Economía
Nuevos precios para el Registro de Vehiculos

Nuevas tarifas en los tramites y servicios vehicuares fueron establecidas a partir del 2 de Febrero; por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT); ente adscrito al Ministerio para el Transporte.
La Carta Consular se estableció con un monto de Bs. 3.000.000. Este es el único documento que avala internacionalmente la licencia de manejo venezolana; permitiendo al usuario cuando se encuentra fuera del país de origen; la posibilidad de la libre conducción de vehículos propios o alquilados.
Emisión y Renovación de licencias:
- 2° grado Bs. 125.000 / Bs. 31.000
- 3° grado Bs. 200.000 / Bs. 100.000
- 4° grado Bs. 250.000 / Bs. 150.000
- 5° grado Bs. 500.000 / Bs. 250.000
El precio para el Registro Original de Vehículos se fijó desde los 500.000 bolívares para vehículos particulares; Bs. 125.000 para motos de baja cilindrada y hasta los Bs. 4.250.000 para vehículos importados.
En cuanto al Traspaso de vehículos; el precio del trámite oscila entre los Bs. 500.000 en vehículos particulares y transporte de carga 750.000 Bs.
El traspaso de motocicletas de baja cilindrada tiene un costo de 31.250 Bs. y de alta cilindrada 750.000 Bs.
Las placas para los vehículos particulares van desde 1.000.000 de bolívares, Transporte Público Bs. 500.000 y vehículos de carga 3.750.000.
En el caso de las placas para motos de baja cilindrada el costo es de 125.000 Bs.
Además, se estableció la Carta Consular en un monto de Bs. 3.000.000. Cabe destacar que, este es el único documento que avala internacionalmente la licencia de manejo venezolana, permitiendo al usuario cuando se encuentra fuera del país de origen, la posibilidad de la libre conducción de vehículos propios o alquilados.
Para consultar las tarifas de todos los trámites que ofrece el INTT, ingrese a la página web oficial www.intt.gob.ve o visite cualquiera de las 75 oficinas ubicadas en todo el territorio nacional.
ACN/INTT
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Economía
Impactos del incremento del valor de la Unidad Tributaria

Impactos del incremento del valor de la Unidad Tributaria. El nuevo valor de la Unidad Tributaria aumentó 377,8% para ubicarse en 43 bolívares, menos de un dólar al tipo de cambio oficial, por lo que la mayoría de los expertos en materia tributaria coinciden en que el impacto de este incremento tiene poca relevancia para los contribuyentes.
Para el abogado experto en Derecho Tributario e integrante de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, Daniel Betancourt, este incremento es un ajuste por inflación, ya que la unidad tributaria no se ajustaba desde 2023.
«La unidad tributaria fue introducida en el sistema venezolano en el año 1994 cuando ya se presentaba la variable macroeconómica de la inflación, por lo que el legislador decidió crear una unidad de referencia para evitar estar actualizando las normas tributarias todos los años, visto que se el valor del bolívar ya se venía diluyendo», señaló Betancourt.
El experto señala que el mecanismo funcionó mientras el valor se ajustó periódicamente, pero actualmente ya es una herramienta desfasada frente al movimiento de la inflación, por lo que el propio Ejecutivo Nacional la ha sustituido en diversos instrumentos legales por el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) que es la paridad del euro.
«Quizás todavía tiene importancia en instrumentos jurídicos tributarios que se han quedado en el tiempo como, por ejemplo, la Ley de Impuestos sobre la Renta y la Ley de Impuestos de los Grandes Patrimonios», apunta Betancourt.
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Impactos del incremento del valor de la Unidad Tributaria
El experto señala que evidentemente, el aumento de la Unidad Tributaria elevará considerablemente los montos de las sanciones en bolívares por la aplicación de normas como la Ley Orgánica de Precios Justos o la Ley de Tránsito Terrestre.
También habrá cambios en la aplicación de la Ley del Impuesto a los Grandes Patrimonios, ya que la norma creó un impuesto que grava el patrimonio neto de las personas naturales y jurídicas calificadas como sujetos pasivos especiales por la Administración Tributaria Nacional, cuyo patrimonio tenga un valor igual o superior a ciento cincuenta millones de unidades tributarias (150.000.000 U.T.).
«De acuerdo a la Ley de Grandes Patrimonios, usted se hace contribuyente con dos condiciones, una que sea sujeto pasivo especial y segundo, que tenga un patrimonio mayor de 150 millones de unidades tributarias. Quizás este aumento puede sacar a empresas de ser contribuyentes del impuesto a grandes patrimonios porque esos 150 millones de unidades tributarias son más bolívares», indica el abogado Daniel Betancourt en entrevista concedida a Unión Radio.
Igualmente, puede impactar la determinación del pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR), ya que todas las personas naturales residentes en el país con ingresos superiores a 1.000 unidades tributarias o ingresos brutos mayores a 1.500 unidades tributarias deben declarar este tributo.
Esto podría significar que algunas personas podrían pagar una alícuota menor por su nivel de ingresos.
ACN/MAS/ByN
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