Nacional
Venezuela y Belarús avanzan en agenda de cooperación turística hasta 2034
Una agenda de cooperación estratégica marcó el encuentro entre la ministra del Poder Popular para el Turismo, Daniella Cabello, y el embajador de la República de Belarús en Venezuela, Dzmitry Dzeravinski, realizado este lunes.
Durante la reunión, ambas autoridades manifestaron su interés en retomar la negociación de la hoja de ruta bilateral con proyección hasta el año 2034, cuyo objetivo central es incrementar el intercambio turístico entre ambas naciones.
Como parte de esta estrategia, se planteó fortalecer la relación comercial entre la agencia Venezolana de Turismo (Venetur) y los operadores bielorrusos que participaron en el viaje de familiarización (Fam Trip) de 2024, con el fin de ampliar la oferta y promoción de productos turísticos conjuntos.
En materia de conectividad aérea, se evaluó la posibilidad de establecer una operación chárter coordinada por la oficina Venetur Rusia, orientada a desarrollar, promocionar y comercializar paquetes turísticos entre ambos países.
La mesa de trabajo también consideró la importancia de generar acercamientos con la Asociación Republicana de Agencias de Turismo (RATA), organización sin fines de lucro que agrupa a las principales agencias de viajes y operadores turísticos de Belarús.
Este acercamiento forma parte del plan de trabajo iniciado en 2025 para impulsar el desarrollo económico bilateral y fortalecer la cooperación turística.
Finalmente, la ministra Daniella Cabello extendió una invitación formal a Belarús para participar en la FITVen 2026, la vitrina turística más importante del país, donde turoperadores, agencias de viajes, hoteles y empresas públicas y privadas exhiben su potencial para la inversión.
Con información de nota de prensa
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Nacional
Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos, dicen leyes venezolanas
Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos, dicen las leyes venezolanas y la Constitución de la República, al establecer límites estrictos a la actuación de los cuerpos de seguridad en puntos de control y alcabalas.
Está prohibido expresamente la revisión de dispositivos móviles, las detenciones arbitrarias y la retención de documentos de identidad.
A través de sus plataformas digitales, el especialista en derecho penal conocido como @abogadopenalista1. recordó las garantías que protegen el libre tránsito y la privacidad de los ciudadanos durante las inspecciones vehiculares y peatonales.
Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos
El penalista enfatizó que la actuación policial o militar incurre en una infracción de derechos cuando se exigen procedimientos sin justificación legal:
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Inspección de dispositivos: «Si un funcionario te exige revisar el teléfono sin una orden judicial, o te ordena bajar del vehículo sin explicar el motivo, está vulnerando un derecho», advirtió el especialista.
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Protección del teléfono móvil: El artículo 48 de la Constitución garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en cualquier formato, por lo que ningún efectivo está facultado para inspeccionar un teléfono sin la autorización explícita de un juez.
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Garantía contra la detención arbitraria: Conforme al artículo 44 constitucional, ninguna persona puede ser privada de su libertad salvo que sea aprehendida en flagrancia o mediante una orden judicial previa.
Retención de la cédula o pasaporte
Los funcionarios de seguridad tienen prohibido retener o incautar la cédula de identidad, el pasaporte o cualquier documento de viaje de manera preventiva o como mecanismo de coerción para trasladar a los ciudadanos a sedes policiales o militares.
Esta práctica se encuentra expresamente sancionada en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Identificación (Gaceta Oficial N.º 6.155, del 19 de noviembre de 2014). La norma establece que cualquier servidor público que retenga indebidamente la documentación de un ciudadano incurrirá en responsabilidades de carácter administrativo, civil, penal y disciplinario.
ACN/MAS/Confirmado
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