Internacional
Se registró un fuerte sismo de magnitud 6 en Costa Rica

Un fuerte sismo de magnitud 6 se registró este lunes a las 3:51 horas, que sacudió el sector del Pacífico y el Valle Central de Costa Rica, sin causar daños o víctimas, según las primeras informaciones oficiales.
Entre unos 40 y 50 segundos fue la duración del temblor más fuerte que se ha registrado durante este 2020.
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Este movimiento sísmico sorprendió a gran parte de los habitantes de Costa Rica.
De acuerdo con el Observatorio Vulcanológico y Sismológico de Costa Rica (Ovsicori), el sismo tuvo una magnitud de 6,2 grados y una profundidad de 3 kilómetros.
De este modo, su epicentro fue localizado 12 kilómetros al sur de Jacó de Garabito, Puntarenas.
En cuanto, a la Red Sismológica Nacional (RSN), reportó el sismo con una magnitud de 6 grados y 24 kilómetros de profundidad, mientras que el epicentro lo ubicó 12 kilómetros al suroeste de Jacó.
La RSN registró un fuerte sismo en la tarde del lunes 24 de agosto que tuvo una magnitud de 6,0 Mw y se sintió en todo el territorio nacional.
El epicentro se localizó 12 km al suroeste de Jacó, en el cantón de Garabito, y tuvo una profundidad de 24 kmhttps://t.co/KHZ3lQXXiZ
— Red Sismológica Nacional (@RSNcostarica) August 25, 2020
Las réplicas del temblor fueron pocas hasta las 6 p. m. y que estas registraron magnitudes menores a 3 grados.
No se registraron reportes de daños
La Comisión Nacional de Emergencias (CNE) informó que inicialmente no se registraron reportes de daños ni objetos caídos.
“Frente al fuerte sismo sentido en gran parte del país, me encuentro en comunicación con la (CNE) para la evaluación de posibles afectaciones, de momento no se reporta ninguna”, comentó el presidente del país, Carlos Alvarado, en Twitter.
El mandatario pidió a la población “estar atentos a canales oficiales y seguir los protocolos de salud”. La CNE ha llamado a la población a mantener los protocolos sanitarios de distanciamiento social en casos de evacuación por sismo; para evitar contagios de covid-19, que en el país deja 362 muertos y más de 34 000 casos.
Tenemos información preliminar del OVSICORI-UNA donde indica Mw=5.9 por lo que NO HAY PELIGRO DE TSUNAMI
Sin embargo, recuerden estar siempre preparados al sentir un sismo muy fuerte o muy largo cerca de la costa, no esperar una orden de las autoridades y evacuar inmediatamente pic.twitter.com/1rfat8wPkY— Sistema Nacional de Monitoreo de Tsunamis UNA-UCR (@SINAMOT_CR) August 24, 2020
ACN/ El Comercio
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Internacional
Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.
Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.
«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.
¿Cuáles tipos de visas son?
En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».
Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».
Qué dice la orden de Trump contra venezolanos
Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:
Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:
-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.
¿Cuáles son las excepciones?
Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:
-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;
-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;
-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);
-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);
-Especiales de inmigrante para afganos;
-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos
-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».
Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.
Con información de: EC
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