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Derechos laborales en Venezuela entre los peores del mundo

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Derechos laborales en Venezuela - Agencia Carabobeña de Noticias
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Los derechos laborales en Venezuela están catalogados como uno de los peores, al ser incluido en el nivel 5 del Índice Global de Derechos (IGD) 2025 elaborado por la Confederación Sindical Internacional (CSI), categoría que corresponde a países donde existen importantes limitaciones para el ejercicio pleno de los derechos laborales y sindicales, señaló la organización de derechos humanos Provea.

El informe señala que en el contexto nacional se registraron dificultades para el desarrollo autónomo de las organizaciones sindicales, así como procesos judiciales y detenciones de trabajadores vinculados a actividades gremiales.

Estas situaciones según indica el documento, generaron preocupación entre observadores internacionales.

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Derechos laborales en Venezuela ubicado entre los peores

En años anteriores Venezuela la clasificaron en niveles similares. Según el reporte de 2024, las acciones legales y administrativas contra dirigentes sindicales se mantuvieron, así como la presencia de procedimientos que podrían afectar la independencia del movimiento gremial.

Además, se hace mención a las intervenciones en sedes sindicales y a cambios en la conducción de algunas organizaciones, lo que, según la CSI, son motivo de seguimiento en el ámbito internacional. Venezuela aparece en la misma categoría que países como Belarús, Camboya y Myanmar, donde también se han identificado retos similares.

El informe subraya la importancia de garantizar el respeto a la libertad sindical, el diálogo social y la participación de los trabajadores en condiciones seguras y equitativas, como parte del fortalecimiento institucional y democrático en el ámbito laboral.

ACN/MAS/Agencias

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Nacional

OVP alerta por dos nuevas muertes en cárceles venezolanas

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OVP cárceles venezolanas
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Dos nuevas muertes bajo custodia del régimen encendieron las alarmas sobre la situación sanitaria en las cárceles venezolanas. Los fallecimientos, ocurridos en los internados judiciales Rodeo II y Rodeo IV, llevaron al Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) a advertir sobre la necesidad de evaluar los mecanismos de prevención, vigilancia y control epidemiológico en dos establecimientos que concentran a casi 2.000 personas privadas de libertad.

En el Internado Judicial Rodeo II falleció Jhonney Alexis Martínez Cordero, quien padecía meningitis bacteriana, según la información conocida por el OVP.

Este penal alberga a más de 1.000 reclusos, pese a haber sido diseñado para aproximadamente 500, lo que implica un funcionamiento al 200 % de su capacidad y un hacinamiento de al menos 100 %.

En el Internado Judicial Rodeo IV murió Anthony Alejandro Quintero Galindo, quien padecía VIH, sífilis y síndrome diarreico crónico. En este mismo centro, el pasado 20 de abril falleció Deivi Enrique García por motivos de salud.

El OVP denunció que sobre Rodeo IV prevalece una opacidad casi absoluta, pues se desconoce su capacidad instalada y no existen datos públicos sobre alimentación, higiene, acceso al agua potable, atención médica, enfermedades o número de muertes bajo custodia.

Cooperación con el CICR

Estas muertes ocurren en momentos en que el Gobierno venezolano anunció, a través de Delcy Rodríguez, un trabajo conjunto con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para revisar las condiciones de los centros de reclusión.

El OVP valoró la participación de un organismo internacional con experiencia en contextos de privación de libertad, pero advirtió que la cooperación debe permitir conocer la realidad penitenciaria sin filtros y no ser utilizada para mostrar una imagen distinta a las condiciones cotidianas.

Exigencias del OVP

El observatorio insistió en que el CICR debe tener acceso a los establecimientos con denuncias más graves, como Rodeo I, donde permanecen presos políticos y se reportan dificultades para acceder a atención médica.

Asimismo, la ONG exigió al Ministerio para el Servicio Penitenciario informar qué protocolos sanitarios se aplicaron en los casos de Martínez y Quintero, y evaluar las condiciones epidemiológicas de los centros penitenciarios para garantizar prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno.

«Una cárcel no puede convertirse en un espacio donde una enfermedad sea detectada cuando ya es demasiado tarde. La obligación del Estado comienza con la prevención, el diagnóstico y el tratamiento oportuno», concluyó el OVP.

 

 

 

Con información de nota de prensa

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