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Economía

Banco Central de Venezuela intervendrá en mesas de cambio

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En la resolución No. 19-05-03 publicada en gaceta oficial 41.460 del 24 de mayo de 2019; establece que el BCV eventualmente intervendrá en el sistema de mesas de cambio.

Anunció, que venderá dinero a los bancos del sistema financiero de forma automática; debitándose de la cuenta única que mantienen las entidades en el máximo ente emisor.

Detalles en la resolución

El Directorio del Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 7, numerales 2, 7 y 15; 21, numerales 1 y 26; 57, 58, numerales 1 y 2, en concordancia con el artículo 49, numeral 3; 121,122 y 135; del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela; y en función de lo dispuesto en los artículos 3,4 y 11 del Convenio Cambiario N° 1 de fecha 21 de agosto de 2018, Resuelve:

En el artículo 1, el Banco Central de Venezuela, cuando lo estime pertinente, podrá realizar de manera automática; operaciones de venta de moneda extranjera con los bancos universales y microfinancieros regidos por el Decreto con Rango; Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y por leyes especiales.

Mediante el débito de la cuenta única que mantengan las respectivas instituciones bancarias; en el Banco Central de Venezuela, por la cantidad en bolívares equivalente a la operación cambiaria ejecutada.

Artículo 2

Por su parte, en el artículo 2, la posición total en moneda extranjera que sea vendida a las instituciones bancarias; en el marco de la medida de intervención cambiaria conforme a lo previsto en el artículo 1 de la presente Resolución. Deberá ser aplicada por estas a operaciones de compraventa de monedas extranjeras integradas al Sistema de Mercado Cambiario.

Estas, dirigidas de manera directa, a sus clientes del sector privado con excepción de los que integran los sectores bancarios y del mercado de valores; al tipo de cambio que haya aplicado el Banco Central de Venezuela para la intervención cambiaria; en función de los objetivos de política cambiaria.

La política cambiaria, podrá ser igual o inferior al tipo de cambio dispuesto en el artículo 9 del Convenio Cambiario N° 1 del 21 de agosto de 2018; vigente para la fecha de dicha operación y serán liquidadas en depósitos especiales en moneda extranjera en la respectiva institución.

El Banco Central de Venezuela, podrá autorizar la realización de operaciones interbancarias con el objetivo de atender excesos de demanda final; por parte de los clientes del sector privado de otras instituciones bancarias.

En el parágrafo único, el Banco Central de Venezuela, mediante circular dictada especialmente al efecto; instruirá el procedimiento a seguir cuando al cierre del último día hábil bancario de la semana; correspondiente a cada intervención cambiaria conforme a lo estipulado en el artículo 1 de esta Resolución.

Las instituciones bancarias, deben mantener un saldo no aplicado en operaciones con el público según lo dispuesto en el encabezamiento del presente artículo.

En el supuesto que la desacumulación de las posiciones en moneda extranjera se efectúe en operaciones con el Banco Central de Venezuela; las mismas se realizarán al tipo de cambio aplicado para la respectiva operación de intervención cambiaria; conforme al encabezamiento del presente artículo reducido en cinco coma dos mil trescientos setenta y cinco diezmilésimas por ciento (5,2375%).

Artículos 3 y 9

La resolución en su artículo 3, reza que los depósitos especiales en moneda extranjera a que se refiere el artículo 2; serán nominativos, no remunerados y serán movilizados conforme a los servicios disponibles en la institución bancaria correspondiente.

En el artículo 9, establece que la presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación; en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela de 2019.

Analistas

Algunos analistas expresaron en un primer momento; que esta medida es un nuevo intento del BCV por mantener el tipo de cambio controlado.

Cuando se anunció el nuevo esquema de mesas de cambio, el BCV informó que sería un sistema totalmente operado por privado. Sin embargo, en esta última resolución se reservan la intervención cuando lo crean conveniente.

ACN/Globovisión/Foto: cortesía

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Economía

Inflación de Venezuela en junio sube a 13,8% y acumulada supera 129%, según el BCV

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La inflación en Venezuela en junio de 2026 sube a 13,8% y la acumulada supera 129%, según el Banco Central de Venezuela (BCV), para ubicarse de nuevo en dos dígitos, datos oficiales del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), difundidos por el BCV

El resultado puso fin a la desaceleración observada en mayo, cuando el aumento de los precios había sido de 6,3%.

Con el dato de junio, la inflación acumulada durante los primeros seis meses de 2026 alcanzó 129,82%, lo que significa que los precios de bienes y servicios más que se duplicaron en el país durante la primera mitad del año.

Analistas atribuyen la aceleración de la inflación a la depreciación del bolívar frente al dólar durante junio, así como al incremento de los costos de bienes y servicios en una economía donde una parte importante de los precios está referenciada a la divisa estadounidense. La mayor liquidez monetaria y los ajustes en tarifas de algunos servicios también han contribuido a mantener las presiones inflacionarias.

Inflación en Venezuela en junio de 2026

La evolución mensual del INPC durante 2026 muestra un comportamiento irregular, con una fuerte presión inflacionaria al inicio del año y una posterior moderación hasta mayo:

 

El repunte registrado en junio devuelve la inflación mensual a niveles similares a los observados durante el primer trimestre, cuando los aumentos de precios superaban el 10% mensual.

Inflación de Venezuela en junio - Agencia Carabobeña de Noticias

Por sectores

La inflación mensual de junio mostró aumentos generalizados en todas las categorías de consumo, con el mayor incremento registrado en Transporte, que avanzó 16,2 %, seguido de Servicios de educación (15,2 %), Servicios de vivienda, excepto teléfono (14,9 %) y Salud (14,8 %).

También destacaron las alzas en Esparcimiento y cultura (14,2 %), Equipamiento del hogar (14,0 %), mientras que Bebidas alcohólicas y tabacoRestaurantes y hoteles y Bienes y servicios diversos aumentaron 13,8 % cada uno.

Por su parte, Comunicaciones registró una variación de 13,6 %Vestido y calzado de 13,3 %Alimentos y bebidas no alcohólicas de 13,1 %, y Alquiler de vivienda presentó el menor incremento del mes, con 10,9 %.

Inflación de Venezuela en junio - Agencia Carabobeña de Noticias

Anualizada supera 500%

En términos interanuales, el comportamiento de los precios también refleja la magnitud del proceso inflacionario que atraviesa la economía venezolana.

Al cierre del primer semestre de 2026, la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) alcanzó 544,13% respecto a junio de 2025.

El dato implica que, en los últimos 12 meses, el nivel general de precios se multiplicó más de seis veces, una dinámica que continúa afectando el poder adquisitivo de los hogares y la capacidad de planificación de empresas y consumidores.

 

ACN/MAS/Finanzas Digital

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