Carabobo
En tres municipios de Carabobo realizarán cortes programados
Corpoelec realizará para este miércoles 14 y jueves 15 de marzo, en los municipios San Diego, Juan José Mora y San Joaquín del estado Carabobo, mantenimiento programado, reubicación de líneas y podas en líneas de media tensión.
A continuación envían el cronograma detallado de los mismos:
Miércoles 14
San Diego. 9:00 a.m. a 12:30 p.m. Conjunto residenciales: Aseprovica, La Gaviota, Las Majaguas, Los Andes, Orión, Santa Martha, Villa Maporal, Urb. Bosqueserino, Divino Niño, El Remanso, Industrial Castillito, La Esmeralda, Lomas de La Esmeralda, Los Jarales, Monteserino, Monteserino 12, Parqueserino, Sansur, Terrazas de Castillito, Valle De Oro, Valle Verde, Villa Serino, Yuma, Yuma 26, Yuma I, Lomas Del Este, La Trigaleña, Las Chimeneas, Trigal Norte, Trigal Sur, Castillete; sectores Seminario, Yuma, Poblado De San Diego, San Diego y zonas industriales Castillito, San Diego.
Juan José Mora. 9:00 a.m. a 12:30 p.m. Empresa Invepal y sector de Boca de Yaracuy.
Jueves 15
San Joaquín. 9:00 a.m. a 12:30 p.m. Urbanización San Bernardo y alrededores.
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ACN / Nota de prensa.
Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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