y menos diplomático

Alex Saab no es venezolano y menos diplomático, dice el autodenominado Tribunal Supremo de Justicia Legítimo de Venezuela, formado por jueces del TSJ que en su día se exiliaron y se dirigió al juez del caso del empresario chavista Alex Saab en EE.UU. para «aclarar» que, a su juicio, el acusado no es legalmente venezolano y tampoco diplomático.
«La verdad es que el ciudadano Alex Saab no ejerce cargo diplomático, según las leyes de Venezuela y las Convenciones Internacionales en materia consular, tratándose de un ciudadano colombiano que tiene contratos con Nicolás Maduro Moros y su familia»; dice el TSJ legítimo en una carta al juez Robert N. Scola.
En la carta, a la que tuvo acceso EFE, Antonio José Marval Jiménez y Pedro Troconis Da Silva, que se presentan como presidente y primer vicepresidente del TSJ legítimo, que no reconoce a Maduro como presidente de Venezuela; incluso en 2018 lo condenó por corrupción y lo inhabilitó políticamente, se dirigen «respetuosamente» a Scola.
Alex Saab no es venezolano y menos diplomático
Su objetivo -dicen- es «aclarar las pretendidas manipulaciones hechas por el gobierno de Nicolás Maduro Moros; y sus representantes en defensa de Alex Saab».
Saab fue extraditado a Miami en octubre de 2021 desde Cabo Verde; donde fue detenido a instancias de Estados Unidos, que lo acusa de lavado de dinero.
Los abogados de Saab, contratados por el Gobierno venezolano, alegan que su detención y el proceso penal en EE.UU. son ilegales pues el empresario nacido en Colombia tiene rango diplomático y por tanto goza de inmunidad; algo que niega la Fiscalía, que representa al Gobierno de EE.UU.
El proceso que se le sigue a Saab en los tribunales federales de Miami está centrado actualmente en dilucidar esa cuestión; pues la Corte de Apelaciones a la que recurrió el empresario para que se le reconociera estatus diplomático dejó el asunto en manos de Scola.
«Es absolutamente incierto que se afirme que el ciudadano Alex Saab es un funcionario diplomático en comisión o de carrera»; apunta Marval antes de exponer los argumentos jurídicos que sustentan su opinión.
Desconoce la inmunidad diplomática
«Esta institución legítima de Venezuela -dice- desconoce la pretendida imposición de inmunidad diplomática y de la nacionalidad venezolana de dicho ciudadano; por no cumplir con el procedimiento legal establecido en la vigente Ley de Nacionalidad y Ciudadanía».
Según la carta, no existe Carta de Naturaleza publicada en la Gaceta Oficial de la República, Saab no está inscrito en el Registro Civil (artículo 11.3,31 y 31); no ha tenido residencia ininterrumpida de diez o cinco años en Venezuela (artículo 21.1) y no se ha seguido el procedimiento de naturalización de un órgano competente en materia de nacionalidad y ciudadanía (artículo 3).
«No siendo ciudadano venezolano, menos puede Alex Saab esperar reconocimiento de una condición de diplomático de la República Bolivariana de Venezuela»; subraya el TSJ legítimo.
Marval subraya que Saab ha alegado que la nacionalidad venezolana se la «otorgó Nicolás Maduro como recompensa por sus servicios»: que su trabajo en Venezuela ha sido «negociar con gobiernos extranjeros y empresas privadas la creación de nuevos canales para obtener y entregar los muy necesitados alimentos, medicinas básicas y recambios necesarios para la industria del petróleo».
A juicio del TSJ, con estas argumentaciones «el régimen dictatorial de Nicolás Maduro Moros y sus representantes en defensa de Alex Saab intentan lograr un salvoconducto político para un asunto que es competencia estricta de la justicia criminal».
ACN/MAS/EFE
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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