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Estas son las cinco oficinas habilitadas por el Saime para los extranjeros

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El Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (Saime) habilitó cinco oficinas en Caracas para que todos los ciudadanos extranjeros puedan realizar sus trámites.

El Saime indicó en sus redes sociales que las oficinas habilitadas son: Los Ruices, La Trinidad, Las Mercedes, Propatria y el Instituto Nacional del Deporte (IND).

Cabe resaltar que estas oficinas contarán con la atención para ciudadanos extranjeros a fin de informar, tramitar y retirar los documentos que realicen.

Oficinas para extranjeros

No obstante, la institución de identificación venezolana acotó que mantendrá una oficina exclusiva para la atención de extranjeros en la parroquia Coche, en Caracas.

Es de resaltar que, a principios de mes, el Saime anunció la apertura de una nueva oficina dedicada a la emisión de pasaportes ordinarios con habilitación. Esta nueva opción, disponible para todos los venezolanos, permite solicitar el pasaporte a través del sitio web oficial: www.saime.gob.ve.

Los interesados deberán acceder con su usuario y podrán realizar la solicitud del documento de viaje, que será entregado en un plazo máximo de 48 horas.

Es importante señalar que este servicio se gestionará únicamente en la oficina «Simón Bolívar», ubicada en las Torres del Silencio, en Caracas. Más de 40 funcionarios estarán disponibles para asistir a los usuarios en este nuevo espacio.

Requisitos para personas mayores de edad

– Serial de la cita.

– Pago equivalente a 12 Unidades Tributarias (UT), que puede realizarse en entidades bancarias o a través de puntos de venta en las oficinas del Saime.

Requisitos para niños, niñas y adolescentes

– Serial de la cita.

– Pago equivalente a 12 UT (en entidades bancarias o puntos de venta del Saime).

– Si el menor tiene menos de 9 años: copia certificada del Acta de Nacimiento.

– Si es mayor de 9 años: debe tener cédula y presentar una copia del Acta de Nacimiento.

– El menor deberá estar acompañado por uno de sus padres, quien podrá realizar el trámite sin necesidad de la presencia del otro progenitor, garantizando así el derecho a la identificación del niño, niña o adolescente sin afectar el ejercicio conjunto de la patria potestad.

– En caso de padres extranjeros, se debe presentar el pasaporte correspondiente.

– Si uno de los padres ha fallecido y esta situación no está registrada en el sistema, el padre sobreviviente deberá presentar el acta de defunción correspondiente.

– Si ambos padres han fallecido o están privados de patria potestad y se ha otorgado tutela a un tercero, este último deberá presentar la sentencia firme del Tribunal de Protección del Niño o Adolescente.

 

Con información de:  Banca y Negocio / El Universal

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