Carabobo
Edgar Jiménez necesita una mano amiga para combatir el covid-19
El señor Edgar Jiménez necesita una mano amig, luego de que se contagió nuevamente con el virus covid-19, el cual venció en una primera oportunidad hace unos meses de la mano de Diosa y familiares y el cual con toda la fe, sabe que volverá a superar.
Jiménez, quien es ministro de la iglesia Santa Rosa y Palotal se caracteriza por su buen corazón, solidaridad y una fe inquebrantable. Actualmente, se encuentra bajo el cuidado de su esposa, siguiendo las normas de bioseguridad.
El seños Edgar no cuenta con los recursos para cubrir el costoso tratamiento que se requiere para enfrentar el virus, por lo cual acude a tu buena voluntad.
De igual manera, sus allegados organizaron una rifa que tiene un costo de $3, donde el primer premio es un ventilador; y el segundo es un combo de productos de limpieza.
El sorteo, se realizará el 30 de octubre, cuando se dará a conocer el primer ganador a las 9 de la mañana, y el segundo a la 1 de la tarde.

Rifa.
Con información: ACN/Foto: Cortesía
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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