Internacional
Condenan a exjefe paramilitar Salvatore Mancuso por 568 homicidios en conflicto colombiano
Condenan a Salvatore Mancuso y a otros 45 exintegrantes de un bloque de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). El grupo paramilitar que comandaba, de más de 1.000 hechos delictivos ocurridos entre 1999 y 2004, entre ellos 568 homicidios, informó este miércoles la Fiscalía.
La Sala de Justicia y Paz, la instancia especial encargada de juzgar a los paramilitares desmovilizados de las AUC, decidió declarar a Mancuso, entonces comandante del Bloque Catatumbo, y a 45 exintegrantes de ese grupo armado por 1.323 hechos criminales cometidos entre mayo de 1999 y diciembre de 2004, en Norte de Santander, departamento fronterizo con Venezuela.
Entre estos hechos, hay 568 homicidios, incluidos las masacres de Villa del Rosario, Arboledas, Los Patios, El Tarra y Tibú, cometidas en esos años. También 55 casos de desaparición forzada, la mayoría de población civil y personas protegidas, y de las que actualmente se sigue sin saber su paradero.
La mayoría de los hechos por los que se les condena, no obstante, son por desplazamiento forzado.
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Condenan a Salvatore Mancuso
«Para la Fiscalía, las diferentes estructuras armadas del Bloque Catatumbo, por directriz de los máximos cabecillas, adoptaron patrones de macrocriminalidad constitutivos de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Como masacres, homicidios selectivos, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, secuestros, amenazas y accesos carnales violentos». Informó el ente acusador en un comunicado.
Mancuso fue condenado a 480 meses de prisión (40 años). Mientras que los demás sentenciados recibieron entre 240 (20 años) y 480 meses de prisión, y todos deberán pagar multas y tendrán que reparar patrimonialmente los daños morales y materiales causados a las víctimas acreditadas en el proceso.
El exjefe paramilitar, quien está investigado en Colombia por más de 75.000 crímenes como líder de las AUC, el grupo al que más homicidios se le atribuyen durante el conflicto armado, llegó a Colombia el pasado 27 de febrero para rendir cuentas ante las salas de Justicia y Paz. Tras ser deportado de Estados Unidos donde cumplió una condena de 15 años por narcotráfico.
Desde entonces Mancuso, nombrado gestor de paz por el presidente colombiano, Gustavo Petro, está en una cuestionada libertad provisional debido a la indecisión sobre cuál tipo de justicia debería juzgarlo como criminal de guerra.
ACN/MAS/EFE
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Internacional
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y turismo de parto
El presidente Donald Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y limitar el llamado turismo de parto, tras calificar de “muy desafortunada” una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos que este año anuló su intento anterior de restringir ese derecho.
Trump firmó ayer jueves 6 de agosto decretos sobre el tema que, al parecer, endurecen principalmente leyes ya vigentes y restringen las excepciones reconocidas.
Se trata de un intento aparentemente más limitado que el de un decreto firmado por Trump el año pasado, con el cual buscaba eliminar de manera general el derecho a la ciudadanía de los niños nacidos en el país cuyos padres no fueran ciudadanos estadounidenses. La Corte Suprema rechazó esa medida en junio con base en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, que concede la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense.
“Tuvimos una decisión muy desafortunada de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento”, dijo Trump a periodistas en la Oficina Oval este jueves.
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento…
Uno de los decretos firmados por Trump el miércoles está dirigido contra los “extranjeros enemigos”, los miembros de organizaciones terroristas extranjeras y determinadas personas que cabildean o actúan en nombre de gobiernos extranjeros. Los hijos de personas pertenecientes a esos grupos no serían elegibles para recibir la ciudadanía por nacimiento, de acuerdo con Stephen Miller, vicesecretario general de la Casa Blanca y arquitecto de las políticas inmigratorias del Gobierno.
El segundo decreto se centra en el llamado “turismo de parto”, un tema prioritario para quienes defienden políticas inmigratorias más restrictivas. La legislación estadounidense ya prohíbe obtener una visa “con el propósito principal de conseguir la ciudadanía estadounidense para un hijo al dar a luz en Estados Unidos”.
Miller describió el decreto como una prohibición del turismo de parto, aunque no está claro qué añadiría a lo que ya establece la legislación estadounidense. Axios fue el primer medio en informar sobre los decretos.
Corte Suprema incluyó una firme defensa
La decisión de la Corte Suprema del 30 de junio incluyó una firme defensa de la ciudadanía por nacimiento tal como se ha entendido en Estados Unidos durante más de un siglo. Los niños nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos del país, determinó la corte, incluso si sus padres se encuentran en él de manera temporal o sin autorización legal.
Una mayoría de cinco jueces sostuvo que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución garantiza ese derecho. Varios jueces conservadores expresaron su desacuerdo y argumentaron que la decisión no impedía el tipo de turismo de parto que Trump había intentado frenar inicialmente.
Un sexto juez, Brett Kavanaugh, concluyó que el decreto inicial de Trump para limitar la ciudadanía por nacimiento estaba prohibido por la legislación federal, no por la Decimocuarta Enmienda.
“La ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos, a participar libremente en nuestra comunidad política”, escribió el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, en nombre de la mayoría. “Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy cumplimos esa promesa”.
La corte reconoce desde hace tiempo algunas excepciones a la regla y volvió a hacerlo en su trascendental decisión de este verano. Sin embargo, esas excepciones se limitan a los hijos de diplomáticos y de “enemigos” nacidos durante una “ocupación hostil”.
Interpretación
Aun así, varios integrantes del sector conservador de la corte afirmaron entonces que la decisión del 30 de junio permitiría el tipo de turismo de parto que preocupaba a Trump.
“La corte ha reinterpretado la Decimocuarta Enmienda para proteger un conjunto de derechos de su preferencia que el Congreso de la Reconstrucción nunca contempló y que no encuentra respaldo en el texto”, escribió el juez Clarence Thomas en su voto disidente. “Hoy, la corte vuelve a hacerlo al reconocer un derecho constitucional a la ciudadanía para los hijos de todas las personas extranjeras que practican el turismo de parto y de los inmigrantes indocumentados”.
Solo otro integrante de la corte, el juez Neil Gorsuch, se sumó a esa opinión.
“Según la interpretación que hoy hace la corte, la Decimocuarta Enmienda concede la ciudadanía a prácticamente toda persona que nazca en este país, incluidos los hijos de las ‘turistas de parto’, mujeres que vienen aquí exclusivamente para dar a luz y luego regresan de inmediato a sus países”, escribió el juez Samuel Alito en un voto disidente individual.
ACN/MAS/CNN
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