Economía

En vigencia y en Gaceta Oficial reconversión del 20 de agosto

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En vigencia y bajo Gaceta Oficial N°41.446, según el decreto N° 3.554 se encuentra ya la reconversión monetaria que iniciará a partir del próximo 20 de agosto, como parte del Programa de Recuperación Económica anunciado por el Mandatario nacional, Nicolás Maduro el pasado miércoles 25 de julio.

El texto legal, publicado este viernes; señala que el bolívar resultante de reconversión continuará expresándose con el símbolo “Bs.”; siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha; deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre 100 mil (100.000).

Queda expresamente entendido que el Banco Central de Venezuela (BCV); en ejercicio de sus competencias, regulará mediante resoluciones de su directorio todo lo concerniente al redondeo; aplicado como consecuencia de la reconversión monetaria para su entrada en vigencia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo Nº 3 de la gaceta en cuestión, a partir del 1º de agosto del año en curso todos los instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios, así como otros que expresen importes monetarios, emplearán en su referencia tanto la unidad de cuenta previa a la reexpresión a que se contrae el artículo 1º como la resultante de esa última.

Estabilizar economía

La medida anunciada por el jefe de Estado, próxima a entrar en vigencia el mes de agosto, establece la reexpresión de la unidad monetaria resultante de la división entre cien mil (100.000), con el objetivo de fortalecer el valor del Bolívar y estabilizar la economía ante los embates de la inflación inducida.

 

 

 

 

Agencia Carabobeña de Noticias/ AVN

 

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