Carabobo
Reportan fuga de seis privados de libertad en Naguanagua
Por: Lcdo. Pedro L. Mayorga A. | 17 de mayo de 2020 19:54 HLV | Categorías:Carabobo/Sucesos
La mañana de este domingo, las autoridades de seguridad municipales informaron, mediante un comunicado a los medios, acerca de la fuga de seis sujetos privados de libertad (fugados), de las instalaciones de la Policía Municipal de Naguanagua, Estado Carabobo.
La información fue aportada por funcionarios de la Región de Defensa Integral Nº45 correspondiente al Estado Carabobo, en donde se dan algunas luces acerca de las circunstancias en las cuales se produjo la fuga de los seis detenidos.
Fugados seis reclusos de la Policía de Naguanagua
Nota de Prensa enviada a la redacción de ACN
«REDI CENTRAL Nº45 CARABOBO
POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA – ESTADO CARABOBO
Saludos, cumpliendo instrucciones del M/G. Néstor Luis Reverol Torres, Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios, Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y en el Marco del DECRETO PRESIDENCIAL DE ESTADO DE ALARMA NACIONAL Decretado por Nuestro Comandante en Jefe Nicolás Maduro Moros, Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, muy Respetuosamente se Envía Reporte Diario de Efectividad Policial de la Policia Municipal de Naguanagua – Estado Carabobo: en Materia de Seguridad Ciudadana, Impulsado por el Ciudadano Alcalde Bolivariano Gustavo Gutiérrez y Bajo la Dirección General del Ciudadano Comisionado: Abogado Juan Carlos Aguilar se procede en función de Transmitir a nuestro pueblo la sensación de Seguridad que merece Informar:
FECHA: 17 mayo del 2020
HORA: 07:00 Horas
Breve Reseña:
Siendo las 06:00 horas de la mañana del día de hoy funcionarios de la policía municipal de Naguanagua, supervisor agregado Asdrúbal Valerio jefe del Área de los servicio de esta coordinación policía realizado recorrido por las áreas internas del comando se percató que había un orificio (boquete) el cual se activaron las medidas de seguridad para realizar el conteo donde deja como resultado que hacía faltan 6 privados de libertad , que para el momento quedan identificado como:
1) VlLY JIRSON ROJAS LOPEZ CI.V-24.642.363, edad 38 años, delito, robo.

Fugado #1. Foto: fuentes.
2) MARCOS JAVIER DELGADO REYES CI.V-30.295.759, edad 19 años, delito: robo.

Fugado #2. Foto: fuentes.
3) FRAN JOSUE PALACIOS HIDALGO CI.V-24.290.736, edad 24 años, delito: robo.

Fugado #3. Foto: fuentes.
4) JOSE ALBERTO PRECIADO RIVAS CI.V-28.258.206, edad 19 años, delito: robo.

Fugado #4. Foto: fuentes.
5) JOSE ANGEL CASTILLO GARCIA CI.V-21.138.852, edad 27 años, delito: robo.

Fugado #5. Foto: fuentes.
6) RICHARD TERAN GUEVARA CI.V-10.991.500, edad 48 años, delito: robo.

Fugado #6. Foto: fuentes.
Es este mismo orden de idea se procede a realizar llamados telefónicos a las fiscalía de guardia por delito comunes y la fiscalía 14.
Funcionarios de guardia:
S/A: Valerio asdrubal
S/A: Lilue tovar
O/A: Mariana Parra
Of: Erik Mendoza
Of: Jhon Garcia
Of:Ascanio Xavier
Of: Jesús Duran
Of: Wilson Sarmiento
Honor, Justicia y Lealtad«.
[Fuentes]: ACN | REDI CENTRAL – Carabobo | VPItv | Redes
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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