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Maduro promulgó Ley Libertador Simón Bolívar para la Defensa y Soberanía

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Maduro promulgó Ley Libertador -Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Nacionales
Foto: Cortesía
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El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, promulgó la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar para la Defensa de la Paz y la Soberanía de Venezuela, durante la Conferencia en Solidaridad con Palestina que se lleva a cabo hasta este 30 de noviembre en Caracas.

En este contexto, el Presidente señaló que ante la «ley basura», de la Cámara de Representantes de los EE. UU, que le declara la Guerra Económica a Venezuela, procedió a firmar la Ley que sí lleva, correctamente, el nombre del Libertador Simón Bolívar, que está establecida en contra el bloqueo y en defensa del pueblo de Venezuela.

El primer mandatario reiteró que se trata de una Ley para hacer justicia y defender a Venezuela, ya que será un aporte para vencer todas las amenazas y bloqueos que le ha impuesto al país, el imperialismo norteamericano y sus Gobiernos satélites.

Por otra parte, acotó que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) también emitió su comunicación ante esta Ley, para continuar fortaleciendo y defendiendo la integridad territorial de Venezuela.

Esta Ley fue aprobada por la Asamblea Nacional y contempla inhabilitaciones políticas de hasta 60 años y penas de entre 25 y 30 años de prisión para quienes promuevan o estén implicados, de cualquier manera, en las sanciones extranjeras impuestas al gobierno y autoridades del Estado.

De qué trata la Ley Simón Bolívar aprobada por la AN

La «Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela”, contiene en ella una inhabilitación política de 60 años de duración a quienes incurran en estos delitos, lo hará que aquellas personas sancionadas no podrán por optar a cargos públicos o de elección popular.

La ley ordena diversas penas de 25 y 30 años de prisión y multas de hasta un millón de euros para aquellos que promuevan o estén implicadas de ciertas formas en las sanciones impuestas al país por el extranjero.

Tampoco podrán contribuir en contiendas electorales quienes hayan «promovido, instigado, solicitado, invocado, favorecido, respaldado o participado en la adopción o ejecución» de «acciones armadas o de fuerza, así como ataques cibernéticos» contra el país, sus instituciones o autoridades. Para ellos se consideran penas idénticas de hasta 30 años.

Con información de ACN/NT

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OVP alerta por dos nuevas muertes en cárceles venezolanas

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OVP cárceles venezolanas
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Dos nuevas muertes bajo custodia del régimen encendieron las alarmas sobre la situación sanitaria en las cárceles venezolanas. Los fallecimientos, ocurridos en los internados judiciales Rodeo II y Rodeo IV, llevaron al Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) a advertir sobre la necesidad de evaluar los mecanismos de prevención, vigilancia y control epidemiológico en dos establecimientos que concentran a casi 2.000 personas privadas de libertad.

En el Internado Judicial Rodeo II falleció Jhonney Alexis Martínez Cordero, quien padecía meningitis bacteriana, según la información conocida por el OVP.

Este penal alberga a más de 1.000 reclusos, pese a haber sido diseñado para aproximadamente 500, lo que implica un funcionamiento al 200 % de su capacidad y un hacinamiento de al menos 100 %.

En el Internado Judicial Rodeo IV murió Anthony Alejandro Quintero Galindo, quien padecía VIH, sífilis y síndrome diarreico crónico. En este mismo centro, el pasado 20 de abril falleció Deivi Enrique García por motivos de salud.

El OVP denunció que sobre Rodeo IV prevalece una opacidad casi absoluta, pues se desconoce su capacidad instalada y no existen datos públicos sobre alimentación, higiene, acceso al agua potable, atención médica, enfermedades o número de muertes bajo custodia.

Cooperación con el CICR

Estas muertes ocurren en momentos en que el Gobierno venezolano anunció, a través de Delcy Rodríguez, un trabajo conjunto con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para revisar las condiciones de los centros de reclusión.

El OVP valoró la participación de un organismo internacional con experiencia en contextos de privación de libertad, pero advirtió que la cooperación debe permitir conocer la realidad penitenciaria sin filtros y no ser utilizada para mostrar una imagen distinta a las condiciones cotidianas.

Exigencias del OVP

El observatorio insistió en que el CICR debe tener acceso a los establecimientos con denuncias más graves, como Rodeo I, donde permanecen presos políticos y se reportan dificultades para acceder a atención médica.

Asimismo, la ONG exigió al Ministerio para el Servicio Penitenciario informar qué protocolos sanitarios se aplicaron en los casos de Martínez y Quintero, y evaluar las condiciones epidemiológicas de los centros penitenciarios para garantizar prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno.

«Una cárcel no puede convertirse en un espacio donde una enfermedad sea detectada cuando ya es demasiado tarde. La obligación del Estado comienza con la prevención, el diagnóstico y el tratamiento oportuno», concluyó el OVP.

 

 

 

Con información de nota de prensa

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