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Estados Unidos sentensió a 27 meses de prisión a exalcalde venezolano

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exalcalde venezolano en prisión - acn
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Un juez federal de Florida, EE. UU., sentenció al exalcalde venezolano, Jhonnathan Marín a poco más de dos años (27 meses) de prisión más un año de libertad vigilada por haber conspirado para lavar dinero de la corrupción, según documentos judiciales.

El juez federal Robert Scola aceptó una petición de la Fiscalía para reducir la pena del exalcalde de Guanta, estado Anzoátegui, por haber “asistido de manera sustancial” al Gobierno estadounidense en otras investigaciones de corrupción.

El ahora condenado, que en junio pasado se había declarado culpable del cargo de asociación ilícita para cometer lavado de dinero, se enfrentaba a una pena máxima de cinco años de prisión.

EE. UU.  dicta prisión a exalcalde venezolano

Marín, de 44 años, fue alcalde de la ciudad venezolana portuaria de Guanta por casi una década hasta que renunció en 2017 y huyó de su país en medio de una purga en la empresa petrolera estatal Pdvsa.

El Gobierno de Nicolás Maduro, sucesor de Hugo Chávez, ordenó su arresto por corrupción y le prohibió ejercer cargos públicos.

Ante el juez Scola, Marín admitió que aceptó unos 3,8 millones de dólares en sobornos de un socio no identificado para ejercer su influencia sobre funcionarios de empresas filiales de Pdvsa con Chevron, Total y otras compañías petroleras.

De acuerdo con documentos de su expediente, en Estados Unidos lavó más de 1,2 millones de dólares, que transfirió desde un banco de Miami a otro de Panamá.

Según la orden del juez Scola, Marín debe entregarse a las autoridades carcelarias este jueves al mediodía y tiene dos semanas para apelar la sentencia.

El juez incluyó en su sentencia una petición de la Fiscalía para que devuelva los 3,8 millones de dólares obtenidos mediante sobornos.

 

ACN/EFE

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Internacional

Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

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Trump restringe los visados -Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Internacionales
Foto: Cortesía
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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.

Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.

«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.

¿Cuáles tipos de visas son?

En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».

Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».

Qué dice la orden de Trump contra venezolanos

Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:

Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:

-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.

¿Cuáles son las excepciones?

Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:

-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;

-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;

-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;

-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;

-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);

-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);

-Especiales de inmigrante para afganos;

-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos

-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.

La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».

Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.

Con información de: EC

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