Internacional
Corte Suprema de Brasil despenaliza el uso personal de marihuana
El Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) despenalizó la posesión de marihuana para consumo personal. El consumo en público sigue siendo ilegal, pero las penas serán ahora de carácter administrativo y no penal.
De igual manera el STF estableció la cantidad máxima de cannabis que una persona podrá portar para que lo consideren usuario y no traficante, informó el órgano judicial en un comunicado.
Esto, luego de que una mayoría de ministros se pronunciara el martes a favor de despenalizar la posesión de marihuana para consumo personal. Para que sancionen esta conducta como una falta administrativa y no penal. Lo que el STF tenía pendiente y definió el miércoles era la serie de criterios para que las autoridades diferencien entre consumidor y traficantes.
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40 gramos la cantidad máxima
El máximo órgano judicial de Brasil resolvió que 40 gramos de marihuana será la cantidad máxima que una persona podrá adquirir, almacenar, depositar o transportar para ser considerada consumidor.
La decisión agrega que habrá medidas administrativas. Una advertencia sobre los efectos de la marihuana y la obligación de acudir a un programa o curso en la materia. En contraste, no tendrá antecedentes penales.
El STF también resolvió que la Policía podrá detener a una persona con 40 gramos de marihuana. Incluso menos, si observa elementos que la hagan sospechar que es un traficante. Por ejemplo, que tenga envases, variedad de sustancias, una balanza para pesar o registros comerciales.
No es una legalización
De acuerdo con la resolución, la Policía deberá “justificar exhaustivamente” sus motivos para descartar la presunción de que una persona tenga marihuana solo para su consumo. En otro escenario, a quien encuentren con más de 40 gramos de cannabis podría evitar la sanción por la vía penal, si aporta pruebas de que únicamente es consumidor.
El STF subrayó que desalienta el consumo de drogas y que su decisión no implica una legalización, sino un ajuste de criterios que busca mejorar el combate al narcotráfico y la atención de las personas con adicciones.
Luís Roberto Barroso, ministro presidente del STF, dijo durante la sesión del miércoles: “Estamos debatiendo cuál es la mejor manera de abordar este problema y minimizar sus consecuencias para la sociedad. Y descubrimos que el hecho de no fijar una cantidad distintiva ha sido una mala política pública”.
Con información de CNN
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Internacional
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y turismo de parto
El presidente Donald Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento y limitar el llamado turismo de parto, tras calificar de “muy desafortunada” una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos que este año anuló su intento anterior de restringir ese derecho.
Trump firmó ayer jueves 6 de agosto decretos sobre el tema que, al parecer, endurecen principalmente leyes ya vigentes y restringen las excepciones reconocidas.
Se trata de un intento aparentemente más limitado que el de un decreto firmado por Trump el año pasado, con el cual buscaba eliminar de manera general el derecho a la ciudadanía de los niños nacidos en el país cuyos padres no fueran ciudadanos estadounidenses. La Corte Suprema rechazó esa medida en junio con base en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, que concede la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense.
“Tuvimos una decisión muy desafortunada de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento”, dijo Trump a periodistas en la Oficina Oval este jueves.
Trump intenta nuevamente frenar la ciudadanía por nacimiento…
Uno de los decretos firmados por Trump el miércoles está dirigido contra los “extranjeros enemigos”, los miembros de organizaciones terroristas extranjeras y determinadas personas que cabildean o actúan en nombre de gobiernos extranjeros. Los hijos de personas pertenecientes a esos grupos no serían elegibles para recibir la ciudadanía por nacimiento, de acuerdo con Stephen Miller, vicesecretario general de la Casa Blanca y arquitecto de las políticas inmigratorias del Gobierno.
El segundo decreto se centra en el llamado “turismo de parto”, un tema prioritario para quienes defienden políticas inmigratorias más restrictivas. La legislación estadounidense ya prohíbe obtener una visa “con el propósito principal de conseguir la ciudadanía estadounidense para un hijo al dar a luz en Estados Unidos”.
Miller describió el decreto como una prohibición del turismo de parto, aunque no está claro qué añadiría a lo que ya establece la legislación estadounidense. Axios fue el primer medio en informar sobre los decretos.
Corte Suprema incluyó una firme defensa
La decisión de la Corte Suprema del 30 de junio incluyó una firme defensa de la ciudadanía por nacimiento tal como se ha entendido en Estados Unidos durante más de un siglo. Los niños nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos del país, determinó la corte, incluso si sus padres se encuentran en él de manera temporal o sin autorización legal.
Una mayoría de cinco jueces sostuvo que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución garantiza ese derecho. Varios jueces conservadores expresaron su desacuerdo y argumentaron que la decisión no impedía el tipo de turismo de parto que Trump había intentado frenar inicialmente.
Un sexto juez, Brett Kavanaugh, concluyó que el decreto inicial de Trump para limitar la ciudadanía por nacimiento estaba prohibido por la legislación federal, no por la Decimocuarta Enmienda.
“La ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos, a participar libremente en nuestra comunidad política”, escribió el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, en nombre de la mayoría. “Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy cumplimos esa promesa”.
La corte reconoce desde hace tiempo algunas excepciones a la regla y volvió a hacerlo en su trascendental decisión de este verano. Sin embargo, esas excepciones se limitan a los hijos de diplomáticos y de “enemigos” nacidos durante una “ocupación hostil”.
Interpretación
Aun así, varios integrantes del sector conservador de la corte afirmaron entonces que la decisión del 30 de junio permitiría el tipo de turismo de parto que preocupaba a Trump.
“La corte ha reinterpretado la Decimocuarta Enmienda para proteger un conjunto de derechos de su preferencia que el Congreso de la Reconstrucción nunca contempló y que no encuentra respaldo en el texto”, escribió el juez Clarence Thomas en su voto disidente. “Hoy, la corte vuelve a hacerlo al reconocer un derecho constitucional a la ciudadanía para los hijos de todas las personas extranjeras que practican el turismo de parto y de los inmigrantes indocumentados”.
Solo otro integrante de la corte, el juez Neil Gorsuch, se sumó a esa opinión.
“Según la interpretación que hoy hace la corte, la Decimocuarta Enmienda concede la ciudadanía a prácticamente toda persona que nazca en este país, incluidos los hijos de las ‘turistas de parto’, mujeres que vienen aquí exclusivamente para dar a luz y luego regresan de inmediato a sus países”, escribió el juez Samuel Alito en un voto disidente individual.
ACN/MAS/CNN
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