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OFAC ordena cierre de operaciones de Chevron en Venezuela y da plazo de 30 días para liquidación

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Cierre de Chevron en Venezuela Agencia - Carabobeña de Noticias
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La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, OFAC ordena cierre de Chevron en Venezuela, al publicar este martes 4 de abril la Licencia N° 41 A,  la liquidación de cualquier tipo de operación de la empresa estadounidense en el país sudamericano y da un plazo de 30 días, hasta el próximo 3 de abril, para que se produzca el cese definitivo de las actividades de esta organización en el país.

La licencia en cuestión autoriza «la Liquidación de ciertas transacciones relacionadas con las empresas conjuntas de Chevron Corporation en Venezuela».

Y añade que «(a) Salvo lo dispuesto en el párrafo (b) de esta licencia general, todas las transacciones ordinariamente incidentales y necesarias para la liquidación de las transacciones previamente autorizadas por la Licencia General 41 de Venezuela relacionadas con la operación y administración por parte de Chevron Corporation o sus subsidiarias («Chevron»), de las empresas conjuntas de Chevron en Venezuela (colectivamente, las «JV de Chevron») en las que participa Petróleos de Venezuela, S.A. (PdVSA) o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, una participación igual o superior al 50 por ciento, las cuales están prohibidas por la Orden Ejecutiva (O.E.) 13850, modificada por la O.E. 13857, o la O.E. 13884, cada una de ellas incorporada al Reglamento de Sanciones contra Venezuela, 31 CFR parte 591 (el VSR), están autorizadas hasta las 12:01 a.m. hora  del este, el 3 de abril de 2025.

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OFAC ordena cierre de operaciones de Chevron en Venezuela

Además indica que esta licencia no autoriza:

(1) El pago de cualquier impuesto o regalía al Gobierno de Venezuela;

(2) El pago de dividendos, incluyendo dividendos en especie, a PdVSA o a cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, una participación igual o superior al 50 por ciento;

(3) La venta de petróleo o productos petrolíferos producidos por o a través de las JV de Chevron para la exportación a cualquier jurisdicción que no sea Estados Unidos;

(4) Cualquier transacción que involucre a una entidad ubicada en Venezuela que sea propiedad o esté controlada por una entidad ubicada en la Federación Rusa; o

(5) Cualquier transacción prohibida de otro modo por el VSR, incluidas las transacciones en las que participe cualquier persona bloqueada en virtud del VSR que no sean las personas bloqueadas descritas en el párrafo (a) de esta licencia general, a menos que se autorice por separado.

A partir del 4 de marzo de 2025, la Licencia General nº 41, de fecha 26 de noviembre de 2022, queda sustituida y reemplazada en su totalidad por la presente Licencia General nº 41A.

Se oficializó mandato de Trump

De esta manera, se oficializa la decisión anunciada por el presidente Donald Trump, el pasado 26 de febrero, en un escenario que, en rigor, es el peor posible y no esperado por algunos analistas, quienes indicaban que el gobierno de Estados Unidos dejaría correr por seis meses la vigencia de la Licencia N° 41, a raíz de su «renovación automática» el pasado 1 de marzo.

Se suponía que en ese lapso los gobiernos de Venezuela y Estados Unidos buscarían algún tipo de arreglo para mantener la presencia de la petrolera estadounidense en el país, pero no ha ocurrido así.

Cierre de Chevron en Venezuela - Agencia Carabobeña de Noticias

ACN/MAS/Banca y Negocios

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Internacional

Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

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Trump restringe los visados -Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Internacionales
Foto: Cortesía
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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.

Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.

«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.

¿Cuáles tipos de visas son?

En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».

Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».

Qué dice la orden de Trump contra venezolanos

Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:

Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:

-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.

¿Cuáles son las excepciones?

Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:

-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;

-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;

-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;

-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;

-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);

-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);

-Especiales de inmigrante para afganos;

-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos

-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.

La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».

Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.

Con información de: EC

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