Internacional
Expresidentes españoles denuncian a Maduro por terrorismo de Estado
Treinta y un expresidentes de repúblicas hispanoamericanas y tres expresidentes del gobierno de España han denunciado ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional de la Haya (CPI) al régimen de Nicolás Maduro y con un expreso señalamiento al Ejército venezolano. En representación de todos ellos ha comparecido en la Corte el expresidente colombiano Andrés Pastrana Arango. Entre los firmantes están Felipe González, José María Aznar y Mariano Rajoy, pero no José Luis Rodríguez Zapatero.
En la demanda se dice expresamente que «Nicolás Maduro Moros, dictador y ahora militar efectivo y Comandante en Jefe, tanto como las unidades operacionales bajo su mando son, evidentemente, los directos responsables de las prácticas represoras y del contexto dominante de terrorismo de Estado advertido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y configurativas de crímenes de lesa humanidad, quedando comprometido todo el personal militar operacional».
Todavía más cuanto que, por encima de los órganos constitucionales y regulares del poder público –que tácitamente han quedado desmaterializados e inoperantes por virtud de la Ley Constitucional militar en cuestión– el Comando Estratégico Operacional se ha reservado, entre otras funciones, la restitución del orden interno, fungir como policía administrativa y de investigación penal, y hasta coordinar a las autoridades civiles.
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Expresidentes españoles denuncian a Maduro
En suma, nada pasa ni ocurre en Venezuela, como las prácticas de terrorismo de Estado concretadas en la continuidad de la ejecución de violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos constitutivas –cabe enfatizarlo– de crímenes de lesa humanidad, según los describe el Estatuto de Roma, sin que sean la obra del andamiaje militar del régimen represor militar encabezado por el oficial militar Nicolás Maduro Moros, Comandante en Jefe y cabeza de la línea de mando operacional».
La Ley Constitucional militar a la que se refiere esta parte del escrito está citada anteriormente en la denuncia en estos términos: «Ley Constitucional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana sancionada el 29 de enero de 20203 (Gaceta Oficial Nro. 6.508 Extraordinario, del 30 de enero de 2020), que suscribe como presidente de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente el actual ministro del interior y de justicia, el militar Diosdado Cabello Rondón, Maduro Moros detenta constitucionalmente y desde entonces la condición de militar activo, con derecho a insignias, Estado Mayor, y a un ejercicio directo de esas funciones militares en el campo operacional, separadas de las competencias propias del Presidente de la República –el mismo Maduro Moros– y en su relación orgánica con el ministerio de defensa».
Tras su reunión con la Fiscalía, Andrés Pastrana compareció e hizo esta declaración: «Más de 30 expresidentes de América Latina y España, reunidos en el grupo IDEA, estamos decididamente comprometidos con la defensa de los derechos humanos y la democracia en todo nuestro continente. Éste es un deber moral y un compromiso guiado por nuestras convicciones democráticas».
Hoy presenté ante la Corte Penal Internacionalun claro documento que demuestra como Venezuela es un Estado militar represor que ejerce el terrorismo de Estado.
Esto implica a Nicolas Maduro y Diosdado Cabello: son quienes dirigen las acciones que son consideradas como terrorismo de Estado calificados como tal por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Hoy le solicitamos al Fiscal de la CPI su urgente intervención para que los máximos responsables de estos delitos de lesa humanidad sean objeto de las medidas del caso por parte de la CPI. Cumplida la fase previa he solicitado la captura y detención de Nicolás Maduro y Diosdado Cabello al igual que toda la cadena de mando
Bien dice el Estatuto de Roma en sus considerandos que ‘que, en este siglo, millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad’ y que ‘los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo’.
Según estos principios consideramos urgente la intervención de la CPI en el caso de Venezuela y los graves delitos de lesa humanidad cometidos por el estado militarista de Venezuela.
Con información de ACN / el nacional
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Internacional
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y turismo de parto
El presidente Donald Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y limitar el llamado turismo de parto, tras calificar de “muy desafortunada” una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos que este año anuló su intento anterior de restringir ese derecho.
