Carabobo
Abogados en Carabobo se pronuncian ante llamado de elecciones

Autoridades del Colegio de Abogados del estado Carabobo se pronunció referente al llamado de elecciones presidenciales previsto para este próximo 22 de abril. Aseguraron que la misma no fue convocada por el pueblo venezolano sino por el presidente de la República Nicolás Maduro.
Comunicado completo:
El Colegio de Abogados del Estado Carabobo, cumpliendo con nuestro deber consagrado en el artículo 33 de la Ley de Abogados de Venezuela, rechazamos el llamado a elecciones presidenciales formulado por la Asamblea Nacional Constituyente, y fijado por el Consejo Nacional Electoral para el 22 de abril del presente año, por ser inconstitucional y violatoria de los principios democráticos del Estado de Derecho.
La inconstitucionalidad de la convocatoria deriva:
1.- De la ilegitimidad de la Asamblea Nacional Constituyente, cuya elección no fue convocada por el pueblo, único depositario de la soberanía, sino por el Presidente de la República, quien no tenía competencia para ello, conforme se desprende de lo dispuesto en los artículos 347 y 348 de la Constitución Nacional.
2.- La elección de los miembros de esta Asamblea Nacional Constituyente fue igualmente inconstitucional, pues se fijaron condiciones violatorias de los principios democráticos constitucionales, al establecer el Presidente de la República las bases comiciales bajo un método de selección sectorializado, parcial y excluyente.
3.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 347 de la Constitución Nacional, una Asamblea Nacional Constituyente carece de competencia para desconocer el orden constitucional existente, debiendo limitarse a la redacción de un proyecto de Constitución cuya vigencia dependerá exclusivamente de la aprobación que el pueblo dé al proyecto.
4.- La convocatoria a elecciones presidenciales anticipadas efectuada por la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente y la fijación de fecha realizada por el Consejo Nacional Electoral, viola el período presidencial establecido en la Constitución, que es de seis años, así como la oportunidad de inicio del nuevo período presidencial que ha de producirse «el 10 de enero del primer año de su período constitucional», de acuerdo a la letra expresa de los artículos 230 y 231 de la Constitución.
PRIMERO: Hacer público nuestro repudio a la inconstitucional e ilegítima convocatoria realizada por la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente y la fijación de la fecha 22 de abril de 2018 por parte del Consejo Nacional Electoral para un proceso de elecciones presidenciales inconstitucional y carente de las garantías que los principios democráticos imponen.
SEGUNDO: Respaldamos a la Conferencia Episcopal Venezolana, la Asociación de Rectores Universitarios (Averu), el Bloque Constitucional y la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, instituciones que han levantado su voz en rechazo a la arbitrariedad e ilegalidad de esta convocatoria a elecciones presidenciales.
TERCERO: Convocamos a los abogados y abogadas de la República a defender la vigencia de la Constitución y la Democracia de nuestra nación, con todas las herramientas que el derecho nos otorga.
En la ciudad de Valencia, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.
La Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Carabobo.
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ACN / Comunicado
Carabobo
Alcaldía de San Diego finalizó construcción de muro de gaviones en urbanización Sansur

La alcaldía del municipio San Diego, a través del Instituto Autónomo de Vialidad (Vialsandi IAM), finalizó la construcción del muro de gaviones en la urbanización Sansur, luego de la socavación que sufriera el terreno producto de un drenaje de descarga de aguas pluviales, que colocaba en riesgo el pozo de agua de la zona y la cancha deportiva.
El alcalde León Jurado Laurentín señaló que los trabajos se iniciaron el 9 de abril con la evaluación del terreno que fue estabilizado para luego construir el muro de gaviones de forma escalonada para darle mayor fuerza, de modo que cuando se produzca una crecida del río Cúpira, la bomba del pozo de agua de la comunidad Sansur y la cancha no sufran daños.
Para la realización de la obra fue necesario el uso de 320 metros de piedra bruta en 27 metros lineales de muro, un metro de profundidad y 3,50 de alto con malla metálica. Además, se colocó una malla geotextil a lo largo del borde superior para evitar la acumulación de sedimentos; y se instaló una barbacana con un tubo de PVC de tres metros con el fin de canalizar el agua acumulada en la cancha de la urbanización Sansur.
Limpieza integral del río Cúpira
También se realizó una limpieza integral del río Cúpira, lo cual permitirá mantener el flujo de las aguas sin obstrucciones.
Con este tipo de trabajo se garantiza que la comunidad de Sansur tenga por mucho más tiempo el funcionamiento del pozo de agua que beneficia a los habitantes de dicha localidad, además de la cancha deportiva.
En ese sentido, la primera autoridad municipal reafirma el compromiso con la protección de las zonas residenciales del municipio y la ejecución de obras que garantizan la seguridad de los vecinos.
Con información de: NDP
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