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TSJ declaró procedente enjuiciar a Requesens y solicitó detención de Borges

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TSJ declaró procedente enjuiciar a Requesens y solicitó detención de Borges
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Durante ponencia en Sala Plena, el  presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); Maikel Moreno, declaró procedente el enjuiciamiento del diputado de la Asamblea Nacional (AN), Juan Requesens.
Según la sentencia existen «suficientes elementos de convicción para  estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente» contra el diputado.
Asimismo, se instó a mantener la custodia de Requesens;  por parte de, los cuerpos de seguridad del Estado.
Hasta que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria.

Ponencia en caso Requesens

En Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ);  con ponencia del magistrado Maikel Moreno, se declaró procedente el enjuiciamiento del ciudadano Juan Carlos Requesens Martínez.

Tras determinarse que existen suficientes elementos de convicción para estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente.

Esta decisión se basa en el hecho que el TSJ en su sentencia decreta como flagrante su detención; y se ordena mantener en custodia.
Por parte de los cuerpos de seguridad del Estado;  hasta tanto la Asamblea Nacional Constituyente decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria.
Asimismo, se ordena notificar la presente decisión a la Asamblea Nacional Constituyente.
En atención a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal; y 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Enjuiciamiento ante tribunales ordinarios

Según se desprende de la sentencia, por tratarse de delitos comunes, el enjuiciamiento del mencionado ciudadano deberá hacerse ante los tribunales ordinarios competentes, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con la decisión N° 1684 del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional del TSJ.
También, se ordena remitir las presentes actuaciones al fiscal general de la República, Dr. Tarek William Saab, para que se continúe con la investigación correspondiente.
Además, el Máximo Juzgado de la República ordena remitir copias certificadas de las presentes actuaciones; al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello Rondón.
A los fines de que la aludida Asamblea determine lo conducente;  según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para su conocimiento y demás afines.
Detención contra Borges
En Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se decidió con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela; que del análisis de las actas que conforman el proceso contra Julio Andrés Borges se evidencia que existen elementos.
Que comprometen su responsabilidad en la comisión flagrante de los delitos de: instigación pública continuada; traición a la patria.
Homicidio intencional calificado en grado de frustración en contra del ciudadano Nicolás Maduro Moros, presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Todos estos delitos previstos y sancionados en el artículo 285 del Código Penal; en el artículo 128 del Código Penal; en el artículo 405 concatenado con el artículo 406 numeral 2 del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem, refirió una nota de prensa del máximo tribunal.
El TSJ ordena, que por tratarse en flagrancia este procedimiento;  y de conformidad con la decisión N° 1684 del 4 de noviembre de 2008 de la Sala Constitucional del Alto Juzgado; no procede el antejuicio de mérito de Julio Borges, diputado ante la Asamblea Nacional, razón por la cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena la inmediata detención del asambleísta, en base al artículo 116 de la Ley Orgánica del TSJ.
Marlene Piña Acosta con nota de prensa/ACN

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Sistema eléctrico con déficit de 2.500 MW y opera al límite

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Sistema eléctrico con déficit de 2.500 MW - Agencia Carabobeña de Noticias
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El sistema eléctrico con déficit de 2.500 MW (megavatios),que mantiene a la red bajo presióno y eso origina que se registren constantes cortes eléctricos en diversos estados de Venezuela debido a la poca capacidad para cubrir la demanda,  advirtió  el exvicepresidente de operaciones de Hidrocapital, José Norberto Bausson, esto

«Ese déficit está sujeto a muchas fallas porque está trabajando a full capacidad, entonces, digamos que estamos con un sistema en condiciones precarias y hay que hacer cosas muy bien hechas, muy rápidamente para volver a convertirlo en un sistema que sea capaz de cubrir la demanda nacional».

En el programa A Tiempo de Unión Radio, el experto aclaró que la represa Guri cuenta con la capacidad de«entregarnos el 75 % de la energía que necesitamos»en el país sin contar con otros centros.

Sistema eléctrico con déficit de 2.500 MW

No obstante, indicó que la capacidad de todas las instalaciones en el territorio puede ofrecer hasta unos 25.000 megavatios «estando en buenas condiciones». Bausson dijo que los sistemas están interconectados entre sí y con eso se puede distribuir la energía entre ellas.

«Están funcionando pero son de pocas cuantía, es decir, todo ese sistema nacional que está interconectado, o sea que toda esa energía se puede pasar de un lado para otro con algunas limitaciones. En el caso nuestro que estamos arrastrando el problema eléctrico desde hace varios años hemos tenidos diferentes planes de emergencia, por cierto, muy criticados porque los resultados no fueron los esperados».

En ese sentido expresó que las plantas en el occidente del país que no tienen el manteminiento adecuado y «esto resulta problemático porque no se puede conectar la energía a esas zonas».

Por otro lado, precisó que las empresas petroleras «está en una situación prácticamente de paralización total» y el resto de la producción es demandante.

ACN/MAS/Unión Radio

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