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Prorrogan régimen de exoneración de importaciones

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Prorrogan régimen de exoneración de importaciones - Agencia Carabobeña de Noticias
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Prorrogan régimen de exoneración de importaciones. El gobierno nacional extendió la medida hasta el 31 de marzo de 2025 y al valor agregado (IVA) a 3.148 categorías de productos, según sus códigos arancelarios distribuidos en cinco apéndices.

El decreto fue publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.869, fechada el pasado viernes 27 de diciembre.

El Ejecutivo Nacional ha venido exonerando impositivamente a importaciones en los últimos años; sin embargo, en comparación con el decreto de exoneración anterior, se incrementa el número de categorías beneficiadas con 748 códigos arancelarios incorporados.

Esta política es un mecanismo para mantener un nivel adecuado de abastecimiento, sobre todo de productos alimenticios, además de ofrecer incentivos a las compras externas de bienes indispensables para incrementar la producción nacional.

Mientras se incrementa el número de códigos arancelarios beneficiados, se reduce el plazo de exoneración, ya que en el decreto anterior fue de cuatro meses.

También puede leer: Serán exonerados más códigos arancelarios de impuestos de importación

Prorrogan régimen de exoneración de importaciones

El artículo 3 «exonera el noventa por ciento (90%) del Impuesto de Importación y el noventa por ciento (90%) del Impuesto al Valor Agregado» a 1.568 líneas de productos identificadas en el mismo número de códigos arancelarios, según el Apéndice 1.

El artículo 4 prevé que se exoneran del «Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto» a las categorías de productos expresadas en los 456 códigos arancelarios incluidos en el Apéndice 2.

En este caso aplica una condición: «esta exoneración está sujeta al “Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente (CNP o CPNI)”, emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de industrias y producción nacional».

El artículo 5 prevé la exoneración total de los impuestos referidos para las «importaciones definitivas de bienes muebles corporales» realizadas por el Ministerio de Desarrollo Minero Ecológico o sus órganos y entes adscritos; así como las realizadas exclusivamente por la Corporación Venezolana de Guayana (CVG) o sus empresas adscritas.

Este artículo ampara a productos incluidos en 293 códigos arancelarios.

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El artículo 6 exonera las importaciones realizadas por el Ministerio de Atención de las Aguas o sus órganos y entes adscritos, que incluyen a 283 códigos arancelarios.

El artículo 7 aplica las exoneraciones a las importaciones del Ministerio de Energía Eléctrica y sus entes adscritos.

En cuento, el artículo 8 señala que «se exonera el Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas exclusivamente por la Corporación Socialista del Cemento (CSC) y sus empresas adscritas, clasificados en los códigos arancelarios: 2520.10.11.00, 6902.10.90.00, 4010.39.00.00, 4010.19.00.00 y 7325.91.00.00″.

El artículo 9 apunta que «se exonera el Impuesto de Importación y el Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas exclusivamente por la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (CORPOVEX), clasificados en los códigos arancelarios: 6302.32.00.00, 7210.41.10.00, 9404.29.00.00, 9404.21.00.00, 8450.20.90.00, 8450.19.00.00, 7308.90.10.00, 7321.11.00.10, 8418.10.00.00, 8418.21.00.00, 8418.29.00.00, 8450.11.00.00 y 8450.12.00.00″.

Los requisitos y condiciones

«A los efectos de gozar de los beneficios señalados en el Capítulo II anterior “De las Exoneraciones”, al momento de registrar su declaración, los beneficiarios deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, los recaudos siguientes:

  • 1. Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
  • 2. Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales», según el artículo 10 del decreto.

«El incumplimiento de alguna de las condiciones por parte de los beneficiarios ocasionará la pérdida del beneficio de exoneración prevista en este Decreto. En tales circunstancias, las importaciones realizadas de los bienes objeto del beneficio se consideran gravadas, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder, de conformidad con las disposiciones del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario y del Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas», apunta el artículo 20.

Mientras el artículo 21 establece que «igualmente perderán el beneficio de exoneración, aquellos que incumplan con:

1. La evaluación periódica establecida en los artículos 17 y 18 de este Decreto y con los parámetros que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

2. Las obligaciones establecidas en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario y otras normas tributarias, así como en el Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas.

