Economía
Sentencia dejó sin nada a trabajadores de General Motors
La sentencia de la juez, Mauricia González, que aprueba el embargo total de las instalaciones de General Motors de Venezuela, deja sin nada al personal de la transnacional ubicada en la zona Industrial de Valencia, pues la medida beneficia solo al presidente del Centro Mercantil Automotriz Latino, Kaled Kansao.
El personal de la planta automotriz inició una serie de protestas para rechazar la medida, que según la sindicalista Eliana Leal, no solo viola la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), emitida el 25 de mayo de 2017, que establece que el proceso legal debía continuar sin afectar la productividad ni los derechos de los trabajadores.
También contraviene el Recurso de Amparo introducido por el personal, en la corte laboral que favorece a las 2.700 personas que estaban en la nómina de la planta de vehículo y que ahora por esta decisión, pierden sus años de servicio.
Leal, dijo que el sector espera que el Ministro del Trabajo y la autoridad regional, ayuden hacer cumplir ambas sentencias. “Si hay un cambio de patrono tienen que reengancharse al personal, pero hemos visto que el nuevo propietario no tiene intenciones de reactivar la producción y está desmantelando la planta, ha sacado vehículos y repuestos, mucho antes de que la juez Mauricia González, titular del juzgado Décimo de Municipio Ordinario , le adjudicara las instalaciones”.
De acuerdo a la sindicalista la empresa ya no tiene el emblema de General Motors, las personas que se encuentran dentro de la infraestructura están levantando cercas y movido algunos materiales.
Ante este escenario los trabajadores esperan que los miembros de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, revierta esta decisión, pues ya existe una jurisprudencia. De pasar esto, en demandante deberá devolver todo lo que se ha sacado de las instalaciones.
“El Ministerio de Trabajo debe hacer cumplir la sentencia, tiene que activar una junta administradora especial, tal como lo establece el artículo 149 de la LOTTT y en el caso de que el antiguo patrono no regrese, puede crearse un decreto a través de Asamblea Nacional Constituyente, para que la planta quede en manos del personal”.
Cabe recordar que demandante Kaled Kansao, dijo el 20 de abril de 2017 a los trabajadores en una asamblea realizada en GMV, que no iba a secuestrar, ni tocar el dinero del personal, porque así se lo había prometido al Tribunal Supremo de Justicia, para esta fecha la firma había anunciado, a través de un comunicado de prensa, el cese de sus operaciones en el país.
Representantes de la transnacional, informaron que no podía cancelar al demandante una deuda por 476 millardos que data de hace 17 años, cifra determinada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
MCO/ACN
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