Economía
Publican en Gaceta Oficial Nº 43.032 facturación obligatoria para ventas digitales. Aquí los detalles
Quedó establecido en la Gaceta Oficial Nº 43.032 de fecha 19 de diciembre de 2024, la facturación digital obligatoria para ventas online, tanto para personas naturales como jurídicas.
En el capítulo I, artículo 5 de la Providencia Administrativa SNAT/2024/000102 se indica que las personas naturales, jurídicas públicas o privadas obligadas al uso de máquinas fiscales, según lo establecido en la Providencia SNAT/2011/0071 de fecha 08/11/2011, que realicen simultáneamente operaciones comerciales a través de medios electrónicos o portales web, «deben utilizar únicamente para estas operaciones, los medios de facturación previstos en esta Providencia Administrativa».
Dichas personas deberán registrar en el Libro de Ventas, en forma separada, las operaciones realizadas por máquina fiscal y las efectuadas por medios electrónicos o portales web, dejando constancia de los datos establecidos en el Reglamento General de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
También los vendedores por internet deberán emitir otros documentos fiscales como lo son notas de débito, crédito, notas de entrega, guías de despacho y comprobantes de retención.
Cavecom-e celebra la decisión
Por su parte, la junta directiva de la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico (Cavecom-e) aplaudió la medidad tomada por el superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), José David Cabello. La misma implementa la facturación digital obligatoria para todas las personas naturales y jurídicas que realicen ventas a través de internet, incluyendo redes sociales, marketplaces y portales de venta en línea.
En un post de su cuenta en Instagram Cavecom-e calificó la medida como «un avance significativo» para la economía del país, «beneficiando a todos los sectores involucrados«.
«Con esta decisión GANAMOS TODOS el Estado gana al asegurar una recaudación más eficiente de impuestos, los comerciantes adquieren mayor reputación y seguridad en sus transacciones, y los consumidores obtienen garantías adicionales en sus compras», se lee en el mensaje de la cámara.
Desde Cavecom-e consideran que la implementación de dicha normativa «es un paso crucial» hacia la regularización de la economía digital en Venezuela «y contribuirá de manera positiva a la reducción de la informalidad económica».
Foco en los «informales»
Desde abril de este año Juan Korody, presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, viene instando al gobierno nacional a incorporar a la vida económica formal del país a los «informales», es decir, quienes no pagan impuestos, «los que no se registran, los que no dan facturas, los que traen mercancía de contrabando».
En una entrevista ofrecida a Unión Radio dijo que ese es un «terreno fértil» para aumentar la recaudación, entendiendo que la carga tributaria de los contribuyentes, sobre todo en el sector industrial, comercial y de servicios es “avasallante”.
“Un contribuyente especial, que es la mayoría de los contribuyentes que son comerciantes y prestadores de servicios, o industriales, debe presentar y pagar más de 200 declaraciones al año; esa cantidad es prácticamente los días hábiles que hay en un año, que va entre 200 y 210 días. Tiene que presentar una declaración cada día (hábil) del año, eso es avasallante”.
La medida entró en vigencia a partir de la publicación en gaceta.
Con información de: Finanzas Digital
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