3. Incurran en alguno de los supuestos indicados en el artículo 177 del Decreto Constituyente de reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas».

ACN/MAS/Banca y Negocios

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Economía

Fina cierra ronda de capital de US$1M para impulsar comercio en Venezuela

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Fina cierra ronda de capital - Agencia Carabobeña de Noticias
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Fina cierra ronda de capital para impulsar el comercio en Venezuela. La plataforma de gestión administrativa orientada a fortalecer al sector comercial y empresarial venezolano, anuncia el cierre exitoso de su más reciente ronda de inversión semilla por US$1 millón.

En la capitalización participaron fondos de inversión internacionales como Tomorrow Capital (UK), Square One Capital (US), Platanus Ventures (CHL), Neer Ventures (US) y Norte VC (BR), junto a destacados inversionistas ángeles con amplia trayectoria en el desarrollo y escalamiento de startups Fintech en la región, entre ellos Marcelo Lombardo (Omie – BR), Jorge Ulloa (Bold – COL), Rodrigo Tognini (Contasimple – BR) y Gabriel Monroy (Colektia – CHL).

Fina suma dos años de trayectoria y fue creada por cuatro jóvenes venezolanos que se enfocaron en el propósito de fortalecer el ecosistema PYME del país a través de una solución financiera.

Fina cierra ronda de capital para impulsar el comercio en Venezuela

La plataforma simplifica la gestión administrativa, permitiendo a los usuarios migrar del control manual en cuadernos u hojas de cálculo hacia una solución integral en la nube que centraliza inventarios, registro de ventas, cuentas por cobrar/pagar y reportes de rentabilidad en tiempo real. A la fecha, Fina cuenta con más de 5.000 comercios activos, impactando positivamente el desarrollo de las PYMES venezolanas.

«Creemos firmemente en el potencial de Venezuela y en el comercio como el motor estratégico de la economía. Con este levantamiento de US$1 millón, queremos impulsar a todo negocio en el país a través de productos que los empoderen como emprendedores.», expresó Enrique Rivas, cofundador y CEO de Fina.

Centraliza inventario, ventas y multimoneda sin depender de sistemas complejos

Cualquier comerciante puede configurar su negocio en la app en minutos, sin conocimientos contables ni instalaciones complejas, y operar todo desde cualquier dispositivo móvil. Está diseñada para la realidad venezolana —baja conectividad, operación multimoneda y equipos pequeños— y reemplaza el uso de herramientas dispersas por un solo sistema que centraliza inventario, ventas, cobros y rentabilidad en tiempo real.

Además, resuelve un problema que pocas soluciones atienden en el país: calcula y totaliza automáticamente las pérdidas cambiarias del negocio, de modo que el comerciante sabe exactamente cuánto le costó operar entre monedas y puede ajustar precios y márgenes con datos, no con intuición.

Todo esto bajo una suscripción de $35 mensuales, calculados a la tasa oficial del BCV. Adicionalmente, la plataforma incorpora a NINA, un agente de Inteligencia Artificial desarrollado como un motor de analítica estratégica.

Lejos de ser un simple canal interactivo, NINA procesa la información transaccional de la empresa para transformar la data operativa en diagnósticos clave de gestión, métricas de rendimiento en tiempo real y proyecciones de crecimiento, permitiendo al comerciante tomar decisiones estratégicas fundamentadas para el escalamiento de su negocio.

Hito transciende meta financiera

Con esta capitalización, Fina acelera la consolidación de la plataforma y el desarrollo de soluciones avanzadas durante el próximo semestre. En ese sentido, Venezuela se posiciona en el escenario de inversión global y demuestra la convicción de sus emprendedores.

Para Fina, este hito trasciende la meta financiera, representa la oportunidad de generar un impacto positivo, agregar valor y encabezar el crecimiento del comercio en el país. se consolida como la herramienta ideal para sectores como autopartes, repuestos, tecnología, ferretería, ropa, bodegas, restaurantes, negocios de servicios, y distribuidores con presencia en todo el territorio nacional.

ACN/MAS/NDP

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