Internacional
Uruguay crea residencia por arraigo para migrantes en situación irregular
Unos 20 mil migrantes pueden beneficiarse con la “residencia por arraigo”, creada por Uruguay para los extranjeros a quienes les rechazaron sus solicitudes de asilo, pero que necesitarían una visa consular para permanecer en el país.
El decreto presidencial que prevé una “salida legal” para quienes huyen de su país -en particular ciudadanos cubanos- también la firmaron este miércoles los Ministerios del Interior y de Asuntos Exteriores. “Básicamente estamos hablando de personas de origen cubano o de otros países a las que se les exige visa”, explicó el Ministro de Relaciones Exteriores, Omar Paganini. La solución provisional “se dirige a más de 20.000 personas que se encuentran en situación irregular”, señaló también.
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CORE atiende unas 24.000 solicitudes de asilo
“Es una solución temporal para todas las personas que ya iniciaron el proceso”, añadió. A su juicio, la medida no favorecería la inmigración porque sólo pueden acogerse “quienes tengan arraigo familiar o laboral” en el país. “Esto también permite resolver la cuestión de la reunificación familiar, que es una de las más importantes desde el punto de vista de sus derechos”, prosiguió.
La mayoría de los cubanos “necesitan visas para entrar” a Uruguay “pero no las tienen”, explicó Paganini. “Entran como refugiados, pero no son refugiados, entonces se genera este limbo”, prosiguió.
Según la nueva normativa, estas personas podrán renunciar a sus solicitudes de asilo y solicitar la residencia legal en una de las tres modalidades siguientes: empleo o trabajo por cuenta propia (permanente), arraigo familiar (permanente) y arraigo formativo (temporal, renovable). Con el tiempo, también podrán optar a la ciudadanía uruguaya.
La Comisión de Refugiados de Uruguay (CORE) atiende actualmente unas 24.000 solicitudes de asilo, destacó la Cancillería.
Con información de Merco Press
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Internacional
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y turismo de parto
El presidente Donald Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y limitar el llamado turismo de parto, tras calificar de “muy desafortunada” una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos que este año anuló su intento anterior de restringir ese derecho.
Trump firmó ayer jueves 6 de agosto decretos sobre el tema que, al parecer, endurecen principalmente leyes ya vigentes y restringen las excepciones reconocidas.
Se trata de un intento aparentemente más limitado que el de un decreto firmado por Trump el año pasado, con el cual buscaba eliminar de manera general el derecho a la ciudadanía de los niños nacidos en el país cuyos padres no fueran ciudadanos estadounidenses. La Corte Suprema rechazó esa medida en junio con base en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, que concede la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense.
“Tuvimos una decisión muy desafortunada de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento”, dijo Trump a periodistas en la Oficina Oval este jueves.
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento…
Uno de los decretos firmados por Trump el miércoles está dirigido contra los “extranjeros enemigos”, los miembros de organizaciones terroristas extranjeras y determinadas personas que cabildean o actúan en nombre de gobiernos extranjeros. Los hijos de personas pertenecientes a esos grupos no serían elegibles para recibir la ciudadanía por nacimiento, de acuerdo con Stephen Miller, vicesecretario general de la Casa Blanca y arquitecto de las políticas inmigratorias del Gobierno.
El segundo decreto se centra en el llamado “turismo de parto”, un tema prioritario para quienes defienden políticas inmigratorias más restrictivas. La legislación estadounidense ya prohíbe obtener una visa “con el propósito principal de conseguir la ciudadanía estadounidense para un hijo al dar a luz en Estados Unidos”.
Miller describió el decreto como una prohibición del turismo de parto, aunque no está claro qué añadiría a lo que ya establece la legislación estadounidense. Axios fue el primer medio en informar sobre los decretos.
Corte Suprema incluyó una firme defensa
La decisión de la Corte Suprema del 30 de junio incluyó una firme defensa de la ciudadanía por nacimiento tal como se ha entendido en Estados Unidos durante más de un siglo. Los niños nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos del país, determinó la corte, incluso si sus padres se encuentran en él de manera temporal o sin autorización legal.
Una mayoría de cinco jueces sostuvo que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución garantiza ese derecho. Varios jueces conservadores expresaron su desacuerdo y argumentaron que la decisión no impedía el tipo de turismo de parto que Trump había intentado frenar inicialmente.
Un sexto juez, Brett Kavanaugh, concluyó que el decreto inicial de Trump para limitar la ciudadanía por nacimiento estaba prohibido por la legislación federal, no por la Decimocuarta Enmienda.
“La ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos, a participar libremente en nuestra comunidad política”, escribió el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, en nombre de la mayoría. “Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy cumplimos esa promesa”.
La corte reconoce desde hace tiempo algunas excepciones a la regla y volvió a hacerlo en su trascendental decisión de este verano. Sin embargo, esas excepciones se limitan a los hijos de diplomáticos y de “enemigos” nacidos durante una “ocupación hostil”.
Interpretación
Aun así, varios integrantes del sector conservador de la corte afirmaron entonces que la decisión del 30 de junio permitiría el tipo de turismo de parto que preocupaba a Trump.
“La corte ha reinterpretado la Decimocuarta Enmienda para proteger un conjunto de derechos de su preferencia que el Congreso de la Reconstrucción nunca contempló y que no encuentra respaldo en el texto”, escribió el juez Clarence Thomas en su voto disidente. “Hoy, la corte vuelve a hacerlo al reconocer un derecho constitucional a la ciudadanía para los hijos de todas las personas extranjeras que practican el turismo de parto y de los inmigrantes indocumentados”.
Solo otro integrante de la corte, el juez Neil Gorsuch, se sumó a esa opinión.
“Según la interpretación que hoy hace la corte, la Decimocuarta Enmienda concede la ciudadanía a prácticamente toda persona que nazca en este país, incluidos los hijos de las ‘turistas de parto’, mujeres que vienen aquí exclusivamente para dar a luz y luego regresan de inmediato a sus países”, escribió el juez Samuel Alito en un voto disidente individual.
ACN/MAS/CNN
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