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TSJ declaró procedente enjuiciar a Requesens y solicitó detención de Borges

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TSJ declaró procedente enjuiciar a Requesens y solicitó detención de Borges
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Durante ponencia en Sala Plena, el  presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); Maikel Moreno, declaró procedente el enjuiciamiento del diputado de la Asamblea Nacional (AN), Juan Requesens.
Según la sentencia existen “suficientes elementos de convicción para  estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente” contra el diputado.
Asimismo, se instó a mantener la custodia de Requesens;  por parte de, los cuerpos de seguridad del Estado.
Hasta que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria.

Ponencia en caso Requesens

En Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ);  con ponencia del magistrado Maikel Moreno, se declaró procedente el enjuiciamiento del ciudadano Juan Carlos Requesens Martínez.

Tras determinarse que existen suficientes elementos de convicción para estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente.

Esta decisión se basa en el hecho que el TSJ en su sentencia decreta como flagrante su detención; y se ordena mantener en custodia.
Por parte de los cuerpos de seguridad del Estado;  hasta tanto la Asamblea Nacional Constituyente decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria.
Asimismo, se ordena notificar la presente decisión a la Asamblea Nacional Constituyente.
En atención a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal; y 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Enjuiciamiento ante tribunales ordinarios

Según se desprende de la sentencia, por tratarse de delitos comunes, el enjuiciamiento del mencionado ciudadano deberá hacerse ante los tribunales ordinarios competentes, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con la decisión N° 1684 del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional del TSJ.
También, se ordena remitir las presentes actuaciones al fiscal general de la República, Dr. Tarek William Saab, para que se continúe con la investigación correspondiente.
Además, el Máximo Juzgado de la República ordena remitir copias certificadas de las presentes actuaciones; al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello Rondón.
A los fines de que la aludida Asamblea determine lo conducente;  según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para su conocimiento y demás afines.
Detención contra Borges
En Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se decidió con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela; que del análisis de las actas que conforman el proceso contra Julio Andrés Borges se evidencia que existen elementos.
Que comprometen su responsabilidad en la comisión flagrante de los delitos de: instigación pública continuada; traición a la patria.
Homicidio intencional calificado en grado de frustración en contra del ciudadano Nicolás Maduro Moros, presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Todos estos delitos previstos y sancionados en el artículo 285 del Código Penal; en el artículo 128 del Código Penal; en el artículo 405 concatenado con el artículo 406 numeral 2 del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem, refirió una nota de prensa del máximo tribunal.
El TSJ ordena, que por tratarse en flagrancia este procedimiento;  y de conformidad con la decisión N° 1684 del 4 de noviembre de 2008 de la Sala Constitucional del Alto Juzgado; no procede el antejuicio de mérito de Julio Borges, diputado ante la Asamblea Nacional, razón por la cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena la inmediata detención del asambleísta, en base al artículo 116 de la Ley Orgánica del TSJ.
Marlene Piña Acosta con nota de prensa/ACN

Nacional

Conatel ordena cierre de Radio Minuto 106.1 FM en Barquisimeto

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Conatel cerró Radio Minuto 106.1 FM - Agencia Carabobeña de Noticias
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Cierra Radio Minuto 106.1 FM, por orden de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel. Emisora con 35 años al aire que funcionaba en Barquisimeto, estado Lara.

Así lo denunció el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), que explicó que en la emisora de radio habían solicitado la renovación de la concesión. Pero nunca obtuvieron respuesta hasta que finalmente Conatel ordenó su cierre.

Radio Minuto 106.1 FM era una emisora de corte popular, con música, espacios informativos y dedicada a la visibilización de denuncias de las distintas comunidades.

Se suma a Radio Cristal, otra emisora que tenía los espacios de opinión más importantes en Barquisimeto, que también fue cerrada recientemente.

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Cierra Radio Minuto 106.1 FM

“Denuncio que la persecución contra las radios en Lara continúa. Hace momentos Conatel ordenó el cierre de Radio Minuto FM. El mismo cuento de siempre, tiene vencida la licencia. Están aplicando el cuchillo que le tienen a las radios y televisoras. No renovar la licencia”. Manifestó Orlando Fernández Medina,  ex gobernador del estado Lara.

El cierre de Radio Minuto representa la undécima emisora que deja de emitir señal en Venezuela en lo que va del año 2024, según el conteo del Instituto de Prensa y Sociedad Venezuela (IPYS).

La emisora, que operaba en las frecuencias 790 AM y 106.1 FM, era un referente informativo para los habitantes del estado Lara y contaba con una amplia trayectoria en la región. Fundada el 14 de septiembre de 1989, Radio Minuto había sido galardonada con numerosos premios periodísticos y gozaba del aprecio de la comunidad.

Recientemente fue Radio Cristal 610 AM

El cierre de Radio Minuto se suma a la reciente desaparición de Radio Cristal 610 AM, que apagó sus micrófonos el pasado 19 de abril tras 60 años de transmisión ininterrumpida.

En marzo de 2024, Espacio Público registró al menos 36 violaciones a este derecho fundamental, lo que representa un incremento del 31% con respecto al mes anterior. La ONG destaca la censura, el hostigamiento y la intimidación por parte de instituciones y funcionarios gubernamentales como las principales formas de agresión a la libertad de expresión.

El proyecto de ley contra el fascismo, neofascismo y otras expresiones similares, aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional chavista el pasado 12 de abril, ha generado alarma en el sector periodístico. Las instituciones gremiales advierten que esta ley podría aumentar el control discrecional sobre el ejercicio de la libertad de expresión, manifestación y asociación.

El cierre de Radio Minuto es un nuevo episodio en la lucha por la libertad de expresión en Venezuela. La comunidad larense y el sector periodístico en general lamentan la pérdida de esta emblemática emisora y exigen al gobierno que respete el derecho a la información y la libre expresión.

ACN/MAS/Agencias

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