Economía
Gobierno dice que Venezuela creció por encima de dos dígitos primer trimestre
El presidente Nicolás Maduro dijo que economía creció por «encima de dos dígitos» en el primer trimestre de 2022, aunque no precisó la cifra.
«Venezuela ha experimentado un crecimiento en el primer trimestre del año 2022 por encima de dos dígitos. Es una noticia alentadora porque los indicadores, como dice el boletín de inteligencia económica que producen expertos económicos, los indicadores todos van mostrando mejoría»; expresó el mandatario en una transmisión por Facebook Live.
Maduro, acompañado de la vicepresidenta, Delcy Rodríguez, agregó que la estabilidad del sistema cambiario y su «sustentabilidad»; la desaceleración de la inflación y la «reproducción» del crédito bancario han sido aspectos que han ayudado al crecimiento económico.
Economía creció por «encima de dos dígitos»
Asimismo, recordó que el crecimiento de la economía real comenzó en 2021, que registró por encima de cuatro puntos.
Además, la estabilidad del sistema cambiario y su sustentabilidad ha reportado excelente situación, aunado a la desaceleración de la inflación en 2022; que según analistas del Bank of American estará por debajo del 100%.; dice la nota de VTV.
Venezuela reporta más de 90% producción de alimentos
El Jefe de Estado manifestó que el país está rumbo a producir el 90% de sus alimentos; rompiendo con más de un siglo de importaciones desde el exterior.
“Durante 120 años, Venezuela importó el 80%, 90% de todos los alimentos que consumía y por primera vez en 2021, la producción nacional llegó al 70% este 2022”; destacó.
Desde Miraflores, en su alocución de redes sociales, el Presidente Constitucional destacó el éxito progresivo del Plan 1×10 del Buen Gobierno; con más de dos mil 547 casos denunciados en solo 10 días.
El promedio de casos atendidos es 150 por día, expuso el dignatario; quien invitó a los venezolanos a inscribirse en el 1×10 a través del Sistema Patria.
“3R.NETS es instrumento del 1×10, vamos directamente a la denuncia”; resumió el Jefe de Estado.
Datos de OVF ofreció otros datos
El pasado 16 de mayo, el Observatorio Venezolano de Finanzas (OVF), un ente independiente integrado por expertos económicos, afirmó que la economía de Venezuela creció un 7,8% en el primer trimestre de 2022 respecto al mismo periodo de 2021; debido al incremento de la actividad petrolera.
Según los datos del OVF, el sector petrolero registró en los primeros tres meses del año un incremento del 41,7%; frente al primer trimestre de 2021.
La información es respaldada por datos de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP); que muestran un aumento de la producción de un 41 % al comparar ambos trimestres, pasando de una media de 533.000 barriles por día (bpd) a 756.000.
Por otra parte, la actividad promedio del sector financiero se redujo un 7,9% en los primeros tres meses de 2022 respecto al primer trimestre de 2021, mientras que el sector público se contrajo 37,5%; siempre según el OVF.
El OVF calcula que, de mantenerse esta tendencia de crecimiento; con un nivel de producción petrolera aproximado de 600.000 barriles diarios, el producto interno bruto (PIB) crezca cerca del 8% este año.
ACN/MAS/VTV/EFE
No deje de leer: Cantv y Banco de Venezuela activados en la bolsa de valores
Infórmate al instante únete a nuestro canal de Telegram NoticiasACN
Economía
Eliminan fecha de vencimiento del RIF decretó el SENIAT
Eliminan fecha de vencimiento del RIF. El superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Román Maniglia, informó que se aprobó una modificación de la providencia que regula el Registro de Información Fiscal (RIF) que incluye la eliminación de la fecha de vencimiento de este documento, pero «se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente».
De acuerdo con un mensaje publicado en su cuenta de la red social Instagram, Maniglia indicó que «luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, consideramos que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización».
«Es por ello, que a partir de esta nueva providencia, el RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente», añadió el funcionario.
