Política
AN aprueba reforma de Ley Orgánica de los Consejos Comunales

La Asamblea Nacional (AN) declaró sancionada la reforma de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, tras aprobar por mayoría calificada la segunda discusión del proyecto, que se realizó en el Palacio Federal Legislativo con una representación de Comuneros y Comuneras de los estados Lara, La Guaira, Miranda y el Distrito Capital presentes en el Hemiciclo de Sesiones.
“Aprobada por mayoría calificada, en consecuencia se declara sancionada la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales y se remite al Ejecutivo Nacional a los fines de su promulgación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 213 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, expresó el presidente del Poder Legislativo, diputado Jorge Rodríguez, quien entregó simbólicamente el texto de la norma legal a voceras de las Comunas presentes.
“Yo quiero felicitar a las diputadas y diputados que estuvieron al frente del proceso de consulta para llevar adelante este importantísima reforma de ley, pero felicito especialmente a los voceros y voceras de los consejos comunales, de las comunas, que han sido recientemente renovados en su vocería, que ahora cuentan con un instrumento fundamental que es su Ley de los Consejos Comunales, renovado y adaptado a los nuevos tiempos de la Revolución Bolivariana. ¡Felicitaciones voceras y voceros del poder comunal, expreso la emoción de la asamblea nacional que hoy sanciona la ley orgánica!”, agregó el directivo de la AN.
Reforma de Ley de Consejos comunales
El texto reformado conserva su carácter protagónico, participativo y popular de la organización del pueblo. La ley fue aprobada en el año 2006 y sometida a una primera reforma en el año 2009. En esta oportunidad, la actual reforma garantiza aún más la participación del pueblo organizado y da continuidad a todo lo que tiene que ver con la gestión conjunta del Gobierno Bolivariano y el Poder Comunal.
La ley reformada cuenta con un total de 58 artículos que fueron debatidos y aprobados durante la tarde de este 22 de junio en la segunda discusión.
Con información de ACN/VTV
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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