Carabobo
40% de los comercios de Valencia abrieron durante cuarentena
El vicepresidente de la Cámara de Comercio de Valencia, Lorenzo Araujo, destacó que 40% de los locales ubicados en la capital de Carabobo ha abierto sus puertas durante los dos primeros días de cuarentena en la región carabobeña.
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Especificó que negocios que están operando son aquellos destinados al área de alimentación como carnicerías, panaderías y supermercados, así como farmacias y negocios del sector salud.
«La población se encuentra tranquila, resguardada en sus propiedades, los supermercados y farmacias están abastecidas lo que da tranquilidad a la población de que allí pueden abastecerse«, agregó.
Araujo indicó que la información que maneja es que los empleados de los comercios de Valencia están trabajando con sus implementos como lo establece la ley.
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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