Carabobo
Incendio en el Trigal Centro de Valencia
En horas de la mañana de este miércoles cuatro de marzo se registró un incendio en el trigal de una estructura de vivienda.
El incendio se produjo en vivienda usada como depósito de materiales infantiles en el Trigal Centro de Valencia.
La información la dio a conocer Jacobo Vidarte, Vicepresidente Del sistema Integrado de Carabobo.
Se hicieron presentes en el sitio comisiones de Protección Civil Bomberos de Carabobo y Bomberos de Valencia, entre otras
El Incendio se encuentra en desarrollo y se desconocen mayores detalles.
Por ahora, no se reportaron pérdidas materiales, ni ningún herido.
Comisiones de @PCCarabobo y @bomberocarabobo en el Trigal Centro pic.twitter.com/1JhOJ8utdN
— Jacobo Vidarte Donaire (@Jacobo_Vidarte) March 4, 2020
09.49hrs
Carabobo / Valencia
Incendio en vivienda, Urb Trigal centro.
Unidades al sitio
En desarrollo pic.twitter.com/CNJ52fOzOq— Jacobo Vidarte Donaire (@Jacobo_Vidarte) March 4, 2020
En el Trigal Centro se encuentran:
.- @PCCarabobo
.- @bomberocarabobo
.- @isarvzla
.- @Sira9dos
.- @Bombvalencia
.- PoliCarabobo
.- PoliValencia pic.twitter.com/uSfFlWWzBR— Jacobo Vidarte Donaire (@Jacobo_Vidarte) March 4, 2020
Noticia en desarrollo…
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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