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TSJ ordena que tarjeta de la MUD no sea validada ante el CNE

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia de su presidente, magistrado Juan José Mendoza Jover, anuló parcialmente la convocatoria efectuada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el 17 de enero de 2018 para la renovación de la nómina de inscritos en las organizaciones con fines políticos nacionales; y en consecuencia ordenó al Poder Electoral excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) del proceso de renovación convocado.

Indica en el fallo la Máxima Intérprete de la Carta Magna, entre otras cosas, que en el contexto del próximo proceso electoral de carácter nacional ordenado para la elección del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala Constitucional está llamada a resguardar los derechos a la participación política a través de las organizaciones constituidas legal y legítimamente para tal fin, para lo cual ya ha fijado los parámetros del proceso previo de validación de las organizaciones políticas, en respeto irrestricto de los postulados y principios fundamentales para el mantenimiento del orden constitucional de la República.

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Según lo dispone la decisión N° 53, publicada este jueves, la exclusión de la MUD se hace en razón de que su conformación obedece a la agrupación de diversas organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación, y dicho carácter de agrupación contraría abiertamente la prohibición de la doble militancia; de conformidad con lo establecido en el dispositivo número 4 de la sentencia N° 1 del 5 de enero de 2016 de esta misma instancia, y en el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.

Fuente: TSJ

Política

¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

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Miembros de mesa cne Agencia Carabobeña de Noticias - acn
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Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.

Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.

Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.

Quiénes están exceptuados

La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.

Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.

Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:

  • Cuidado de familia
  • Cambio de residencia
  • Estudio
  • Trabajo
  • Salud

Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.

Sanciones

La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:

Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.

-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.

 

Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital

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