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Cesta Carabobo sube 24,8 % y alerta sobre inflación en alimentos
El economista Néstor Olleros presentó la más reciente actualización de la Cesta Carabobo, indicador que mide el costo de los alimentos esenciales en el estado, revelando un incremento sostenido en los precios básicos.
Al 20 de abril de 2026, el costo semanal de la cesta se ubicó en 43,55 dólares, equivalente a 174,20 dólares mensuales para una familia de tres personas. Este resultado representa un aumento acumulado de 24,8 % desde el 2 de enero de 2026.
“En menos de cuatro meses, el costo de alimentarse con lo mínimo ha aumentado cerca de 25 %. Esto confirma que la inflación en alimentos sigue siendo el principal factor de presión sobre los hogares venezolanos”, señaló Olleros.
Inflación concentrada en alimentos básicos
Los mayores incrementos se registraron en productos esenciales como pasta, harina de maíz y arroz, con alzas superiores al 50 % en algunos casos. El fenómeno responde a factores estructurales como la depreciación del bolívar, el aumento en los costos de reposición, la dependencia de importaciones y las fallas logísticas internas.
Brecha entre ingresos y costo de vida
El salario mínimo venezolano, equivalente a apenas 0,29 dólares mensuales, resulta insuficiente: se requieren alrededor de 600 salarios mínimos para cubrir la cesta mensual. Incluso con el Bono de Guerra Económica, que eleva el ingreso a unos 150 dólares, una familia necesita más de un ingreso completo para cubrir solo la alimentación básica.
“El ingreso ha mejorado en términos nominales a través de bonos, pero no ha logrado compensar el ritmo de crecimiento de los precios”, explicó Olleros.
Expectativas ante el 1º de mayo
El país se aproxima a la fecha tradicional de ajustes salariales. Olleros advirtió que un aumento sin respaldo productivo podría generar más inflación:
“Es una mejora temporal que se diluye rápidamente si no se corrigen los desequilibrios estructurales”.
Conclusión
La Cesta Carabobo confirma que el costo de alimentarse continúa en ascenso, superando la capacidad de compra de la mayoría de los hogares.
“El principal desafío económico hoy no es solo la inflación, sino la brecha entre ingresos y costo de vida”, concluyó Olleros.
Con información de nota de prensa
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Internacional
¡En Bogotá! Fiscalía confirma que muerte de Ana María Meza fue un feminicidio y no un suicidio
La Fiscalía General de la Nación determinó que la muerte de Ana María Meza, inicialmente presentada como un presunto suicidio, corresponde en realidad a un feminicidio agravado.
El caso dio un giro tras conocerse el dictamen de necropsia, que reveló lesiones incompatibles con una caída desde el edificio ubicado en el sector de La Calleja, en la localidad de Usaquén, Bogotá.
El hecho ocurrió en enero de 2026 y, según el ente investigador, las pruebas recolectadas por la SIJIN y los análisis forenses permitieron abrir una nueva línea de investigación. Por estos hechos, Carlos Mario Rodríguez Rosas, compañero sentimental de la víctima, fue enviado a prisión preventiva.
Hallazgos forenses: signos de asfixia, golpes y sometimiento físico
Durante las audiencias, la Fiscalía expuso que el cuerpo de Ana María Meza presentaba signos compatibles con maniobras de asfixia, golpes en el rostro, lesiones defensivas y evidencias de sometimiento físico. El informe pericial detalló:
- Petequias en la mucosa oral
- Hematomas en la cara y mandíbula
- Heridas en labios y lesiones internas en la boca
- Excoriaciones y moretones en cuello y rostro
Los investigadores señalaron que estos hallazgos serían compatibles con una posible sofocación mediante obstrucción de boca y nariz.
Lesiones defensivas y signos de sujeción
El reporte de Medicina Legal también documentó uñas rotas en ambas manos, lo que la Fiscalía interpretó como un indicio de resistencia durante la agresión. Además, se registraron equimosis y hematomas en brazos y muñecas, compatibles con maniobras de sujeción previas a la caída.
El dictamen incluyó:
- Lesiones sugestivas de maniobras de asfixia
- Signos de pelea, lucha y defensa
- Evidencias de sujeción
- Trauma contundente no asociado a la caída
- Signos de actividad sexual
Fiscalía: la víctima estaba en agonía antes de la caída
Uno de los puntos centrales expuestos por el fiscal Martín Cortés fue que la causa de muerte no estaría asociada únicamente al impacto. Según la hipótesis del ente acusador, Rodríguez habría sometido a la víctima mediante asfixia por sofocación, provocándole una hipoxia cerebral aguda que redujo su capacidad de resistencia.
“En un contexto de dominación y reproche frente al ejercicio de la sexualidad de la víctima, procedió a agredirla físicamente, sujetándola por los brazos y muñecas y propinándole golpes en el rostro”, señaló el fiscal.
“Ana María intentó defenderse, razón por la cual se produjo la ruptura de tres uñas de su mano derecha y dos de su mano izquierda”.
La investigación también documentó traumas contundentes en la región frontofacial y excoriaciones que no tendrían relación con la precipitación desde el quinto piso.
Presunta violencia sexual y alteración de la escena
El dictamen forense incluyó signos de actividad sexual, lo que llevó a la Fiscalía a imputar a Rodríguez Rosas por feminicidio agravado y acceso carnal violento, cargos que no fueron aceptados por el procesado.
Según el ente acusador:
“En el estado de inconsciencia en el que la dejó, al parecer, la accedió carnalmente de manera violenta. Posteriormente, arrojó el cuerpo desde la ventana del quinto piso e intentó alterar la escena para hacer creer que se trató de un suicidio”.
Rodríguez Rosas fue capturado por unidades de la SIJIN y presentado ante un juez de control de garantías, quien avaló la medida de aseguramiento en centro carcelario mientras avanza el proceso judicial.
Vía Noticias Caracol
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