Eliminan fecha de vencimiento del RIF: aspectos de la reforma
De acuerdo con el texto de la resolución SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial número 43.435, fechada el pasado 12 de agosto, se modificó el Artículo 3 del Capítulo 1 de la anterior providencia que regula el RIF en los siguientes términos:
«La solicitud de inscripción en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), así como cualquier modificación, actualización u otro trámite relacionado con el mismo debe realizarse conforme a los requisitos y especificaciones técnicas establecidas en los medios electrónicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria».
Modificaciones
El artículo 2 de esta reforma modifica el artículo 3 de la providencia anterior para indicar que los sujetos y entidades inscritos en el Registro de Información Fiscal deberán actualizar sus datos en la plataforma electrónica del SENIAT, dentro de los plazos establecidos en el Código Orgánico Tributario, cuando ocurran los siguientes hechos:
- Cambio de apellidos, nombres, razón social o denominación comercial del sujeto o la entidad.
- Cambio de directores, administradores o de las personas que ejerzan la representación legal.
- Cambio de accionistas, con excepción de las empresas que cotizan en las bolsas de valores.
- Cambio de domicilio fiscal o electrónico.
- Venta del fondo de comercio o de todas sus existencias, que modifique la titularidad del mismo.
- Cese, paralización y reinicio de las actividades económicas habituales.
- Sujeción o no de tributos y disfrute de exenciones, exoneraciones y demás beneficios o incentivos fiscales.
- Instalación, mudanza o cierre permanente de establecimientos, como casa matriz, sucursales, agencias, locales comerciales o de servicios, fábricas o plantas productivas, depósitos o almacenes, oficinas administrativas y demás lugares de desarrollo de la actividad o establecimientos permanentes.
- Cambio de actividad económica o de objeto social.
- Atraso, liquidación o quiebra de sociedades.
- Modificación de categoría por ocurrencia de hechos como transformación, fusión, reorganización empresarial, apertura de la sucesión, entre otros.
- Cualquier otra modificación que pudiera afectar la situación del sujeto pasivo que sea establecida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El artículo 3 de la reforma de la Providencia que regula el RIF modifica el artículo 9 de la norma anterior para indicar que «el comprobante digital del Registro Único de Información Fiscal (RIF) es personal e intransferible, su validez y veracidad podrá ser verificada por el interesado, a través de los medios electrónicos del SENIAT».
Esta modificación suprime el artículo 10 del capítulo II
Obligaciones sobre el uso y publicación del RIF
El artículo 5 de la reforma modifica el artículo ahora 10 de la providencia que regula el RIF al señalar las siguientes obligaciones para los sujetos inscritos en el Registro de Información Fiscal:
- Reflejar el número de RIF en las facturas y demás documentos o contratos que expidan o suscriban.
- Indicar el número de RIF en las solicitudes o documentos que dirijan a los organismos oficiales de la República Bolivariana de Venezuela.
- Reflejar el número de RIF en los libros de contabilidad y demás libros auxiliares exigidos por las normas tributarias.
- Colocar en las etiquetas y empaques el número del RIF del fabricante o importador.
- Indicar el número de RIF en todos los anuncios de publicidad difundidos por medios de comunicación masiva y de comunicación digital.
- Igualmente, el número del RIF debe ser indicado en todos los demás casos que determine el SENIAT.
Igualmente, el artículo 6 de la reforma que modifica la Disposición Transitoria Única del instrumento modificado prevé que todos los inscritos en el Registro de Información Fiscal (RIF) podrán imprimir una copia cuando lo requieran, a través de los medios electrónicos del SENIAT, siempre que no haya ocurrido alguno de los supuestos que obliguen a su modificación.
ACN/MAS/Banca y Negocios
No deje de leer: Pagan Ingreso Integral de los Trabajadores de agosto
-
Economía16 horas agoPrecio del dólar del viernes 14 de agosto por encima de 770 Bs
-
Sucesos9 horas agoIdentifican a mujer hallada sin vida en río Guaire el 12 de agosto
-
Deportes5 horas agoPuerto Cabello recibe a Rayo con la misión de ampliar buena racha
-
Deportes14 horas agoMontero domina a Guardianes, la sacaron Valencia y Suárez (+ videos)