Trump firmó ayer jueves 6 de agosto decretos sobre el tema que, al parecer, endurecen principalmente leyes ya vigentes y restringen las excepciones reconocidas.
Se trata de un intento aparentemente más limitado que el de un decreto firmado por Trump el año pasado, con el cual buscaba eliminar de manera general el derecho a la ciudadanía de los niños nacidos en el país cuyos padres no fueran ciudadanos estadounidenses. La Corte Suprema rechazó esa medida en junio con base en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, que concede la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense.
“Tuvimos una decisión muy desafortunada de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento”, dijo Trump a periodistas en la Oficina Oval este jueves.
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento…
Uno de los decretos firmados por Trump el miércoles está dirigido contra los “extranjeros enemigos”, los miembros de organizaciones terroristas extranjeras y determinadas personas que cabildean o actúan en nombre de gobiernos extranjeros. Los hijos de personas pertenecientes a esos grupos no serían elegibles para recibir la ciudadanía por nacimiento, de acuerdo con Stephen Miller, vicesecretario general de la Casa Blanca y arquitecto de las políticas inmigratorias del Gobierno.
El segundo decreto se centra en el llamado “turismo de parto”, un tema prioritario para quienes defienden políticas inmigratorias más restrictivas. La legislación estadounidense ya prohíbe obtener una visa “con el propósito principal de conseguir la ciudadanía estadounidense para un hijo al dar a luz en Estados Unidos”.
Miller describió el decreto como una prohibición del turismo de parto, aunque no está claro qué añadiría a lo que ya establece la legislación estadounidense. Axios fue el primer medio en informar sobre los decretos.
Corte Suprema incluyó una firme defensa
La decisión de la Corte Suprema del 30 de junio incluyó una firme defensa de la ciudadanía por nacimiento tal como se ha entendido en Estados Unidos durante más de un siglo. Los niños nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos del país, determinó la corte, incluso si sus padres se encuentran en él de manera temporal o sin autorización legal.
Una mayoría de cinco jueces sostuvo que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución garantiza ese derecho. Varios jueces conservadores expresaron su desacuerdo y argumentaron que la decisión no impedía el tipo de turismo de parto que Trump había intentado frenar inicialmente.
Un sexto juez, Brett Kavanaugh, concluyó que el decreto inicial de Trump para limitar la ciudadanía por nacimiento estaba prohibido por la legislación federal, no por la Decimocuarta Enmienda.
“La ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos, a participar libremente en nuestra comunidad política”, escribió el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, en nombre de la mayoría. “Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy cumplimos esa promesa”.
La corte reconoce desde hace tiempo algunas excepciones a la regla y volvió a hacerlo en su trascendental decisión de este verano. Sin embargo, esas excepciones se limitan a los hijos de diplomáticos y de “enemigos” nacidos durante una “ocupación hostil”.
Interpretación
Aun así, varios integrantes del sector conservador de la corte afirmaron entonces que la decisión del 30 de junio permitiría el tipo de turismo de parto que preocupaba a Trump.
“La corte ha reinterpretado la Decimocuarta Enmienda para proteger un conjunto de derechos de su preferencia que el Congreso de la Reconstrucción nunca contempló y que no encuentra respaldo en el texto”, escribió el juez Clarence Thomas en su voto disidente. “Hoy, la corte vuelve a hacerlo al reconocer un derecho constitucional a la ciudadanía para los hijos de todas las personas extranjeras que practican el turismo de parto y de los inmigrantes indocumentados”.
Solo otro integrante de la corte, el juez Neil Gorsuch, se sumó a esa opinión.
“Según la interpretación que hoy hace la corte, la Decimocuarta Enmienda concede la ciudadanía a prácticamente toda persona que nazca en este país, incluidos los hijos de las ‘turistas de parto’, mujeres que vienen aquí exclusivamente para dar a luz y luego regresan de inmediato a sus países”, escribió el juez Samuel Alito en un voto disidente individual.
ACN/MAS/CNN
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