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Maestros nacionales cobrarán retroactivo de aumento salarial la próxima semana

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Hasta 49.291.403,56 cobrarán los docentes según su nivel.
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A partir de la última quincena de junio, maestros adscritos al Ministerio de Educación cobrarán el retroactivo del aumento salarial de 200%. El ajuste incluye al personal administrativo y obrero.

Las tablas salariales quedaron de la siguiente forma; para los docentes el salario integral se ubicará entre Bs 23.262.829,59 hasta 49.291.403,56.

Mientras que el administrativo tendrá un ingreso mensual entre Bs 8.385.995,09 hasta Bs 11.802.364,31. En el caso del personal obrero cobrará entre Bs 7.620.998,31 hasta Bs 10.024.712,31.

La información la difundió en Twitter el Ministerio de Educación, cartera representada por el Elías Jaua, quien desde su cuenta en reconfirmó la noticia con un retwit.

Maduró anunció pago a maestros de retroactivo por aumento salarial

El miércoles el presidente Nicolás Maduro anunció la cancelación del retroactivo de los docentes para la próxima semana; tras el incremento de salario. En julio del año pasado el sueldo mínimo integral de los trabajadores estaba en 97.531 bolívares, después del incremento aprobado por el jefe de Estado.

Otro de los beneficios anunciados por Maduro en 2017 fue el ajuste de la cesta ticket que se ubicó en 153.000 bolívares. Ambos incrementos situaron el salario en 250.531 bolívares, publicó AVN.

Recientemente Maduro autorizó el incremento del salario a 3.000.000 de bolívares; y el bono de alimentación en 2.196.000, para un total de 5.196.000 bolívares. Sin embargo expertos en economía aseguran que los aumentos son insuficientes para cubrir la Cesta Alimentaria Familiar que en el mes de mayo se ubicó en Bs. 220.138.620.

El Presidente se limitó a mencionar el ajuste salarial; pues no precisó en cuánto quedaría la Unidad Tributaria que pasó de Bs. 850.000 a Bs. 1.200.00.

El aumento de la UT solo puede realizarse una vez cada año, así lo establece el Código Orgánico Tributario (COT); “La Administración Tributaria tiene las facultades de reajustar la Unidad Tributaria (UT.) cada año, dentro de los quince primeros días del mes de febrero; previa aprobación de  la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional”.

ACN

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