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Airbus y Air France condenadas por accidente Rio-París 2009

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Airbus y Air France condenadas por accidente - Agencia Carabobeña de Noticias
Foto: AFP/Brazilian Navy
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Airbus y Air France condenadas por accidente Río-París 2009 al perderla apelación por el accidente del avión hace 17 años y que costó la vida a 228 personas, tras una primera absolución.

El tribunal de apelación de París declaró culpables a Air France y Airbus de homicidios involuntarios, contra la decisión de los magistrados de primera instancia que en 2023 decidieron absolver a ambas empresas. La nueva sentencia los considera los «únicos responsables» de la mayor tragedia de la aviación francesa, y les impone además la multa máxima de 225.000 euros (unos 260.000 dólares).

Airbus y Air France condenadas por accidente Río-París 200

El 1º de junio de 2009, la aeronave que operaba el vuelo AF447 entre Rio de Janeiro y París se estrelló en plena noche cuando sobrevolaba el océano Atlántico, unas horas después de despegar.

A bordo del avión, un A330 de Airbus, iban pasajeros de 33 nacionalidades, entre ellos 61 franceses, 58 brasileños, dos españoles y un argentino. La tripulación de 12 personas estaba compuesta por 11 franceses y un brasileño.

El tribunal correccional de París absolvió en abril de 2023 a Airbus y a Air France del cargo penal de homicidios involuntarios, como pedía la fiscalía, aunque reconoció su responsabilidad civil.

Sin embargo, el ministerio público cambió de posición y pidió en noviembre al tribunal de apelación de París que condenase a ambas empresas «por homicidio involuntario».

Condena simbólica

La condena por el accidente de avión más grave de las aerolíneas francesas es, en gran medida, simbólica porque ambas empresas, como personas jurídicas, solo pueden recibir la ahora impuesta multa máxima de 225.000 euros.

«No hubo nada, ni una sola palabra de consuelo sincero. Es una defensa de granito. Una sola palabra resume todo este circo: indecencia», fustigaron los dos fiscales en sus alegatos finales.

Airbus y Air France se defendieron de toda responsabilidad penal y apuntaron a las malas decisiones tomadas por los pilotos en una situación de emergencia.

«Oprobio» y «advertencia»

Las cajas negras confirmaron el origen del accidente: la congelación de las sondas Pitot, que miden la velocidad del avión en el exterior, mientras volaba a gran altura en una difícil zona meteorológica cerca del ecuador.

Para la fiscalía, las faltas de Airbus y Air France están «caracterizadas» y «contribuyeron, de forma cierta, a que se produjera el accidente aéreo».

Airbus enfrentaba acusaciones de haber subestimado la gravedad de los fallos de las sondas anemométricas y no haber tomado todas las medidas necesarias para informar con urgencia a las compañías aéreas que las utilizaban.

Air France estaba acusada de no haber impartido a los pilotos una formación adecuada sobre situaciones de congelación de las sondas Pitot y por no haber informado suficientemente a sus tripulaciones.

«Esta condena arrojará el oprobio, un descrédito sobre estas dos empresas» y «debe resonar como una advertencia», subrayó en noviembre el fiscal Rodolphe Juy-Birmann, junto a su compañera Agnès Labreuil.

En primera instancia, ambas empresas habían sido absueltas ya que el tribunal consideró que, aunque cometieron «imprudencias» y «negligencias», «no se pudo demostrar (…) ningún vínculo causal seguro» con el accidente.

ACN/MAS/AFP/Reuters

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Internacional

Exfiscal venezolano advierte que el fallo migratorio en EE. UU. no elimina el riesgo de persecución para los solicitantes de asilo

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fallo migratorio en EE. UU. asilo
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La Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos (BIA, por sus siglas en inglés) determinó en el fallo Matter of A-E-V-M- que la salida del poder de Nicolás Maduro y la transferencia de la autoridad ejecutiva constituyen un cambio en las condiciones del país que debe ponderarse al evaluar el temor fundado de persecución en las solicitudes de asilo.

Ante esta resolución, el exfiscal especializado en el sistema de justicia penal venezolano y fundador del Latino Institute for Security Efficiency (LISE), Rolnar Sanabria, aclaró que la medida no debe interpretarse como el cierre automático de los expedientes de los ciudadanos venezolanos.

«La Junta fue clara en algo que como exfiscal puedo confirmar desde adentro: la salida de Maduro cambió el liderazgo, pero no desmontó el aparato. Las instituciones, los cuerpos de seguridad y los funcionarios que sostenían la persecución política siguen, en su mayoría, en sus puestos», explicó Sanabria.

Por tal motivo, el especialista destacó que la BIA ordenó una evaluación individualizada de cada caso para verificar si las estructuras de persecución mantienen la capacidad y la intención de actuar contra los solicitantes.

Sanabria vinculó esta decisión con el contexto actual de Venezuela, donde persisten los encarcelamientos por motivos políticos y se desarrolla un proceso de diálogo entre sectores del chavismo remanente y la oposición para la renovación del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

«Mientras el TSJ y la Fiscalía no se reformen a fondo, la maquinaria que perseguía a opositores sigue teniendo el mismo marco legal para operar. Eso es exactamente lo que un abogado de inmigración necesita documentar en cada caso individual», enfatizó.

Récord de rechazos y mayor escrutinio probatorio
El dictamen se produce en un escenario complejo para los peticionarios venezolanos. De acuerdo con datos del Transactional Records Access Clearinghouse (TRAC), las cortes de inmigración estadounidenses denegaron el 94,1 % de las solicitudes de asilo decididas en junio de 2026, alcanzando una tasa de aprobación de apenas el 5,5 %.

«Con una tasa de aprobación de un solo dígito, cada elemento probatorio del expediente cuenta. No hay margen para un documento débil o una prueba de país insuficiente», advirtió el exfiscal.

A este panorama se suma una directiva del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), emitida por su asesor jurídico principal, James Percival, la cual instruye al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a perseguir con mayor rigor el fraude documental en los expedientes de asilo, estableciendo sanciones para solicitantes, abogados y preparadores de documentos. «Hoy el escrutinio recae tanto sobre el documento como sobre quien lo certifica. Un caso de asilo venezolano bien fundamentado necesita que la evidencia documental resista ese nivel de revisión, no solo que exista», concluyó Sanabria.

 

 

Con información de nota de prensa

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