Política
Tribunal Supremo avala ley para recuperar bienes de la corrupción

El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ avala ley para recuperar bienes de la corrupción, tras declarar este viernes 28 de abril la constitucionalidad de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, un marco jurídico aprobado el jueves por unanimidad en la Asamblea Nacional (AN), con el que se busca recuperar bienes relacionados con la corrupción.
La ley -según la cual el Estado, mediante procedimiento legal, pasará a ser el titular de bienes ilícitos o de origen lícito pero con asociación delictiva- fue aprobada en medio del escándalo por tramas de corrupción reveladas recientemente por las que han sido detenidas 61 personas, entre ellas varios funcionarios.
A juicio de la Sala Constitucional del TSJ, el escrito «contiene normas que buscan fortalecer las capacidades del Estado para combatir con eficiencia estas prácticas delictivas».
TSJ avala ley para recuperar bienes de la corrupción
Aunque el texto, como manda la Constitución, dice que entrará en vigencia una vez sea publicada en Gaceta Oficial -para lo cual hace falta la promulgación por parte del jefe de Estado, Nicolás Maduro- uno de sus apartados reza: «la extinción de dominio procederá, aunque los presupuestos fácticos exigidos para su declaratoria hubieren ocurrido con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley».
El diputado oficialista Diosdado Cabello, el principal impulsor de esta ley, explicó ante el pleno de la AN que con esta norma no se reconocerá el derecho a la propiedad privada «cuando se trate de bienes obtenidos producto de actividades ilícitas», como tampoco los «destinados a esas actividades contrarias a la ley».
Además, el considerado número dos del chavismo aseguró que los recursos recuperados serán destinados al sistema de protección social -a través del cual el Gobierno entrega bonificaciones-, a los servicios públicos, la infraestructura pública, programas de atención y reparación a las víctimas de actividades ilícitas y a las instituciones encargadas de combatir la corrupción.
ACN/MAS/Agencias
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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