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Ecuador alargó hasta el 31 de mayo plazo para registro de venezolanos

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Foto: El Comercio/Archivo.
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El gobierno de Ecuador, alargó hasta el 31 de mayo; el plazo para el registro de los ciudadanos venezolanos en ese país.

Según lo informado por la ministra de esa nación, María Paula Romo; la fecha de inscripción inicial expiraba el 31 de marzo. Sin embargo, decidieron extenderla por un dos meses más.

Detalló, que “el tiempo estipulado para el registro de ciudadanos venezolanos se va ampliar dos meses. No tenemos ningún pretexto, ningún motivo para tener aglomeraciones en este momento en los puntos de migración».

Ecuador alargó lapso de registro de venezolanos

Durante una rueda de prensa virtual, la ministra explicó, que la medida se tomó con el objetivo de que las personas se mantengan en aislamiento en sus casas.

Además de lo anterior, se prohibieron las concentraciones que superen las 30 personas; así como la suspensión de clases y la aplicación en mayor cantidad del teletrabajo.

“Los venezolanos que se encuentran en Ecuador y que cumplan con los requisitos estipulados en un decreto presidencial; tienen hasta el 31 de marzo para solicitar la Visa de Excepción por Razones Humanitarias (VERHU) y regularizar su situación migratoria en el país”, anunció Romo.

Exigencia de visa humanitaria

Ante el pronóstico de que el número de venezolanos crecería hasta 500.000 al finalizar 2019; el presidente de Ecuador Lenín Moreno, anunció la exigencia de una visa humanitaria y alargó hasta mayo el plazo de registro de venezolanos.

Por esa razón, decretó la realización de un censo para conocer; el alcance de la migración y poder planificar políticas de estado que beneficien al país a los venezolanos en este caso.

Respecto a las cifras, se conoció que los que se han radicado en el país estos últimos años; solo aproximadamente 125.000 aplicaron a algún tipo de visado.

En este caso, para optar a esta visa se requiere un pasaporte (con fecha de caducidad máxima de hace cinco años) y un certificado de antecedentes penales apostillado en el caso de los adultos.

En relación a los menores de edad, no es obligatorio un pasaporte pero sí un certificado de nacimiento; y el procedimiento se gestiona de manera personal ante un funcionario.

Con información: El Comercio/Foto: El Comercio/Archivo

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