Economía
Prorrogan régimen de exoneración de importaciones

Prorrogan régimen de exoneración de importaciones. El gobierno nacional extendió la medida hasta el 31 de marzo de 2025 y al valor agregado (IVA) a 3.148 categorías de productos, según sus códigos arancelarios distribuidos en cinco apéndices.
El decreto fue publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.869, fechada el pasado viernes 27 de diciembre.
El Ejecutivo Nacional ha venido exonerando impositivamente a importaciones en los últimos años; sin embargo, en comparación con el decreto de exoneración anterior, se incrementa el número de categorías beneficiadas con 748 códigos arancelarios incorporados.
Esta política es un mecanismo para mantener un nivel adecuado de abastecimiento, sobre todo de productos alimenticios, además de ofrecer incentivos a las compras externas de bienes indispensables para incrementar la producción nacional.
Mientras se incrementa el número de códigos arancelarios beneficiados, se reduce el plazo de exoneración, ya que en el decreto anterior fue de cuatro meses.
También puede leer: Serán exonerados más códigos arancelarios de impuestos de importación
Prorrogan régimen de exoneración de importaciones
El artículo 3 «exonera el noventa por ciento (90%) del Impuesto de Importación y el noventa por ciento (90%) del Impuesto al Valor Agregado» a 1.568 líneas de productos identificadas en el mismo número de códigos arancelarios, según el Apéndice 1.
El artículo 4 prevé que se exoneran del «Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto» a las categorías de productos expresadas en los 456 códigos arancelarios incluidos en el Apéndice 2.
En este caso aplica una condición: «esta exoneración está sujeta al “Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente (CNP o CPNI)”, emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de industrias y producción nacional».
El artículo 5 prevé la exoneración total de los impuestos referidos para las «importaciones definitivas de bienes muebles corporales» realizadas por el Ministerio de Desarrollo Minero Ecológico o sus órganos y entes adscritos; así como las realizadas exclusivamente por la Corporación Venezolana de Guayana (CVG) o sus empresas adscritas.
Este artículo ampara a productos incluidos en 293 códigos arancelarios.
Otros artículos
El artículo 6 exonera las importaciones realizadas por el Ministerio de Atención de las Aguas o sus órganos y entes adscritos, que incluyen a 283 códigos arancelarios.
El artículo 7 aplica las exoneraciones a las importaciones del Ministerio de Energía Eléctrica y sus entes adscritos.
En cuento, el artículo 8 señala que «se exonera el Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas exclusivamente por la Corporación Socialista del Cemento (CSC) y sus empresas adscritas, clasificados en los códigos arancelarios: 2520.10.11.00, 6902.10.90.00, 4010.39.00.00, 4010.19.00.00 y 7325.91.00.00″.
El artículo 9 apunta que «se exonera el Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas exclusivamente por la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (CORPOVEX), clasificados en los códigos arancelarios: 6302.32.00.00, 7210.41.10.00, 9404.29.00.00, 9404.21.00.00, 8450.20.90.00, 8450.19.00.00, 7308.90.10.00, 7321.11.00.10, 8418.10.00.00, 8418.21.00.00, 8418.29.00.00, 8450.11.00.00 y 8450.12.00.00″.
Los requisitos y condiciones
«A los efectos de gozar de los beneficios señalados en el Capítulo II anterior “De las Exoneraciones”, al momento de registrar su declaración, los beneficiarios deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, los recaudos siguientes:
- 1. Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
- 2. Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales», según el artículo 10 del decreto.
«El incumplimiento de alguna de las condiciones por parte de los beneficiarios ocasionará la pérdida del beneficio de exoneración prevista en este Decreto. En tales circunstancias, las importaciones realizadas de los bienes objeto del beneficio se consideran gravadas, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder, de conformidad con las disposiciones del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario y del Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas», apunta el artículo 20.
Mientras el artículo 21 establece que «igualmente perderán el beneficio de exoneración, aquellos que incumplan con:
1. La evaluación periódica establecida en los artículos 17 y 18 de este Decreto y con los parámetros que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
2. Las obligaciones establecidas en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario y otras normas tributarias, así como en el Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas.
3. Incurran en alguno de los supuestos indicados en el artículo 177 del Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas».
ACN/MAS/Banca y Negocios
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Economía
Sistema Patria alertó a sus usuarios sobre la falsa entrega de un nuevo bono

A través de las redes sociales se ha difundido una información de la entrega de un nuevo «Bono Unificado del Trabajador» a través del Sistema Patria, sin embargo pensionados del Seguro Social han indicado que se trata de una información falsa.
De acuerdo a lo que se ha difundido, el monto otorgado en este estipendio seria de Bs 33.794,86 y aparece con un fondo de color verde, distinto al que regularmente se usa en los anuncios oficiales.
Los pensionados han realizado un llamado a través de las redes a no caer en falsa especulaciones, debido que hasta el momento de la redacción de esta nota, no se ha activado el pago de programas sociales en la Plataforma Patria.
Cuándo será entregado el primer bono especial
A través del Sistema Patria, mensualmente se realiza la entrega del «Primer Bono Especial de Mayo» establecido por el gobierno nacional, que está dirigido a todos los usuarios registrados en la plataforma.
Hasta el momento, no se conoce la fecha exacta de la activación del pago, sin embargo de acuerdo al histórico de la plataforma se realiza la segunda semana de cada mes.
Es de acortar que, el pasado mes de abril esta asignación fue entregada a partir del día 16 con un monto de Bs. 350, el cual fue ajustado al igual que las otras asignaciones.
Los usuarios que son beneficiados recibirán un mensaje de texto a través del número 3532, de manera gradual y directa.
Pasos para solicitar CrediMujer a través del Sistema Patria
El gobierno nacional sigue brindado apoyo a la mujer venezolana, está vez con la creación de CrediMujer que tiene como fin incentivar el desarrollo productivo y la independencia económica de las féminas.
En este sentido, las venezolanas tienen la opción de poder solicitar este crédito a través de la plataforma del sistema patria.
Las ciudadanas venezolanas que quieran optar por este beneficio, tienen que ser mayor de 18 años, estar registradas en la plataforma web y tener una constante actualización de datos en su usuario, posteriormente a esto registrarse en la sección Venezuela Mujer y conformar el Comité de Mujeres, presentando un proyecto o idea sobre algún emprendimento y demostrar que no presenta ningún antecedente penal.
Como solitar el CrediMujer en el sistema patria:
Ingresa a tu usuario Patria
Haz clic en la opción “Redes”
Selecciona “Venezuela Mujer”
Haz clic en “Comité de Mujeres y confórmalo”
Accede al enlace de la publicación
Haz clic en el enlace de la publicación donde aparecen todos los detalles y requisitos para solicitar el crédito CrediMujer.
Con información de: NT
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